La Abogacía del Estado concluye que los diputados huidos no pueden delegar el voto
Si se arbitra el voto a distancia para Puigdemont, el Gobierno lo recurrirá ante el Tribunal Constitucional
Los cinco diputados catalanes electos huidos a Bruselas, con Carles Puigdemont a la cabeza, no pueden ejercer su derecho al voto en el Parlament por delegación. Este es el criterio del Gobierno del PP, avalado por la Abogacía del Estado. Sí tiene dudas respecto a si esa limitación puede aplicarse también a los tres electos que están en prisión, algo que resolverá este miércoles, una vez que se forme la nueva Mesa del Parlament. Si se arbitra el voto a distancia para Puigdemont, el Gobierno lo recurrirá ante el Tribunal Constitucional. El Ejecutivo cree que no sucederá.
Máxima expectación en el Gobierno ante las primeras medidas que vaya a adoptar hoy la nueva Mesa del Parlamento de Cataluña. Esta impresión fue evidente este martes en la actitud y comentarios del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, de la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, del titular de Justicia, Rafael Catalá, y de otros miembros del Gobierno que compartieron en La Moncloa más de dos horas de conversación informal con los medios de comunicación. Se trataba de la recepción anual que el Gobierno celebra en Navidad, que fue pospuesta este año por las elecciones catalanas del 21 de diciembre.
Rajoy cree que la situación se “normalizará” en esa comunidad y un primer dato que puede avalarlo vendrá por las decisiones que tome la Mesa del Parlament que hoy se constituye. Si ese órgano arbitra que Carles Puigdemont y los otros cuatro diputados electos que se fugaron a Bruselas pueden votar por delegación, el recurso ante el Tribunal Constitucional sería inmediato. Luego vendrían las querellas y, por tanto, la acción de la justicia.
No tiene duda el Gobierno de que los fugados no pueden votar por delegación, aunque no muestra esa seguridad en los casos de los tres diputados electos presos, entre ellos Oriol Junqueras. Estos podrían entrar en el apartado de causas excepcionales por los que se autoriza el voto a través de otra persona. Esta posibilidad ya la apuntó la semana pasada el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, tras tomar declaración a los también encarcelados Joaquim Forn, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart.
Los posibles recursos, no obstante, no paralizarán el comienzo de la legislatura: el 31 de enero deberá celebrarse un pleno para investir al nuevo presidente de la Generalitat. La intención de los independentistas, pese a todas las trabas legales, es que sea Puigdemont.
No quiere verse en ese escenario el Ejecutivo de Rajoy, que confía en no tener que recurrir al Constitucional ninguna decisión de la Mesa. En ese hipotético recurso se pediría al alto tribunal que se dirigiera a los miembros del órgano de dirección del Parlament y les indicara qué está prohibido. Este requerimiento tiene el objetivo de que los miembros de la Mesa estén advertidos de que para una sesión de investidura no podrán poner en marcha un sistema de votación por delegación.
No duda el Gobierno de que el candidato, si lo hay, será independentista, pero solo pide “que el Parlamento invista a una persona que viva en España y no esté en la cárcel”, sintetizan fuentes del Gobierno. Otros lo llaman “un candidato limpio” a efectos judiciales.
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