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El Gobierno vasco aprueba un proyecto de ley que permite la adopción por parejas homosexuales

El texto tiene que pasar todavía por el Parlamento, aunque la comunidad no tiene competencias en esta materia

El Consejo de Gobierno Vasco ha aprobado hoy el Proyecto de Ley Reguladora del Régimen Jurídico Aplicable a las Parejas de Hecho, que recoge la adopción y el acogimiento de niños por parte de estas uniones, sin hacer distinción entre parejas hetero y homosexuales, aunque la Comunidad Autónoma vasca no tiene competencias en esta materia. La ley tiene que pasar todavía por el Parlamento de Vitoria para su debate y, en su caso, aprobación.

El consejero vasco de Asuntos Sociales, Javier Madrazo, ha detallado hoy en conferencia de prensa los contenidos del proyecto de ley, a su juicio, "el más avanzado y progresista de todo el Estado", fruto de "un amplio consenso social".

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Parejas de hecho o matrimonios

En su capítulo III, el proyecto de ley recoge el derecho de las parejas de hecho a formalizar el acogimiento y la adopción de menores, "con iguales derechos y deberes que las parejas formadas por dos personas de distinto sexo y que las parejas unidas por el matrimonio". Asimismo, señala que el hijo adoptivo o biológico de una de las partes de la pareja tendrá derecho a ser adoptado por la otra parte. El consejero justifica este derecho porque no supone "ningún menoscabo en el desarrollo de la personalidad del menor".

En este sentido, preguntado por la falta de competencias de la Comunidad Autónoma Vasca para regular la adopción, Madrazo ha respondido emplazando al PP y al Gobierno central a que "respeten la decisión del Parlamento Vasco y de la sociedad vasca, que defiende la plena igualdad entre parejas". Madrazo ha realizado un llamamiento al Gobierno central para que, "al igual que el Gobierno Vasco, inicie las actuaciones legislativas para superar las trabas legales para la equiparación de derechos".

Registro de parejas

El proyecto de ley define pareja de hecho a "la resultante de la unión libre de dos personas, mayores de edad o menores emancipadas con plena capacidad, que no sean parientes por consanguinidad o adopción en línea recta o por consanguinidad en segundo grado colateral, y que se encuentren ligadas por una relación afectivo-sexual, sean del mismo o distinto sexo".

Acogerse a la Ley será voluntario, ya que sólo se aplicará a las uniones que se inscriban en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma Vasca que se creará para tal fin, con el requisito de que, por lo menos, uno de los dos componentes de la pareja resida en el País Vasco, sin distinguir entre españoles y extranjeros.

En cuanto al régimen económico de las parejas de hecho, sus integrantes regularán sus relaciones personales y patrimoniales mediante documento público y privado, con indicación de sus respectivos derechos y deberes, así como de las compensaciones económicas para el caso de disolución de la pareja.

En el marco de las competencias normativas del País Vasco, tendrán el mismo tratamiento fiscal que los matrimonios y, en cuanto al régimen sucesorio, podrán pactar que a la muerte de uno de ellos, el otro pueda conservar en usufructo la totalidad de los bienes comunes.

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