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Rechazadas las medidas cautelares solicitadas por TV-3 para impedir que AVS venda los derechos internacionales de la Liga

El Juzgado de Barcelona afrima que la televisión catalana, accionista de AVS, ha actuado contra el interés de la empresa audiovisual

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Barcelona ha desestimado íntegramente la solicitud de medidas cautelares presentadas por Televisión de Cataluña (TV-3) contra Audiovisual Sport (AVS) para impedir que ésta pudiera vender los derechos internacionales de la Liga española de fútbol. El Juzgado, que ha condenado a TV-3 a pagar las costas, sostiene que la televisión catalana, que tiene una participación del 20 por ciento en AVS, estaría actuando de mala fe y contra el interés social de AVS, anteponiendo sus intereses y los de terceros, en concreto Mediapro, a los de la propia AVS.

TV-3 solicitó medidas cautelares para suspender el acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de AVS el pasado 27 de septiembre con el fin de buscar "acuerdos de explotación de los derechos audiovisuales con operadores internacionales" de todos los partidos de la Liga.

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La resolución judicial sostiene que, "teniendo en cuenta que los derechos de explotación de un acontecimiento deportivo se extinguen o pierden buena parte de su valor después de concluir el evento, de accederse a la petición de la parte actora se ocasionaría un grave perjuicio a la sociedad demandada, que vería malogrados, irremediablemente, los beneficios derivados de la cesión de esos derechos".

"En ese contexto", añade el auto, "sin negar en absoluto el buen derecho de la parte actora, entiendo que el juicio provisional e indiciario que necesariamente debe realizarse en sede cautelar no le es del todo favorable, o, mejor dicho, no lo es en la medida necesaria atendida la gravedad del daño que se causaría a AVS de accederse a la suspensión".

El Juzgado recuerda que el acuerdo que pretendía impugnarse tiene por objeto la explotación,"con carácter transitorio, únicamente hasta que se reanude la entrega de la señal a Mediapro, de los derechos que pertenecen a AVS para los operadores internacionales". Además, precisa que debe tenerse en cuenta que AVS sostiene que el acuerdo del 24 de julio de 2006 está suspendido por previo incumplimiento de Mediapro. En este sentido el Juzgado de Barcelona explica que, "si de algún modo no se ha respetado el auto de fecha 8 de octubre de 2006 del Juzgado de Primera Instancia número 36 de Madrid, corresponderá a dicho Juzgado, a instancias de quien corresponda, llevarlo a efecto".

Contra los intereses de la empresa

El Juzgado de Barcelona explica en el fundamento cuarto de su resolución que "también puede cuestionarse la actuación de los representantes de los demandantes en el Consejo de Administración desde la perspectiva del artículo 7 del Código Civil, norma que exige que los derechos se ejerciten conforme a las exigencias de la buena fe". "La minoría de bloqueo que los estatutos atribuyen a los socios no puede ser utilizada en contra del interés de la sociedad", afirma el auto.

"Los derechos audiovisuales sobre los partidos de fútbol", continúa la resolución "son perecederos, esto es, se agotan con la conclusión del evento deportivo, por lo que, en el momento procesal en que nos hallamos, no se advierte en qué puede beneficiar a la sociedad o a sus socios el que los derechos de explotación internacional de los encuentros de la Liga de Fútbol se pierdan".

Por último, el Juzgado de Barcelona afirma que "la parte actora tampoco ha logrado justificar qué riesgos pretende evitar con la medida solicitada" y sostiene que "es irrelevante, por tanto, los perjuicios que pudieran causarse a un tercero", en referencia a Mediapro, que hubiera sido la única beneficiada por la adopción de las medidas cautelares solicitadas por TV-3. Mediapro y TV-3 firmaron en agosto de 2006 un contrato de siete años para la explotación de diversos derechos audiovisuales.

Consejeros cesados

La Junta General de Socios de AVS decidió el pasado 4 de diciembre el cese de los consejeros de Televisión de Cataluña, Joan Majo y Carles Viñas, por sus actuaciones en contra de los intereses de la compañía audiovisual, un extremo que ahora confirma el Juzgado Mercantil núm. 2 de Barcelona.

Además, Juzgado de Instrucción número 10 de Madrid ha admitido a trámite una querella presentada por AVS por un supuesto delito de estafa contra Joan Majó, director general de la Corporación Catalana de Radio y Telelvisión, presidente de la FORTA y ex consejero de AVS; Daniel Margalef, ex director general de AVS; Jaume Roures y José María Benet, responsables de Mediapro y socios de Imagina Media Audiovisual (accionista de referencia de La Sexta) y los dirigentes de la Liga de Fútbol Profesional, José Luis Astiazarán y Javier Tebas. Todos ellos han sido citados a declarar como imputados por el mencionado juzgado de Madrid, ya que, con la intención de perjudicar los legítimos derechos audiovisuales de AVS, simularon supuestamente un acuerdo entre AVS y Mediapro que era falso.

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