El TSJA deja que un médico de familia objete al aborto
El tribunal dice que la medida no daña el derecho de las pacientes porque hay otros profesionales

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha concedido a un médico de atención primaria el derecho a ejercer, de forma cautelar, la objeción de conciencia ante el aborto. La sentencia rectifica el auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 de Málaga, que negó la medida cautelar solicitada por Manuel Resa, médico de Antequera, mientras resolvían su recurso contra una resolución del gerente de su área que le denegó el derecho a objetar.
El TSJA ha optado por conceder a Manuel Resa la medida cautelar porque lo contrario, aduce el tribunal, dejaría sin efecto una hipotética sentencia a favor del médico. Los tribunales sostienen que la medida no daña el derecho de las pacientes a abortar porque en el centro hay “muchos profesionales capacitados para realizar esos actos que no se han declarado objetores”.
Eso es lo que ya está ocurriendo en el día a día de su centro, admite el médico. “No he tenido ningún problema porque como todos saben quiénes somos objetores, a las mujeres demandantes de IVE se les suele enviar a otros compañeros”. Sin embargo, Resa asegura no estar de acuerdo con ese “puenteo”. “Si las pacientes nos llegan le podemos dar información científica que dice que el aborto no es inocuo”, advierte el médico, que se muestra “tranquilo” porque el TSJA ha “legitimado” su forma de actuar.
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