Vientres ilegales con hijos legales
Los Estados que prohíben esta práctica, como España, se ven obligados a inscribir a los menores para protegerlos
La historia de las más de treinta familias españolas que permanecen en Kiev porque no logran un pasaporte para regresar con los recién nacidos por vientre de alquiler ha reabierto el debate sobre esta práctica. Pero también ha dejado al descubierto la paradoja que convierte a los Estados donde está prohibida, como España, en una especie de cooperadores involuntarios de una industria que rechazan. El Gobierno socialista se ha mostrado en contra de los vientres de alquiler, y la Embajada de Kiev los desaconseja rotundamente. Pero que no sea legal en España no impide que cada año haya cientos de parejas dispuestas a ponerse en manos de una serie de intermediarios de distinta fiabilidad para, a cambio de dinero, lograr ser padres. Y tampoco impide que, una vez nacidos los bebés, España acabe por reconocer –con mayor o menor rapidez, con más o menos problemas- que son hijos de sus padres y, por tanto, españoles.
“Algunos lo llaman gestación subrogada pero se trata de una utilización del cuerpo de las mujeres, de una compraventa que es particularmente grave porque se usa el cuerpo de las mujeres más pobres”, argumenta la vicepresidenta y ministra de Igualdad, Carmen Calvo. “El deseo de paternidad de hombres y mujeres es entendible, pero el deseo no es un derecho. Sin embargo, las mujeres y niños sí tienen derechos. Y los derechos están por encima de los deseos y los intereses”. Esta firme oposición se encuentra con una realidad que llega, en primer lugar, a los consulados en el exterior. A ellos acuden los padres con los bebés para poder obtener la documentación de los menores y volver a casa. El de Kiev ha empezado a desbloquear la situación dando citas a las familias, después de haberlas paralizado desde julio, debido al "especial cuidado" del consuldo al tramitar los expedientes tras recibir información de "posibles casos de tráfico de menores".
Estados Unidos y Ucrania son los destinos preferidos por los españoles para iniciar un proceso de vientre de alquiler. El primero lo permite en algunos Estados, es rico, tiene un sólido sistema legal y un juez avala la filiación. El segundo trata de recomponerse tras un periodo convulso, un enfrentamiento con Rusia y un rescate del FMI, y no interviene ningún juez en el proceso. En Estados Unidos un vientre de alquiler cuesta más del doble que en Ucrania: hasta 120.000 euros frente a 60.000 como máximo. Del otro lado del mostrador, existe un procedimiento para registrar a los bebés si están en Estados Unidos, porque tienen una sentencia de filiación. Pero no existen unas directrices claras si esta escena sucede en el consulado en Ucrania, donde hay que gestionar cientos de casos cada año y cada semana llegan nuevos, colocándolo en la necesidad de reconocer una realidad que España rechaza y con una "considerable carga de trabajo", explica Ana Miramontes, abogada especializada en este tipo de procesos. “En Ucrania había un desbordamiento del consulado, que ya llevaba retrasos importantes en las inscripciones antes de la paralización”.
El hecho de que la inscripción en el registro de los bebés nacidos en el extranjero por vientre de alquiler no esté suficientemente regulada añade incertidumbre a un proceso de por sí arriesgado, y preocupa entre las autoridades estatales, encargadas de velar por los derechos de los menores y los de las mujeres que se embarazan para terceros. La Fiscalía General del Estado ha encargado un estudio sobre “la problemática jurídica derivada del nacimiento mediante gestación subrogada”, señalan fuentes de este departamento.
