Queda prohibido el robo en esta calle
Los jueces cercan a los carteristas con órdenes de alejamiento de la vía pública y transportes No hay consenso sobre la legalidad y eficacia de esta medida Solo es aplicable a delitos, no a faltas
Llegan en grupo. Provocan un tapón, se chocan, arman un pequeño escándalo y, como el que no quiere la cosa, acaban robándole la cartera a la víctima aprovechando la confusión. A estas carteristas se las conoce como el clan de las bosnias y llevan más de una década robando en el centro de Madrid, en el metro o en las estaciones de autobuses, utilizando esa técnica (se llama del tapón) y combinándola con la de la muletilla: se tapan el brazo con un periódico o una chaqueta para que no se note que están metiendo la mano en un bolso que no es el suyo. Estas mujeres, que también han delinquido en Barcelona, han sido detenidas en numerosas ocasiones, pero enseguida han vuelto a estar en la calle, ya que lo que cometen son pequeños hurtos (lo sustraído no supera los 400 euros, barrera entre falta y delito) sin violencia. Pero ahora, después de pillarlas robando a un turista una cartera que contenía 700 euros, un juzgado de Madrid ha dictado contra cuatro de ellas una orden cautelar de alejamiento que les impide acercarse al centro de la capital; en concreto, las calles que no podrán pisar, so pena de cárcel, son Bailén, Mayor, las plazas Mayor y de Cibeles, el paseo del Prado y la carrera de San Jerónimo.
“A nadie le gusta, pero un hurto no es como para meter a alguien en la cárcel”
La presencia de los carteristas en las zonas más concurridas y turísticas es un viejo problema —las autoridades de varios países han llegado a advertir a sus viajeros que tengan mucho cuidado en sus viajes a España— y las órdenes de alejamiento a determinados espacios, una de las medidas que se utilizan desde hace años —en ocasiones, a petición de policías y fiscales— para intentar frenarlo. Sin embargo, la cuestión plantea dudas desde el punto de vista legal —¿cuál es el encaje de una medida que afecta a la libertad de circulación de las personas?—, desde el ético y, finalmente, sobre su eficacia.
En cuanto a la primera cuestión, “la redacción [de la ley] es demasiado amplia, de tal manera que la legalidad queda en manos del juez”, dice Víctor Moreno Catena, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III. “En realidad, estas medidas nacieron pensando en casos como los de violencia de género”.
Trucos habituales
El tapón. Un grupo de cacos forman una aglomeración para, en la confusión, robar algún objeto. Por ejemplo, una parte del grupo se coloca delante de la víctima y otra, detrás, en unas escaleras mecánicas o en la boca del metro. Los primeros, al llegar al final de las escaleras, simulan que se les cae algo al suelo y, al detenerse a recogerlo, forman el tapón que aprovecha la persona que viene detrás para meter la mano en bolso o bolsillo ajeno. Normalmente, lo sustraído se pasa a una persona distinta.
La mancha. Una persona mancha a la víctima con tinta, tomate... Una segunda le advierte del lamparón y otra tercera, el buen samaritano, se ofrece a limpiarlo con un pañuelo y aprovecha ese momento para robar.
La muletilla. Consiste en llevar el brazo cubierto con un periódico o un abrigo para que, por ejemplo, cuando el vagón va muy lleno y los viajeros van muy apretados, no se note que están metiendo la mano en el bolso de alguien.
La petición de firmas. La persona se acerca a la víctima solicitándole la firma para alguna causa solidaria. Si lo hace, el caco se despide con un abrazo, momento en el que roba. En otras ocasiones, los ladrones-peticionarios de firmas inician una discusión con alguien que esté sentado en una terraza y, en algún momento, dejan la carpeta sobre el móvil que está sobre la mesa; cuando la situación se calma, se lleva el aparato junto a la carpeta.
Los falsos policías. Un grupo de cinco o seis cacos disfrazados de policías hacen registro a la desavisada víctima, normalmente, a un turista poco familiarizado con la indumentaria de los agentes españoles.
