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El juez propone juzgar por encubrimiento a los dos ‘mossos’ que acompañaban a Puigdemont en Alemania

El magistrado García Castellón acuerda, en línea con la Fiscalía, el archivo de la causa para las otras dos personas que viajaban con el 'expresident'

El País
Carles Puigdemont, a su llegada a una rueda de prensa en Berlín en 2018.
Carles Puigdemont, a su llegada a una rueda de prensa en Berlín en 2018.EFE

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha propuesto juzgar por un delito de encubrimiento a dos mossos que, en marzo de 2018, ayudaron al expresident Carles Puigdemont a eludir su captura hasta que fue detenido en Alemania en virtud de una orden del Tribunal Supremo. El magistrado acuerda el archivo de la causa para los otros dos acompañantes de Puigdemont, Josep María Matamala y Lluís Alay. 

En un auto, en línea con el informe de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, el magistrado entiende que los miembros de los Mossos de Esquadra Carlos de Pedro López y Xavier Goicoechea deben ser juzgados por delito de encubrimiento. La resolución da diez días a partir de ahora al ministerio público para presentar su escrito de acusación. 

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El magistrado defiende que el 25 de marzo de 2018 los dos mossos, que tienen la condición de funcionarios y que se encontraban de permiso esos días, junto con Matamala y Alay, acompañaban a Puigdemont cuando este fue detenido en la localidad alemana de Jagel por la policía de aquel país, en cumplimiento de la orden europea de detención y entrega cursada por las autoridades judiciales españolas.

"Ambos investigados, puestos de común acuerdo, pese a su condición de funcionarios de la policía y con pleno conocimiento de que el señor Puigdemont tenía una orden de búsqueda y detención europea librada por el Tribunal Supremo, le ayudaron a intentar sustraerse a la acción de la justicia cuando este último se desplazaba desde Helsinki (Finlandia) hasta su domicilio de Bélgica", afirma el juez.

El auto destaca que el propio Puigdemont era consciente de la existencia de la orden de detención, pues como se detalla en el informe policial, dice el magistrado, “se le notifica que existía una orden internacional de detención contra él. Él tenía conocimiento de dicha orden, tras aportar algunos datos propios”. 

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Después de relatar todos los detalles del trayecto realizado desde Helsinki hasta que fueron detenidos, el magistrado señala que “todos estos datos eran por ello conocidos por los investigados Carlos de Pedro y Xavier Goicoechea cuando prestaban ayuda a Puigdemont para desplazarse por carretera desde Helsinki (Finlandia) hasta Bruselas (2.370 kilómetros, un trayecto en ferri)”.

La actuación de los investigados estaba dirigida a evitar la captura del huido Carles Puigdemont, “logrando de esta forma su sustracción a la acción de la justicia”, lo que reviste los caracteres de un delito de encubrimiento, concluye García Castellón. 

Respecto de los otros dos acompañantes, Matamala y Alay, el auto indica que no tienen la condición de funcionario público, que acompañaban a Puigdemont, que no consta que facilitasen el vehículo, que lo condujesen en algún momento o que hubieren proporcionado cualquier otra ayuda con la intención de que Carles Puigdemont se sustrajese a la acción de la justicia, por lo que acuerda el sobreseimiento provisional del procedimiento respecto a ellos dos.

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