El Supremo condena al funcionario que exigía sexo a cambio de empleo
El alto tribunal ha confirmado la sentencia de ocho años de cárcel, además del pago de indemnizaciones por valor de 28.000 euros
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a ocho años de cárcel, además del pago de indemnizaciones por valor de 28.000 euros, para un funcionario del Ayuntamiento de Trujillo (Cáceres) que exigió relaciones sexuales a tres mujeres que buscaban ayuda para encontrar empleo en su departamento.
T. M. P. S., exdirector del Servicio Extremeño Público de Empleo en el término municipal de Trujillo desde 1983 y hasta 2010, fue condenado en la Audiencia Provincial de Cáceres por una agresión sexual y por tres delitos de abusos cometidos en 2006, 2008 y 2010. En la sentencia que confirma el fallo, el Supremo destaca "el reproche penal y social" que merecen unos hechos "sumamente graves".
El funcionario, dice la sentencia, exigió tener relaciones sexuales a tres mujeres que pidieron su ayuda, a cambio de lo cual les garantizó darles trabajo. En otra ocasión, a una de las denunciantes, "la condujo a un descampado en el que comenzó a tocarle los pechos y se desnudó para solicitarle una felación".
Después de diversas denuncias infructuosas ante varias instancias, los hechos fueron comunicados por las víctimas a una trabajadora social del Ayuntamiento, quien se lo transmitió a una concejal, lo que inició el proceso penal en averiguación de los hechos por los que se formuló denuncia.
El exdirector pidió que no se le condenara por agresión sexual sino por abusos sexuales, ya que, según él, no medió amenaza alguna. Sin embargo, el tribunal considera que sí hubo intimidación. Así, recuerda que dijo a la víctima que subiera al coche "si no quería que la echaran de España", frase que "se dice en un contexto de poder, es el director de la oficina del SEXPE en Trujill" y va dirigida "a una persona extranjera en situación de precariedad laboral y en demanda de empleo".
"Se ha perjudicado el crédito de un servicio público especialmente dispuesto para atender la imperiosa necesidad de trabajo ante situaciones, como las que se describen en el hecho probado, de necesidad angustiosa", de las que el funcionario público "se prevale y abusa hasta límites inaceptables".
La sentencia detalla además cómo diversos superiores del funcionario condenado que conocieron las denuncias de sus víctimas, no quisieron creer en el relato de éstas o no prestaron la debida atención a los hechos, al menos en un principio. Señala que el antiguo alcalde de Aldeacentenera, una población del partido judicial de Trujillo, en 2008, llamó a la mujer que sufrió la agresión sexual, y le aconsejó que no denunciara al ahora condenado.
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