El Constitucional suspende la comisión de investigación del Parlament sobre la Casa Real
El pleno ha admitido por unanimidad el recurso presentado por el Gobierno

El Constitucional ha admitido ha tramite el recurso del Gobierno contra la creación por parte del Parlament de una comisión de investigación sobre las actividades de la Casa Real. La admisión a tramite del recurso supone, de facto, la suspensión de la citada comisión, de la que el Gobierno asegura que carece de competencias para investigar las actividades del Rey y su entorno.
Dado que el Gobierno invocó el artículo 161.2 de la Constitución, la admisión a trámite por parte del TC conlleva la inmediata suspensión cautelar del acuerdo del Parlament por el que se creó esa comisión.
El Parlament aprobó el pasado siete de marzo la creación de esta comisión de investigación sobre las “actividades o irregularidades delictivas”, decía el texto, de personas vinculadas a la Casa Real. El documento salió adelante con 71 votos a favor, de todos los grupos independentistas y de Catalunya en Comú-Podem, y 56 en contra, procedentes de Ciudadanos, PSC y PP. El documento contaba con cuatro puntos: el primero, daba cuenta de la creación del órgano que pasa por "investigar las actividades irregulares o delictivas de personas vinculadas a la Familia Real, incluidas las destinadas a forzar el traslado del domicilio social de bancos, empresas y multinacionales" durante el otoño de 2017 cuando se celebró el referéndum del 1 de octubre y posteriormente se proclamó la república fallida. El segundo, reiteraba el objeto del ente replicando el texto del primer apartado. El tercero se dividía en tres subapartados: repite el objeto; apunta a indagar las posibles "estructuras de corrupción vinculadas a la Familia Real española y personas que estén o hayan estado relacionadas" y acaba mencionado las "presuntas cuentas irregulares del anterior jefe del Estado en Suiza y en otros paraísos fiscales a nombres de terceras personas" y otras "actividades irregulares o delictivas" que se puedan derivar de las declaraciones de Corinna zu Sayn-Wittgenstein. El cuarto señalaba que el número de testigos que se citen a declarar no podrá ser superior al número de diputados que la integren.
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