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Una jueza avala al Ayuntamiento que se negó a matricular en su guardería a un niño sin vacunar

La magistrada considera que la decisión no vulnera la libertad ideológica de los padres

Jessica Mouzo
Una médico vacuna a un bebé, en una imagen de archivo.
Una médico vacuna a un bebé, en una imagen de archivo. Getty Images

Una jueza ha avalado la decisión de un Ayuntamiento de la comarca barcelonesa del Maresme que se negó a matricular en una guardería municipal a un niño que no estaba vacunado. La madre del menor denunció al Consistorio por una presunta vulneración del derecho a la libertad ideológica después de que se rechazase el ingreso de su hijo en el centro educativo por no estar vacunado. Sin embargo, la magistrada, tajante en su sentencia, apunta que “olvidando los derechos de los demás, [la familia] entiende que su derecho a asistir a la guardería es superior al derecho a la salud del resto de los niños”. Contra esta sentencia cabe recurso al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

Según expone la sentencia, al ir a matricular al niño, la familia entregó al centro, tal y como recoge el código de conducta, el calendario vacunal del menor. Pero estaba vacío. “Por decisión personal ha decidido no vacunar al pequeño, por entender que ello le produce la destrucción de la capacidad inmunológica natural del cuerpo y no aportarle una inmunidad duradera”, recoge el fallo. El Consistorio rechazó, entonces, matricular al menor.

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La familia denunció al Ayuntamiento barcelonés “al entender que las Administraciones deben ser neutrales ante las religiones, credos y creencias”, señala la sentencia. En España, la vacunación no es obligatoria y la familia sostenía que la negativa a matricular a su hijo en la guardería municipal por no cumplir con el calendario vacunal “supone negar la pluralidad de credos y posicionamientos ideológicos” de los ciudadanos y pretende “imponer la moral que evalúa como correcta, porque parte de la premisa (indemostrable) de que las vacunas funcionan porque previenen enfermedades transmisibles e imparten inmunidad, lo que no es cierto porque también tienen riesgos y no siempre funcionan”.


Derecho a la salud

La magistrada del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 16 de Barcelona, Laura Mestres, rechazó, no obstante, los argumentos de la familia: “No se le ha obligado en ningún momento a vacunar a su hijo. No existe atisbo de vulneración ideológica alguna”, resuelve la jueza.

“Para nosotros no era una cuestión de libertad ideológica, sino un debate entre el derecho a la educación y el derecho a la salud”, apunta el abogado Dídac Coll, que representó al Ayuntamiento, del que no quiere dar el nombre para “no facilitar la identificación del menor”. Coll asegura que solo había dos sentencias previas en España sobre casos similares, del TSJC en el 2000 y del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en 2012. En ambos casos, se fallaba en contra de las familias, rechazaba que hubiese una vulneración del derecho a la educación y reconocía la potestad de la Administración para imponer el cumplimiento del calendario vacunal.

La jueza también lo entendió así y reprochó que la familia “no pretende que su opción sea respetada, sino que el resto de familias y niños pequeños asuman las consecuencias y riesgos de su decisión unilateral”. Coll llevó como perito al doctor Carlos Rodrigo, exjefe de pediatría del hospital Vall d’Hebron de Barcelona y experto en el campo de la vacunación infantil. El facultativo aseguró que la argumentación de la familia para no vacunar a su hijo carecía de aval científico.

De hecho, la defensa de las bonanzas de las vacunas goza de un amplio consenso científico y profesional. En España la cobertura vacunal en el primer año de vida es del 96%. “Este niño, si todos los demás de su clase están vacunados, vive de rentas. El virus o la bacteria no circulan y se beneficia de la inmunidad de grupo”, explica el doctor Fernando Moraga-Llop, pediatra y vicepresidente de la Asociación Española de Vacunología.

Moraga-Llop participó en el gabinete de crisis cuando en 2015 se detectó un caso de difteria en un niño no vacunado en Olot (Girona). El pequeño, al que también menciona la magistrada en la sentencia para alertar de los riesgos de no vacunarse, falleció a los pocos días. “No es un problema de creencias, es un problema de ciencia. Hay una evidencia científica que prueba el beneficio de las vacunas”, zanja Moraga-Llop.

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Sobre la firma

Jessica Mouzo
Jessica Mouzo es redactora de sanidad en EL PAÍS. Es licenciada en Periodismo por la Universidade de Santiago de Compostela y Máster de Periodismo BCN-NY de la Universitat de Barcelona.

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