De hecho, al propio clan de las bosnias se le prohibió el año pasado pisar el metro y, poco después, la Audiencia Provincial de Madrid tiró abajo esta decisión, entre otras razones, por desproporcionada y porque no había una víctima concreta a la que proteger. Sin embargo, aquel auto de la audiencia no contenía la clave de por qué no era válida esa medida, según Manuel Cancio, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid. “Los artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y del Código Penal que permiten estas medidas hablan literalmente de delitos, no de faltas, como es el caso de la mayoría de estos hurtos”, explica. Una diferencia que distingue aquella orden de alejamiento del metro para las bosnias de esta de ahora, porque el hurto superaba los 400 euros, convirtiéndolo en delito.
Y una diferencia que tienen muy en cuenta a la hora de pedir alejamientos para carteristas en la Fiscalía de Barcelona, según un portavoz, que añade que en muy pocos casos se supera esa cantidad. Luego, en cualquiera de los casos, quedarían abiertas las cuestiones de la proporcionalidad, las víctimas a proteger, etcétera.
A pesar de las dudas, como mínimo, que existen al respecto, estas decisiones —que se pueden aplicar como medida cautelar mientras se instruye una causa o, después, como parte de la pena— no solo se han aplicado y se están dictando, sino que cada vez se está ampliando más el área del veto. Hace unos cinco años, las primeras órdenes de alejamiento —las hubo en Jaén, Valencia o Badajoz— se referían a comercios o grandes superficies. A partir de ese momento, y tras la petición de los Mossos d’Escuadra y la fiscalía de Barcelona de que se aplicaran más resoluciones similares, se empezaron a dictar para prohibir que los cacos entrasen en medios de transporte como el metro; de hecho, hace apenas unos meses, en octubre de 2013, un juzgado de Málaga condenó a dos carteristas a no acercarse a menos de 500 metros del aeropuerto de la ciudad (el bolso robado contenía 2.000 euros).
Y, al final, el veto ha llegado a la vía pública: aparte de la decisión del mes pasado del juzgado madrileño, hace poco menos de un año, un juez balear prohibió a siete mujeres conocidas como las claveleras acercarse al centro de Palma de Mallorca, a la playa o al paseo marítimo: utilizaban un método muy parecido al del clan de las bosnias, pero en este caso la venta de flores era el método elegido para distraer la atención de la víctima.
Llegados a este punto, el debate va un paso más allá de la letra y la interpretación de la ley para entrar en el terreno de la ética, ya que se trata de una medida de restricción de libertad. Desde este punto de vista, Cancio se detiene en la idea de proporcionalidad entre la infracción y la pena. “Yo entiendo que son reincidentes, pero, al final, de lo que se trata es de la posibilidad de meter a estos carteristas en la cárcel [lo cual se producirá si quebrantan la orden de alejamiento]. A nadie le gusta que le quiten la cartera, ni que se la quiten a tu pareja, a tus hijos, pero un hurto, una falta, tiene la gravedad que tiene y yo creo que no es para encerrar a una persona durante años en prisión”.
“Desde luego, algo hay que hacer; no es recibo que personas que acumulan 400 detenciones sigan en la calle delinquiendo, pero hay que tener mucho cuidado con estas medidas que afectan a la libertad de circulación”, dice Moreno Catena, que coincide asimismo con Cancio en la falta de eficacia de estas medidas de alejamiento, “por la dificultad práctica de hacer cumplir esa pena”, más aún si la restricción se refiere a la vía pública. “No sirve absolutamente de nada. El hurto ya está prohibido y no pueden impedirlo, pues esto tampoco”, añade Cancio.
No del todo de acuerdo están los policías y fiscales que reclaman este tipo de medidas. En Madrid, la Brigada Móvil del Cuerpo Nacional de Policía aseguró el año pasado que los delitos en el metro se habían reducido un 40% tras la orden de alejamiento dictada contra el clan de las Bosnias, aunque poco después el veto fuera revocado por la Audiencia Provincial.
