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Del puzle del magistrado Llarena al cambio del tribunal de los papeles de Bárcenas

El Supremo da a conocer este lunes su decisión sobre los 10 dirigentes encarcelados

Fachada de la sede del Tribunal Supremo.
Fachada de la sede del Tribunal Supremo.ULY MARTÍN

Pablo Llarena, instructor de la querella por delitos de rebelión y sedición, entre otros, en el Tribunal Supremo, anunciará este lunes, entre las nueve y diez de la mañana, su decisión sobre la medida cautelar de prisión que mantiene en la cárcel a 10 querellados, empezando por el exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras.

Los 10 autos se notificarán a los letrados de la defensa cuando Carles Puigdemont ya estará declarando, junto con cuatro exconsejeros fugados, ante el juez de instrucción que en Bruselas debe resolver sobre su entrega a España.

Estos acontecimientos son el preludio de la campaña de las elecciones del 21-D que comienza en la medianoche del lunes al martes.

Llarena ha cargado sobre sus espaldas con una difícil decisión: de sus autos dependerá que las elecciones se celebren con exconsejeros y activistas independentistas, algunos de ellos candidatos, en prisión o en la calle.

En otros términos, el magistrado tendrá que abordar, como contexto, el tema del pluralismo político, lo que indudablemente remite al artículo 1 de la Constitución Española, y a la igualdad a la hora de participar en un proceso electoral.

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La imagen que de las elecciones convocadas vía el artículo 155 de la Constitución quiere transmitir, según todas las fuentes consultadas, Mariano Rajoy, es la de normalidad, lo que supondría las excarcelaciones.

El magistrado admitió enseguida la solicitud de las defensas de celebrar una comparecencia, que no una declaración en toda regla, para considerar las medidas cautelares de prisión. Y salvo alguna excepción, como fue el caso de la exconsejera de Gobernación, Meritxell Borràs, y ello por iniciativa de su letrado, Xavier Melero, las comparecencias se ciñeron al guion de Llarena. Es decir: no se interrogó sobre los hechos de la querella sino sobre la medida de prisión.

Los fiscales Consuelo Madrigal y Jaime Moreno, que no recurrieron el auto de prisión eludible con fianza para Carme Forcadell y los cuatro miembros de la Mesa del Parlament -dictado por Llarena el 9 de noviembre- pese a haber solicitado prisión incondicional, ahora se han mantenido en la petición de mantener la prisión para los diez comparecientes.

En el auto del 9 de noviembre, Llarena, tras las declaraciones, abordó el tema de la medida cautelar.

“Lo que se evalúa es el riesgo de reiteración en ese comportamiento [unilateral, delictivo] lo que debe hacerse considerando que el devenir político más próximo y cercano pudiera propiciar la persistencia en la actuación fuera del marco constitucional y transformar la próxima legislatura, en un ilegal proceso constituyente”, apuntaba.

Es decir: Llarena plantea aquí si existen posibilidades de que se repita, por así decir, la dinámica del procés.

Y frente a ello responde inmediatamente: “En todo caso, todos los querellados, no es que hayan asumido la intervención derivada de la aplicación del artículo 155 de la CE, sino que han manifestado que, o bien renuncian a la actividad política futura o, los que desean seguir ejerciéndola, lo harán renunciando a cualquier actuación fuera del marco constitucional”.

Llarena se apoyó, al adoptar la medida de prisión eludible con fianza para los cinco miembros de la Mesa del Parlament en la posición favorable de los fiscales, durante la vistilla, a decretar esa medida al menos para Ramona Barrufet, la secretaria cuarta de la Mesa. Y a continuación, con mayor o menos énfasis, Forcadell y los otros tres miembros (Luis Corominas, Luis Guinó y Anna Simó) se acogieron a la vía Barrufet.

