Llarena responderá esta semana sobre la decisión de Alemania
El Supremo duda de la viabilidad de acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea
El magistrado Pablo Llarena tiene previsto responder esta semana al rechazo de la justicia alemana a entregar a Carles Puigdemont por rebelión. El instructor español tiene que dictar un auto de aceptación de la entrega y, según las fuentes consultadas, la única opción que se da por descartada es aceptarla ya y juzgar al expresident solo por malversación. Esta posibilidad implicaría que se levantara la suspensión temporal de Puigdemont para ejercer como diputado (solo aplicable a los procesados por rebelión), lo que abriría la puerta a que pudiera volver a ser presidente de la Generalitat. “Cualquier escenario es menos grave”, señalan fuentes del tribunal.
La decisión es solo de Llarena, que está analizando todas las opciones. El juez está convencido de que Alemania se ha extralimitado en el papel que le correspondía, por lo que entiende que no puede aceptar la entrega en esas condiciones. Una de las opciones que ha estudiado es dictar un auto en el que rechace la entrega con el argumento de que se ha minado su capacidad como instructor y prefiere conservar íntegras su capacidad de enjuiciamiento.
El juez tampoco ha descartado acudir al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) para que se pronuncie sobre la actuación de Alemania. Pero dentro del tribunal algunas voces le han desaconsejado este paso porque advierten de que es difícil que la UE admita una cuestión planteada por el juez emisor de la euroorden. “Esto podría situar al juez y al tribunal en una situación indeseable”, advierte una de estas voces que considera que acudir a Europa implica “correr muchos riesgos” y, en caso de rechazo, dar nuevos argumentos a las defensas de los procesados para deslegitimar la instrucción de Llarena.
Fuentes oficiales del tribunal europeo no descartan, sin embargo, que se pudiera admitir una cuestión prejudicial presentada por el país emisor de la euroorden. Estas fuentes remiten al artículo 267 del Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión Europea, que establece que el TJUE es competente para pronunciarse sobre la interpretación de los tratados y sobre “la validez e interpretación de los actos adoptados por las instituciones, órganos u organismos de la Unión”. No hay ninguna norma que especifique que el país emisor (en este caso España) no pueda acudir a la UE si su pregunta encaja en esos supuestos. “Si hay una demanda se estudiará”, señalan estas fuentes. Pero estudiarlo no significa que se admita a trámite para entrar en el fondo del asunto. La decisión de correr o no ese riesgo es lo que tiene que valorar Llarena.
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