El Supremo archiva la causa abierta contra la senadora Barreiro por la trama Púnica
La juez no ve pruebas de que pagara dinero público para mejorar su reputación 'online'
La magistrada del Tribunal Supremo Ana Ferrer ha acordado este jueves el archivo del caso abierto a la exalcaldesa de Cartagena (Murcia) y senadora del PP (ahora del Grupo Mixto) Pilar Barreiro, que estaba investigada por su presunta con la trama de corrupción Púnica. La decisión de la juez ha llegado tras dos peticiones de la Fiscalía pidiendo el archivo al entender que no había indicios “racionales” de delito. Ferrer ha llegado a la misma conclusión tras tomar declaración a varios testigos relacionados con la Púnica.
Según la magistrada, no han quedado probado los delitos de fraude, falsificación de documento mercantil, prevaricación, malversación de caudales y cohecho por los que se acordó la apertura de una investigación contra Barreiro. Esta causa se abrió el 28 de septiembre de 2017 tras el envío por parte del juez Eloy Velasco de la Audiencia Nacional de una exposición razonada en la que recogía los indicios que existían contra Barreiro (aforada en el Supremo por su condición de senadora).
Velasco no podía investigar a Barreiro debido a la condición de aforada de la actual senadora y que, cuando se produjeron las primeras detenciones en octubre de 2014, era diputada. Velasco pidió al Supremo que lo hiciera al considerar que la exalcaldesa de Cartagena había contratado con dinero público a uno de los principales implicados en la Púnica, Alejandro de Pedro, para que mejorara en las redes sociales su reputación, que estaba muy deteriorada después de verse presuntamente vinculada al supuesto caso de corrupción Nova Carthago. Por esta causa también tuvo que declarar ante el Supremo, pero entonces el alto tribunal sobreseyó las acusaciones contra ella. Tras practicar todas las diligencias que planteó la magistrada Ferrer, analizar la documentación que obra en la causa, así como tomar declaración a varios testigos, la juez concluye que la instrucción está terminada y que no se ha consolidado un principio de prueba que de fuerza a “las sospechas de corrupción contra la investigada”.
En el auto dictado este jueves, la instructora afirma que la “precariedad de los indicios” acumulados contra Barreiro sobre el concierto para desarrollar a través de la contratación pública una trama defraudatoria que pudiera encajar en el delito de fraude (artículo 436 del Código Penal) imputado como primera infracción, arrastra al resto de delitos. De acuerdo con el criterio del fiscal, la magistrada explica que acuerda esta decisión debido a que “el débil, equívoco, y ambivalente material probatorio” carece de toda aptitud para generar un mínimo de certeza que justifique la continuación de la instrucción. Añade que sin perjuicio de que las actuaciones puedan ser reabiertas en un futuro contra la investigada, si se añadieran nuevos elementos de incriminación y sin que esta decisión trascienda respecto a las demás investigaciones realizadas en la causa que se sigue en el juzgado central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional.
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