Pero el pasado viernes, el fiscal Moreno consideró, explícitamente, que declaraciones como la de Barrufet brillaron por su ausencia. Sin embargo, matizó, en referencia a la posición que cada uno de los comparecientes ocupaba en la organización del referéndum, que el papel de cuatro de ellos era de rango inferior al resto: Meritxell Borràs, Dolors Bassa, Josep Rull y Carlos Mundó.

Borràs iba a la comparecencia, según el plan del abogado Melero, con la idea de ser la Barrufet. Se pronunció claramente por la “autocrítica” –palabra utilizada por el letrado y el fiscal- de la vía unilateral y expresó su compromiso inequívoco con el orden constitucional. Borràs, a su vez, ha renunciado a continuar su actividad política.

El abogado Jordi Pina preguntó a cada uno de sus tres defendidos, los exconsejeros Josep Turull, Josep Rull y Jordi Sánchez, presidente de la Asamblea Nacional de Cataluña (ANC) si “renuncia a cualquier actuación política fuera del marco constitucional”. Es decir: reflejó en la pregunta exactamente el párrafo ya citado salido de la pluma del magistrado Llarena en su auto del 9 de noviembre.

Por su parte, aunque Oriol Junqueras y los exconsejeros vinculados a su partido, excepto Bassa, solo contestaron a su letrado, Andreu Van den Eynde, se pronunciaron por no emprender la vía unilateral, pregunta específica que le fue formulada, aparte de acatar el artículo 155.

Jordi Cuixart, presidente de Omnium, fue igualmente explícito en respuesta a su letrada, Marina Roig, sobre su voluntad de acatar la vía constitucional y rechazar la unilateralidad.

Todo ello conduce a plantear que si el magistrado Llarena persiste en las afirmaciones citadas de su auto del 9 de noviembre, argumentos para repetir… haberlos, como las meigas, haylos.

Pero no es la única alternativa. Porque este auto tiene mayor relevancia e impacto. Aquí Llarena tiene que revisar una medida adoptada por otra magistrada –Camen Lamela- y otro tribunal –la Audiencia Nacional.

Otra alternativa es que Llarena pueda establecer diferencias en las fianzas, con cantidades más elevadas para Junqueras y algunos otros dirigentes, por su peso específico.

Y, last but not least, podría también dictar medidas diferentes de mantenimiento en prisión para algunos y eludibles con fianza para otros.

El PP a vueltas con las maniobras judiciales

La magistrada Concepción Espejel.
La magistrada Concepción Espejel.J.J.Guillen (EFE)

La crónica judicial anotó el pasado martes el conocimiento de la noticia de que el 20 de noviembre pasado, la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional decidió cambiar las normas de reparto de asuntos y, retroactivamente, modificó la composición del tribunal del caso Papeles de Bárcenas o Contabilidad B del PP.

Había quedado establecido por providencia de la letrada de la Administración de Justicia que el tribunal, de 2016, tras debates e impugnaciones, quedó formado por los magistrados de la sección segunda de lo Penal Ángel Hurtado, presidente y ponente; Julio de Diego y José Ricardo de Prada. Estos magistrados, aunque la fecha de juicio sigue pendiente, comenzaron a funcionar como tribunal. Analizaron y aprobaron los medios de prueba propuestos por las partes, incluyendo a la Fiscalía Anticorrupción y establecieron la lista de testigos.

El pasado 20 de noviembre, a propuesta de Concepción Espejel, presidenta de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, la Sala de Gobierno aprobó por unanimidad las nuevas de reparto por las cuales se asignan a magistrados a los juicios, iniciativa de la presidenta de la sección segunda de lo Penal, María José Rodríguez Dupla.

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Espejel, anterior presidenta de la sección segunda, iba a ser presidenta tanto de los tribunales de los casos Gürtel 1999-2005 como de Papeles de Bárcenas, pero tanto ella como el magistrado Enrique López, fueron apartados de la causa por sendos plenos de los magistrados de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que entonces, en 2015, presidía el magistrado Fernando Grande-Marlaska. Se apreció por mayoría que la trayectoria de ambos magistrados abonaban, por en sus relaciones con el Partido Popular, la apariencia de una falta de imparcialidad.

