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La sanidad andaluza pagará la mayor indemnización en España por una negligencia médica

El sistema de salud debe abonar 4,2 millones de euros a una menor que sufrió una parálisis cerebral por varios errores durante su nacimiento en un hospital público en 2015

Un bebé prematuro en una incubadora.
Un bebé prematuro en una incubadora.Getty

El Juzgado de Primera Instancia número 21 de Madrid ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 4,2 millones de euros a una menor que sufrió una parálisis cerebral por varios errores médicos durante su nacimiento en un hospital público andaluz en 2015. El SAS deberá abonar 1,5 millones de euros y la compañía aseguradora, Zurich, 2,7 millones de euros. De esta forma, se convierte en la mayor indemnización en España por una negligencia médica.

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En su sentencia los jueces estiman que la falta de control del parto, la ausencia de toma del pH de calota fetal (un prueba en la que se valora el sufrimiento del feto midiendo el pH de su sangre) y la demora en la indicación y realización de la cesárea desencadenaron las graves secuelas que ahora sufre la niña, con un 80% de discapacidad: parálisis cerebral, tetraparesia grave, retraso psicomotor y ceguera.

Según exponen, la madre ingresó, tras romper aguas, en un hospital público de Sevilla sobre las 12.50 del 5 de febrero de 2015. En ese momento, detectaron la presencia de meconio (primer excremento de los recién nacidos), que obliga a adelantar el parto ante el posible riesgo para el feto. Sin embargo, la cesárea no se produjo hasta las 16.35 horas y se finalizó sobre las 17.10 horas. La bebé nació con hipoxia (falta de oxígeno) y, de ahí, los graves problemas que ahora sufre, argumenta la magistrada.

"La cesárea fue tardíamente indicada y practicada, produciéndose un sufrimiento fetal agudo con hipoxia-isquemia, presentando la nacida a los 30 minutos de vida quejido y aleteo nasal, característico de esa falta de oxigenación. Existió relación causal entre la hipoxia intraparto y las lesiones neurológicas", justifican los jueces.

El fallo, que ha estimado parcialmente la demanda del letrado Álvaro Sardinero, especialista en derecho sanitario y adscrito a los Servicios Jurídicos de la asociación 'El Defensor del Paciente', es recurrible en un plazo de 20 días ante este mismo juzgado para ser debatido por la Audiencia Provincial de Madrid.

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