El Supremo desahucia de una vivienda a una mujer separada por las deudas de su ex marido
La esposa consintió que el marido hipotecara la vivienda familiar, lo que determina la validez del negocio hipotecario
El Tribunal Supremo ha decidido atribuir la vivienda familiar de una mujer separada y con hijas a una sociedad anónima que la adquirió en subasta pública después de que su ex marido dejase de pagar la hipoteca. La sentencia de la Sala de lo Civil revoca otras dos anteriores del juzgado y de la Audiencia Provincial de Madrid que había fallado a favor del derecho de la ex esposa a la posesión de la vivienda familiar frente al derecho de la entidad adjudicataria.
El conflicto tuvo su origen en el impago por el ex marido del préstamo hipotecario que suscribió sobre la vivienda familiar, en el término de Navacerrada. El banco ejecutó la hipoteca y la vivienda se adjudicó en subasta a una sociedad anónima, que reclamó su derecho a poseerla. El juzgado de Colmenar y la Audiencia de Madrid declararon la preferencia de la mujer frente a la entidad adjudicataria.
Ahora, el Supremo, en una sentencia de la que ha sido ponente la magistrada Encarnación Roca, ha resuelto que la posesión de la vivienda debe entregarse a la entidad que la adquirió en la subasta.
El Supremo explica que la esposa consintió en que su marido hipotecara la vivienda familiar, lo que no solo determina la validez del negocio hipotecario, sino que además conlleva que la mujer no pueda oponer un derecho de posesión del uso de la vivienda atribuida a ella y a sus hijas en la sentencia de separación, frente al derecho del adjudicatario.
"De no haber mediado crisis conyugal", razona la sentencia, "no habría ninguna duda de que se habría producido el lanzamiento de los esposos como consecuencia de la adjudicación del inmueble al tercero adquiriente".
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