Las cosas no están menos enredadas en los registros. “Es necesario no dejar desprotegidos a estos niños. Creo que así nos lo impone la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Lo ideal sería tener un Tratado internacional, pero dada la dificultad para alcanzarlo, al menos hay que tener una normativa clara para hacer la inscripción de los niños en el extranjero y precisar su régimen de filiación. Debería ser de mayor rango que la existente hasta la fecha, una mera instrucción administrativa”, explica Iván Heredia, profesor de Derecho Internacional Privado en la Universidad Autónoma de Madrid. Él era subdirector de Registros y Notariados cuando se redactó ese documento (2010), que suponía una opción legal pero sólo válida para algunos casos: aquellos en los que hubiera una decisión judicial previa sobre la filiación en el país donde se lleva a cabo el proceso, como ocurre con los de Estados Unidos, algunos de Canadá o Grecia. Y no es un proceso automático, está sometido a la ponderación del encargado del registro. El resto tiene que transitar caminos más enrevesados. En Ucrania, por ejemplo, los padres hasta ahora presentaban una documentación, acudían al consulado con la mujer que llevó a cabo el embarazo y llevaban una prueba de ADN, unas aportaciones que servían para que el encargado del registro pudiera tomar una decisión sobre la filiación, pero en ningún reglamento el ADN figura como requisito, por ejemplo. Otra opción es salir con un pasaporte ucraniano para el bebé y luego ir a un juicio de filiación en España. En opinión de la abogada Ana Miramontes, “el no regular con claridad la inscripción lleva a buscar los huecos legales y los países donde sea posible, a veces con Estados frágiles, sin estructura para ejercer controles, e insospechados, como Kenia”. En cambio, para Alicia Miyares, portavoz de No somos vasijas, la paralización del registro en Kiev ha puesto de relieve "el fraude legal con el que se quiere registrar a los bebés nacidos por esta práctica".
España no considera legales los vientres de alquiler pero ha tenido que buscar soluciones para proteger a los bebés. Una sentencia del Tribunal Supremo de 2014 ilustra la situación. Como explica Heredia, “se dictó en el marco de un amplio disenso entre los magistrados. La Sala primera considera que la inscripción de niños nacidos en el extranjero mediante gestación subrogada siempre violaría el orden público español. Sin embargo, el propio Tribunal da una salida a los padres y a los menores y admite vías alternativas de inscripción en el Registro para evitar dejar a los bebés en un limbo, con problemas para acceder a la sanidad, a la educación o a sus derechos sucesorios y para garantizar su permanencia en el núcleo familiar ya constituido”. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos sólo meses después condenó a Francia por no inscribir a un bebé en similares circunstancias. Con los años quienes llevan a cabo esta práctica han ido obteniendo derechos: en 2016 el Supremo les reconoció el de la baja por paternidad y maternidad.
“Esto es imparable. Nadie puede prohibir a un español irse a otro país a llevar a cabo un proceso que es legal allí”, afirma Franco Antonio Zenna, abogado especializado en casos mediante este tipo de gestación. España tiene varias opciones para permitir los vientres de alquiler -desde el modelo belga, muy restrictivo, que prohíbe que sea comercial y exige numerosos controles y requisitos a todos los implicados, pero sin regularlo específicamente, al estadounidense, muy regulado y abiertamente mercantil- pero pocas para frenarlos por completo. Heredia pone el ejemplo alemán. “Allí la gestación subrogada no solo está prohibida, sino que incluso se sanciona penalmente. Pero el Supremo alemán en 2014 admitió la inscripción de un niño nacido en California mediante esta técnica, al tomar como referente esencial la protección del interés superior del menor”.
Uno de los problemas es que la oferta está en unos países y la demanda, en otros, como explica Cristina González Beilfuss, profesora de Derecho Internacional privado de la Universidad de Barcelona. “Si uno quisiera abogar por una prohibición total, necesitaría ponerlos de acuerdo a todos, y eso parece muy difícil”. Ella forma parte del grupo de expertos de la Conferencia de la Haya para tratar de establecer un Tratado que enmarque legalmente esta práctica en el mundo. Llevan desde 2015 y todavía están en una fase embrionaria. “Una opción sería regular de un modo que dirigiera la demanda hacia destinos lo más garantistas y seguros posible para el niño, haciendo más exigente el registro de los menores nacidos en países donde apenas hay regulación o garantías”, apunta. Sin una solución internacional, la paradoja se mantiene y continúa la demanda, que aterriza en cualquier país que lo permita y se esfuma de los que lo van restringiendo, siguiendo la lógica -esta sí, bien clara- de una industria global.
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