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La Audiencia Nacional abre juicio al exjefe de los Mossos Trapero

La fiscalía se plantea pedir una prórroga para presentar sus conclusiones y acusar al policía por rebelión

El exresponsable de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero.
El exresponsable de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero. JOAN SÁNCHEZ

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado este martes el auto de procesamiento del exresponsable de los Mossos d'Esquadra Josep Lluís Trapero, a quien manda a juicio al tiempo que da cinco días a la fiscalía para que presente su escrito de acusación, según fija la resolución. Se le acusa inicialmente de dos delitos de sedición y otro de organización criminal por su papel en el procés, especialmente en el referéndum ilegal del 1 de octubre y en los altercados de los días 20 y 21 de septiembre, cuando una multitud trató de impedir una operación de la Guardia Civil contra los preparativos de la consulta soberanista prohibida por el Tribunal Constitucional y los jueces.

El auto, dictado el lunes y del que ha sido ponente magistrado Ramón Sáez, expone que una vez esta misma sala ha confirmado el auto de procesamiento, que fue recurrido por las defensas, "parece razonable entrar en el juicio oral para examinar la solvencia de los indicios de criminalidad que en dicha resolución se acordaban".

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De este modo, el fiscal tendrá cinco días hábiles —que han empezado a contar este martes— para presentar su escrito de acusación contra Trapero, pero no solo. Se confirma asimismo el procesamiento y el paso a juicio oral de la intendente Teresa Laplana y los exjefes políticos de la policía autonómica Pere Soler y Cèsar Puig. La fiscalía de la Audiencia Nacional, que todavía no ha recibido el auto, ha anunciado este miércoles que se plantea solicitar al tribunal una prórroga sobre este plazo de cinco días para presentar su escrito de acusación. Fuentes del ministerio público afirman que estudian la posibilidad de acusar al exjefe policial por un delito de rebelión.

Todos ellos fueron procesados en un auto dictado el pasado mes de abril por la magistrada de la Audiencia Nacional y ahora en el Tribunal Supremo Carmen Lamela, quien ordenó sentar en el banquillo a Trapero por dos presuntos delitos de sedición y uno de organización criminal presuntamente cometidos durante los sucesos del 20 y el 21 de septiembre frente a la Consellería de Economía en Barcelona y en la jornada del 1-O.

Soler y Puig, por su parte, han sido procesados por presunta organización criminal y un único delito de sedición que pudo haber tenido lugar por el 1-O, mientras Teresa Laplana afrontará un posible delito de sedición en relación con los incidentes del 20 y 21 de septiembre.

La juez Carmen Lamela, que instruyó esta causa antes de recalar en el Tribunal Supremo, consideraba que Trapero, Soler y Puig integraban una organización jerarquizada “bajo una dirección común en cuya cúspide se encontraba el presidente de la Generalitat de Cataluña”, Carles Puigdemont, huido de la justicia española. Esta “estructura estable”, según la magistrada, tiene los caracteres de la organización criminal: jerarquía, permanencia en el tiempo y reparto de tareas.

La juez Lamela observaba que los procesados pudieron ser autores o cooperadores necesarios de los delitos de sedición por “omisión”. Sobre los altercados del 20 y 21 de septiembre de 2017, cuando una multitud movilizada por las entidades soberanistas ANC y Òmnium impidió la salida de los guardias civiles y la comisión judicial que registraban la sede de la Consejería de Economía, la juez afirmaba: “Lejos de actuar se limitaron a aparentar la imposibilidad de tal cumplimiento a la vista del tumulto de personas concentradas en el edificio, cuando en realidad se trataba de una abierta negativa a las reiteradas peticiones de auxilio que recibieron procedentes de la Guardia Civil, en aras a proteger a la comisión judicial encargada de llevar a cabo los registro por orden judicial”.

En el caso de la jornada del referéndum, la actuación de los procesados no solo se limitó a no dar cumplimiento a la actuación judicial sino que fue más allá, según la juez, “propiciando que sus planes de actuación fueran conocidos de antemano por los ocupantes de los colegios facilitando de esta manera que éstos pudieran preparar los escenarios que llevarían a los Mossos a no actuar, obstruyendo a los agentes policiales, dispuestos realmente a cumplir aquella orden judicial, espiando y controlando sus acciones”.

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