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Un nuevo golpe del abogado de la UE a España complica ahora la entrega de Valtònyc

La justicia española vuelve a encallar en Europa tras el revés del ‘caso Junqueras’

Valtònyc llega a los juzgados de Gante junto a sus abogados Gonzalo Boye y Paul y Simon Bekaert, en septiembre de 2018. En vídeo, Declaraciones del rapero.Vídeo: DELMI ÁLVAREZ | EFE
Álvaro Sánchez

Luxemburgo, sede de los tribunales europeos, volvió a dar este martes una mala noticia a la justicia española. Hace dos semanas, el polaco Maciej Szpunar —uno de los 11 abogados generales que emiten sus recomendaciones al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE)— concluyó que España debió permitir al líder de ERC, Oriol Junqueras, ser reconocido como eurodiputado; esa opinión, de rebote —y si finalmente es defendida por el tribunal—, podría permitir al expresidente catalán Carles Puigdemont y a su exconsejero Toni Comín, ambos fugados en Bélgica, acceder a su escaño.

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Este martes, el checo Michal Bobek, otro de los abogados generales del TJUE, complicó la entrega del rapero Josep Miquel Arenas Beltrán, Valtònyc, al afirmar que en la euroorden debió tenerse en cuenta el Código Penal vigente en 2012, cuando el rapero escribió las canciones por cuyas letras fue condenado, y no el de 2015.

Valtònyc, condenado en España a tres años y medio de prisión por enaltecimiento del terrorismo, amenazas y calumnias e injurias graves a la Corona, y huido en Bélgica desde hace año y medio, ya obtuvo una primera victoria cuando un tribunal belga consideró que el contenido de las controvertidas letras de canciones por las que España exigía su entrega están amparadas en Bélgica por la libertad de expresión.

Código Penal

El rapero, que desde su fuga ha encontrado cobijo en el entorno del expresident Puigdemont, comparte abogados con él y hace propaganda de la causa separatista, dio este martes un paso más en su intento de evitar la entrega a España. El abogado general del TJUE estimó que no puede ser enviado automáticamente de vuelta por terrorismo, dado que debe aplicársele el Código Penal de 1995, que preveía una pena máxima de dos años para el delito de enaltecimiento, y no el de 2015, en el que se elevó la pena por el delito de apología a tres años.

La diferencia no es baladí. El umbral mínimo de las penas de los 32 delitos de la euroorden que implican la entrega automática es de tres años. Por tanto, si el TJUE corrobora la tesis del abogado general, no se alcanzaría ese límite y Valtònyc esquivaría la entrega automática. Eso obligaría a la justicia belga a volver a pronunciarse sobre si los delitos tienen equivalente en la legislación local.

El camino todavía es largo. Una vez el TJUE comunique su decisión sobre qué Código Penal debe aplicarse, la Corte de Apelación de Gante deberá pronunciarse sobre la entrega. Y tanto la Fiscalía belga —que ha asumido la posición de España— como la defensa, podrían recurrir al Tribunal de Casación. El consuelo para los tribunales españoles, en este momento, es que las opiniones de los abogados generales no son definitivas, y solo sirven para orientar la sentencia final del TJUE.

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Sobre la firma

Álvaro Sánchez
Redactor de Economía. Ha sido corresponsal de EL PAÍS en Bruselas y colaborador de la Cadena SER en la capital comunitaria. Antes pasó por el diario mexicano El Mundo y medios locales como el Diario de Cádiz. Es licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla y Máster de periodismo de EL PAÍS.

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