La juez Lamela comunica a Trapero y sus jefes políticos su procesamiento
El trámite ha durado unos minutos y no ha habido interrogatorio. La cuarta procesada ha comparecido por videoconferencia
Entraban en la sede de la Audiencia Nacional a primera hora de la mañana de este lunes y a los cinco minutos la abandonaban sin hacer declaraciones. La titular del Juzgado Central de Instrucción 3, Carmen Lamela, ha comunicado personalmente este lunes al mayor de los Mossos Josep Lluis Trapero y a los que fueran sus jefes políticos -Pere Soler y el exsecretario de Interior César Puig, segundo del exconseller Joaquim Forn- su procesamiento por sedición y organización criminal por su papel en el procés en un trámite judicial en el que no se les han formulado ninguna pregunta, según fuentes jurídicas.
Los tres y una cuarta procesada, la intendente de los Mossos d'Esquadra Teresa Laplana, estaban citados este lunes a las ocho y media de la mañana en la sede de la Audiencia Nacional para recibirles declaración indagatoria y que pudieran manifestar, si lo deseaban, su postura ante el procesamiento. Ninguno lo ha hecho verbalmente. La defensa del mayor de los mossos ha entregado un recurso al auto de procesamiento.
El primero en llegar a la Audiencia Nacional, a las 8.20, ha sido Puig, acompañado de su abogado, Jaume Alonso-Cuevillas, abogado también de Carles Puigdemont. Veinte minutos más tarde -y con retraso sobre la hora de citación- lo hacían Soler y, poco más tarde, Trapero. Todos ellos han permanecido en la Audiencia Nacional escasos cinco minutos. La cuarta procesada, la intendente Laplana, ha cumplimentado el trámite judicial por videoconferencia por cuestiones de salud.
La juez Lamela procesó el pasado 5 de abril Trapero por organización criminal y dos delitos de sedición por la actuación del cuerpo policial autonómico en el proceso independentista de Cataluña y especialmente en el referéndum ilegal del 1 de octubre y en los altercados de los días 20 y 21 de septiembre, cuando una multitud trató de impedir una operación de la Guardia Civil contra los preparativos de la consulta soberanista prohibida por el Tribunal Constitucional y los jueces. En la misma resolución, la magistrada también ha procesado por los mismos delitos a sus ex jefes políticos de los Mossos. A Laplana ha sido encausada solo por el delito de sedición por su actuación en los hechos del 20 y 21 de septiembre.
Los cuatro, que hasta ahora se han presentado ante la juez de la Audiencia Nacional cuando han sido citados -Trapero en hasta tres ocasiones-, cuentan ya con medidas cautelares consistentes en comparecencias quincenales, prohibición de salir de España y retirada del pasaporte. La Fiscalía llegó a pedir prisión o fianzas, sin éxito.
El tramite celebrado este lunes ante la juez Lamela coincide con el que poco después tiene lugar en el Tribunal Supremo, donde el juez Pablo Llarena empezará este lunes a notificar el auto de procesamiento por rebelión a los principales actores del procés, a excepción de los huidos. La diferencia en la tipificación penal de los hechos, que en la Audiencia Nacional han sido calificados de sedición y organización criminal y en el Supremo de rebelión, malversación y desobediencia, ha llevado a la defensa de Pere Soler a cuestionar la existencia de una red criminal para obtener la independencia como sostiene Lamela.
Plan para no actuar el 1 de octubre
En el caso del referéndum del 1 de octubre, la cúpula de los Mossos, sostiene Lamela, puso en marcha un plan para evitar actuar. La actuación del cuerpo “enmascarada bajo los principios de actuación policial de proporcionalidad, congruencia y oportunidad, fue de total inactividad”, afirma la magistrada, que abrió la causa en septiembre de 2017 tras los altercados de los días 20 y 21 de ese mes.
Lamela considera que Trapero, Soler y Puig integraban una organización jerarquizada “bajo una dirección común en cuya cúspide se encontraba el presidente de la Generalitat de Cataluña”, Carles Puigdemont, encarcelado en Alemania desde el 25 de marzo a la espera de su posible entrega a la justicia española. Esta “estructura estable”, según la magistrada, tiene los caracteres de la organización criminal: jerarquía, permanencia en el tiempo y reparto de tareas.
La juez Lamela observa que los procesados pudieron ser autores o cooperadores necesarios de los delitos de sedición por “omisión”. Sobre los altercados del 20 y 21 de septiembre, cuando una multitud movilizada por las entidades soberanistas ANC y Òmnium impidió la salida de los guardias civiles y la comisión judicial que registraban la sede de la Consejería de Economía, la juez afirma: “Lejos de actuar se limitaron a aparentar la imposibilidad de tal cumplimiento a la vista del tumulto de personas concentradas en el edificio, cuando en realidad se trataba de una abierta negativa a las reiteradas peticiones de auxilio que recibieron procedentes de la Guardia Civil, en aras a proteger a la comisión judicial encargada de llevar a cabo los registro por orden judicial”.
En el caso de la jornada del referéndum, la actuación de los procesados no solo se limitó a no dar cumplimiento a la actuación judicial sino que fue más allá, según la juez, “propiciando que sus planes de actuación fueran conocidos de antemano por los ocupantes de los colegios facilitando de esta manera que éstos pudieran preparar los escenarios que llevarían a los Mossos a no actuar, obstruyendo a los agentes policiales, dispuestos realmente a cumplir aquella orden judicial, espiando y controlando sus acciones”.
La juez basa su resolución en una serie de indicios recogidos durante la fase de instrucción, entre los que destacan el llamado documento Enfocats, que recoge la hoja de ruta hacia la independencia y el papel de los distintos actores del procés. También se recoge un informe de la Guardia Civil con las comunicaciones de los Mossos en la jornada del referéndum en la que se constata que los agentes no tenían intención de cerrar los colegios electorales, como había ordenado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Recurso contra el procesamiento
En su recurso contra el procesamiento, al que ha tenido acceso Efe, Soler recuerda que Llarena rechazó ampliar la causa del Supremo a Trapero y al resto de investigados en la Audiencia Nacional, al no apreciar conexión con los hechos, lo que, a su juicio, demostraría que no existe ninguna red criminal, pues ni siquiera Puigdemont, al que Lamela atribuye el liderazgo, está procesado por ese delito.
El exdirector de los Mossos d'Esquadra se desvincula también del delito de sedición, ya que, según él, es la Jefatura de Mossos -que entonces ostentaba Trapero- la que debía adoptar decisiones sobre el operativo del 1 de octubre y no él.
Sin embargo, la juez cree que la excúpula de la Policía autonómica, liderada por Soler y Trapero, bajo el mandato del exconseller Forn y su segundo César Puig, condujo a "sus subordinados a una dejación auténtica de funciones" el 1 de octubre, simulando un dispositivo "engañoso y fraudulento" que facilitó la votación del referéndum ilegal.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Más información
Archivado En
- Josep Lluís Trapero
- Audiencia Nacional
- Tribunal Supremo
- Carmen Lamela
- Referéndum 1 de Octubre
- Autodeterminación
- Generalitat Cataluña
- Cataluña
- Referéndum
- Tribunales
- Conflictos políticos
- Gobierno autonómico
- Poder judicial
- Política autonómica
- Comunidades autónomas
- Elecciones
- Administración autonómica
- Administración pública
- Política
- España
- Justicia