“Resulta un elemento disuasorio”, dice el jefe de investigación de Barcelona, el inspector Pere Pau Guillén. Explica que se trata de un recurso más dentro de los que han puesto en marcha desde que se creó hace casi una década una unidad específica contra las personas reincidentes en esta clase de hurtos. “España es un país muy seguro en general, pero el turista al que le roban la cartera se lleva una impresión de inseguridad brutal”, añade.
En su caso, afirma que la unidad especializada ha logrado reducir los hurtos en Barcelona un 18,3% en los últimos cinco años con trabajo de investigación para reunir pruebas contra grupos organizados o, en el caso de los que actúan solos, para demostrar que el robo es su medio de vida. De ese modo, la fiscalía —“la clave es que policías, fiscales y jueces trabajemos juntos”, dice Guillén— puede solicitar penas de cárcel (por ejemplo, de 15 días) en lugar de multa, explica un portavoz de la Fiscalía Provincial de Barcelona.
Las órdenes de alejamiento funcionan en el caso del metro —los cacos especializados en robar en los transportes “se trasladan”—, pero tanto agentes como fiscales tienen claro que solo las pueden usar cuando se trate de delitos, es decir, cuando los sustraído supere los 400 euros de valor, algo que sucede en muy pocas ocasiones. También recelan de llevar la prohibición a las calles, pues en este caso se ve mucho más claramente afectada la libertad deambulatoria; aunque alguien no pueda viajar en metro, tiene otras alternativas para llegar a algún lugar. Eso sí, Guillén cree que, aunque no sean las calles, vetar espacios públicos como parques es un camino “que quizá sí coviene explorar”. “¿Sería positivo? Pues claro”, añade.
España es un país seguro, pero estas sutracciones alejan al turismo
El número de hurtos creció en España entre 2009 y 2012 un 18,5%, desde los 8.413 a los 9.975, según los datos del Instituto Nacional de Estadística, que aúna los de varios tipos —de los carteristas a particulares a las sustracciones en tiendas— y no distingue entre delitos y faltas. Lo cierto es que las estadísticas sobre delincuencia han sido fuertemente criticadas por los académicos —el profesor de Criminología de la UNED Alfonso Serrano titulaba un trabajo, en 2011, Dudosa fiabilidad de las estadísticas policiales sobre criminalidad en España—, pero los hurtos comunes tienen un fuerte impacto en la percepción social, muchas veces con independencia de la realidad numérica.
El de la delincuencia patrimonial común (hurtos, robos...) “incide de forma especialmente importante en los sentimientos de seguridad ciudadana, condicionando una política criminal que, en atención a la alarma social generada, ha optado por un progresivo endurecimiento de la respuesta punitiva”, escribe Marina Sanz-Díez, profesora de Derecho Penal de La Universidad Rey Juan Carlos. Lo hace en un artículo publicado el año pasado sobre el tratamiento de la reincidencia en este tipo de faltas y delitos en el que acaba advirtiendo contra “el desmedido endurecimiento de la respuesta penal”, llevados por esa alarma, frente a unos hechos de escasa lesividad. Además, sostiene que el origen de esta delincuencia “está en la marginalidad, es decir, en las deficiencias en la educación; en la pobreza; en el paro; o, en el consumo de drogas [...]. Por ello, una política criminal que responda con el único instrumento del incremento de la pena, implica, cuando menos, un reparto poco equitativo del coste social”.
El catedrático Cancio, volviendo a las órdenes de alejamiento de ciertas calles, recuerda con temor que en algunos países latinoamericanos —en Córdoba (Argentina) o en algunos Estados de EE UU— existe una sanción administrativa contra el merodeo, que permite a las autoridades seleccionar quién pasa por qué sitios. “¿Es eso lo que quieren aquí?”.
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