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El fiscal considera “abominable” pero no delictivo el discurso de Vox contra los musulmanes

El jefe de los fiscales del Supremo califica de "delirante" una intervención del ahora diputado Javier Ortega

El secretario general de Vox, Javier Ortega Smith, durante su intervención el pasado 16 de septiembre. En vídeo, las declaraciones de Ortega Smith acerca de los musulmanes.Vídeo: Uly Martín | vox
Miguel González

El discurso de los dirigentes de Vox contra la población musulmana es “abominable”, en opinión del teniente fiscal del Tribunal Supremo, Luis Navajas, pero no delictivo. La Fiscalía ha archivado la investigación por un delito de incitación al odio e islamofobia abierta contra el secretario general del partido ultranacionalista, Javier Ortega Smith, por su intervención el pasado 16 de septiembre en el Casino de Agricultura de Valencia. “Nuestro enemigo común, el enemigo de Europa, el enemigo de la libertad, el enemigo del progreso, el enemigo de la democracia, el enemigo de la familia, el enemigo de la vida, el enemigo del futuro se llama invasión, se llama la invasión islamista”, afirmó el hoy diputado y concejal del Ayuntamiento de Madrid.

El fiscal estima que estas manifestaciones “pueden parecernos inadecuadas y, hasta incluso, repulsivas en algunos de sus contenidos, pero eso no implica necesariamente que merezcan tener encaje en el Código Penal y sancionarse con arreglo a alguno de sus preceptos”.

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Según Navajas, el artículo 510.1 del Código Penal, que tipifica los delitos de odio contra un grupo por razón de su religión, exige que haya provocación; es decir, incitación a terceros a cometer delitos concretos. “Ninguno de estos requisitos es apreciable en el discurso pronunciado, que puede parecernos abominable, y nos lo parece, pero al que no pueden aplicarse unas normas […] reservadas para conductas especialmente graves”.

Lo justifica el fiscal asegurando que en ningún momento el secretario general de Vox hizo “incitación alguna a precaverse o defenderse de ese enemigo común con actos u omisiones que puedan considerarse como delitos”.

Respecto a la segunda parte de su intervención (en la que Ortega aseguró que los europeos "están sufriendo en sus calles la aplicación de la sharía y no están dispuestos a que se derriben sus catedrales para ser sustituidas obligatoriamente por mezquitas y a que sus mujeres tengan que cubrir su rostro con una tela negra y ser tratadas diez pasos atrás, peor que camellos"), el fiscal concluye que “sólo representa un discurso delirante de acontecimientos indeseables que el denunciado aventura que pueden producirse en el futuro, pero sin que haga un llamamiento a reaccionar violentamente para evitarlos”.

Musulmanes contra la Islamofobia, la asociación que llevó a la Fiscalía las palabras del dirigente de Vox, denuncia que Navajas se ha basado para dictar el archivo en la anterior redacción del artículo 510 del Código Penal, que limitaba el delito a la provocación, pero no ha tenido en cuenta que, tras la reforma de 2015, se ha ampliado a quienes “públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio” contra un grupo determinado, lo que a su juicio se produce en este caso. La asociación alega que la aplicación de una norma derogada para archivar una denuncia es motivo de indefensión, por lo que reclama a la Fiscalía que reabra sus diligencias.

La denuncia se presentó inicialmente ante la Fiscalía de Valencia, pero al convertirse Ortega Smith en diputado y, por tanto, en  aforado, la investigación pasó a la Fiscalía del Supremo.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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