Que ahora, el pasado 20 de noviembre, al presentar las nuevas normas de reparto y aplicarlas retroactivamente a uno de los casos en los que la magistrada resultó recusada y apartada por una mayoría de sus propios compañeros de sala, Espejel no se hubiera abstenido alegando los citados antecedentes parece configurar una conducta temeraria.

El asunto pasará ahora, como todo acuerdo de sala de gobierno, a informe del Servicio de Personal Judicial del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a cargo del letrado jefe Javier Aguayo, quien deberá emitir informe para la Comisión Permanente del CGPJ.

La decisión de la Sala de Gobierno de modificar retroactivamente el tribunal supone la salida del presidente y ponente, Ángel Hurtado, y del magistrado Julio de Diego. Permanece el magistrado José Ricardo de Prada.

De Diego y de Prada formaron la mayoría de 2 contra 1, el voto de Hurtado, que obligó a Mariano Rajoy a comparecer en la sala de juicio de Gürtel el pasado 26 de julio en calidad de testigo. Ambos rechazaron que la comparecencia se hiciera, como pedía La Moncloa, por videoconferencia. Da la impresión de que Espejel quería impedir una eventual mayoría de De Diego y De Prada también en Papeles de Bárcenas.

En lugar de Hurtado asumirá la ponencia el magistrado Juan Pablo González, quien se ha incorporado hace algunos meses en comisión de servicios en la sección segunda de lo Penal cuando dicha sección era presidida por Espejel. Y será presidenta del nuevo tribunal María José Rodríguez Dupla. 

González será recusado por la acusación popular como ya lo fuera Espejel en su día, habida cuenta de que fue nombrado vocal del CGPJ, donde permaneció entre 2001 y 2007, para luego marchar como magistrado de enlace a París con evidente respaldo político.

Pero lo significativo es lo siguiente: Carlos Lesmes, presidente del CGPJ y el ministro de Justicia Rafael Catalá impulsaron la salida del juez Pablo Ruz de la instrucción del caso Papeles de Bárcenas con el argumento de que era juez en comisión de servicios. Y aunque se le podía renovar una vez más esa comisión para que terminara su instrucción, Lesmes y Catalá impusieron su relevo. Ruz, con todo, era instructor. Es decir: no juzgaba. En el juicio su instrucción se pondría a prueba.

Ahora, en cambio, un juez en comisión de servicios, Juan Pablo González, es el encargado de redactar la ponencia en dicha causa, en la que el PP llegó a ser expulsado en calidad de acusación popular por defender a los acusados en lugar de ejercer su papel acusador.

Ese papel de poner piedras en engranaje de la justicia ha quedado, precisamente esta semana, superado al conocerse el auto de apertura de juicio oral dictado por la jueza Rosa María Freire titular del juzgado 32 de la Audiencia Provincial de Madrid contra el PP como persona jurídica, la tesorera nacional, Carmen Navarro, el responsable de los servicios jurídicos del partido, Alberto Durán y el jefe de informática, José Manuel Moreno, por la destrucción del disco duro del ordenador Apple del extesorero Luis Bárcenas en 2013, durante la investigación del juez Ruz.

El último retraso de esta causa –después de la pérdida del sumario en la Audiencia de Madrid- se debió a dos recusaciones contra la juez Freire, ambas rechazadas, y la última pirueta ha sido la invocación de la doctrina Botín, ya que el PP logró discretamente que Bárcenas se retirase de la acusación particular, en septiembre de 2016, en calidad de perjudicado, y la Fiscalía de Madrid en lugar de acusar ha solicitado el archivo.

Esta pirueta, pues, no ha evitado el auto de apertura de juicio oral y habrá de ser debatido en las cuestiones previas del juicio, cuya fecha está pendiente de determinar.

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