El Supremo obliga al Tribunal de Cuentas a desvelar el nombre de sus eventuales nombrados a dedo
El fallo abre la puerta a que se conozcan todos los trabajadores de especial confianza de la Administración, información que los gobiernos de Rajoy y Sánchez mantienen oculta
El Tribunal Supremo obliga al Tribunal de Cuentas a facilitar los nombres de sus trabajadores eventuales o de designación libre (nombrados a dedo) entre los años 2010 y 2018. En una sentencia conocida este martes, el Alto Tribunal ha estimado el recurso contencioso administrativo que la fundación Civio interpuso contra la negativa del organismo a identificar a sus cargos de confianza.
El fallo es muy relevante en materia de transparencia y acceso a la información pública porque marca criterio sobre la identificación del personal eventual de las administraciones públicas. La sentencia abre la puerta, por ejemplo, a que también el Gobierno tenga que revelar qué personas ocupan puestos de especial confianza de los ministros y secretarios de Estado. Tanto el Ejecutivo de Mariano Rajoy como el de Pedro Sánchez han mantenido oculta esta información en los últimos años.
El Supremo concluye en el fallo que el Tribunal de Cuentas vulneró el derecho de acceso a la información pública de Civio y recuerda que el interés público de acceder a esa información es mayor que el interés individual de la protección de datos de estos empleados públicos. Civio solicitó conocer los nombres y las retribuciones anuales de los eventuales que trabajan como jefes de secretaría o en puestos de secretaría en este organismo. En su respuesta, el Tribunal de Cuentas solo facilitó el nombre de uno de los 59 trabajadores, el director de comunicación.
Alegó que el resto hacían únicamente labores equivalentes a las de los auxiliares administrativos, por lo que no podían ser asimilados a puestos de especial confianza. El Tribunal Supremo desmonta esos argumentos y concluye que estos puestos "sí son de especial confianza" y "se proveen por decisión libre del presidente del Tribunal de Cuentas".
Civio aseguró en su recurso que quería conocer quiénes son esas personas y comprobar si en la contratación del personal eventual el Tribunal de Cuentas sigue un criterio meritocrático o si, como han publicado los medios de comunicación, existe una "afinidad" entre contratantes y contratados. EL PAÍS publicó en junio de 2014 que, de los algo más de 600 trabajadores que tenía la plantilla de este tribunal, más de un centenar eran familiares o allegados de medios y altos cargos, o familiares entre sí. Solo sus dos entonces máximos mandatarios, el presidente Ramón Álvarez de Miranda y su número dos, sumaban seis parientes. Tras las informaciones de este diario, el presidente tuvo que comparecer ante el Congreso para dar explicaciones.
Aunque se refiere al Tribunal de Cuentas, que no es Gobierno ni Administración, el criterio sobre la identificación de los eventuales es claro y razonable, asegura un catedrático de Derecho Administrativo consultado por este diario. Los nombres y sueldos de los asesores a dedo de los Gobiernos de Mariano Rajoy y de Pedro Sánchez se mantienen ocultos pese a las numerosas solicitudes de información amparadas en la Ley de Transparencia presentadas, entre ellas, las de EL PAÍS. El Ejecutivo de Rajoy publicó a principios de 2015 en el Portal de Transparencia un informe que recogía los nombres y sueldos de los asesores de los ministerios en 2012 y 2013, lo que permitió comparar el coste de estos puestos de trabajo de un año a otro.
Ese listado no ha vuelto a actualizarse. La última vez que este diario solicitó nombre y retribución bruta anual en 2017 y 2018 de estos puestos de libre designación en todos los ministerios fue en agosto de 2018. Varios de ellos, como Presidencia o Hacienda, evitaron facilitar los nombres de los asesores. La mayoría dieron datos parciales que no permitían establecer comparaciones.
Transparencia con límite temporal
“Esta sentencia no solo acaba de una vez con el intento del Tribunal de Cuentas y de los ministerios de esconder quiénes son sus asesores, dejando claro que el interés público va por delante, sino que además adelanta la posición del Supremo en cuanto al límite de la ley de transparencia, esto es, que no hay ni debe haber límite temporal para acceder a los datos, en contra de lo que sentenció la Audiencia Nacional en otro de loa litigios que Civio tiene en marcha”, señaló Miguel Gavilanes, experto en derecho de acceso de Civio.
Gavilanes se refiere a una sentencia de la Audiencia Nacional de 23 de octubre de 2017 que obligaba al Ministerio de Defensa a entregar el listado de pasajeros que acompañan a los altos cargos en aviones oficiales. Lo hacía en respuesta a una solicitud de Civio presentada en 2015. El fallo excluía los viajes de la Casa del Rey y los clasificados como secretos (Presidencia del Gobierno), y limitaba la información a los vuelos posteriores al 10 de diciembre de 2014, fecha de entrada en vigor de la Ley de Transparencia. Civio recurrió al Tribunal Supremo, que se pronunciará el año que viene. Pero en el fallo conocido hoy el Alto Tribunal anticipa el resultado al asegurar que no existe este límite temporal ni en el artículo 105 de la Constitución ni en ningún precepto de la Ley de Transparencia.
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