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La Audiencia Nacional investigará como sedición los sucesos de Barcelona

La juez Lamela pide a la Guardia Civil un informe sobre las concentraciones independentistas que intentaron impedir la Operación Anubis

Ó. L.-F.
Varios miles de ciudadanos permanecieron concentrados ante la sede de la consellería de Economía para protestar por los registros.
Varios miles de ciudadanos permanecieron concentrados ante la sede de la consellería de Economía para protestar por los registros.Alejandro García / efe

La titular del Juzgado Central de Instrucción 3, Carmen Lamela, ha admitido este miércoles la denuncia por delito de sedición que la fiscalía presentó el pasado viernes por los hechos ocurridos en Barcelona durante los pasados 20 y 21 de septiembre. Aquellos días se sucedieron concentraciones y manifestaciones para impedir los registros y detenciones de la Operación Anubis contra la organización del referéndum del 1 de octubre. La magistrada acuerda librar un oficio a la Guardia Civil para que elabore el atestado sobre aquellos sucesos, entre los que destaca los daños a los vehículos oficiales del Institudo armado y a la sede del PSC, la agresión a militantes socialistas y el asedio que sufrieron los agentes que registraron la sede del departamento de Economía, entre otros.

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En el auto, la juez analiza los hechos que incluyó el Ministerio Publico en su denuncia, de los que recuerda el papel protagonista que jugaron los presidentes de la ANC, Jordi Sánchez, y  Omnium Cultural, Jordi Cuixart, en los incidentes al llamar a la "movilización permanente" subidos a uno de los coches de la Guardia Civil dañados por los manifestantes. Lamela concluye que estos hechos pueden encajar dentro del delito de sedición del artículo 544 del Código Penal. La magistrada recuerda que el tipo penal exige "una conducta colectiva caracterizada como alzamiento tumultuario" y que vaya dirigido a "impedir por la fuerza o fuera de las vías legales la aplicación de las leyes o a cualquiera de las personas que el mismo se relacionan en el ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos o de las resoluciones administrativas o judiciales".

La magistrada recalca que el bien jurídico que se protege es "el orden público entendido como la paz y tranquilidad en las manifestaciones externas de la convivencia ciudadana". Y añade que "igualmente protege el principio de autoridad entendido como el que la ciudadanía deposita en las instituciones para el ejercicio adecuado de las funciones que desempeña al servicio de una sociedad democrática y por tanto de la colectividad". Unas funciones que, resalta Lamela, quedarían en entredicho si fueran impedidas por la fuerza.

La juez considera que este delito de sedición, tal y como acontecieron los hechos, es competencia de la Audiencia Nacional ya que atenta contra los bienes jurídicamente protegidos que le son propios y "puede suponer al mismo tiempo una ofensa contra la forma de gobierno". Conforme al relato de hechos del fiscal, la finalidad última de las movilizaciones que expone en su denuncia era, según Lamela, romper la organización del Estado, por lo que atenta también contra la forma actual de Gobierno en España a qué se refiere la Ley Orgánica del Poder Judicial que regula las competencias de la Audiencia Nacional.

La juez precisa que no todos los delitos de sedición con carácter general son competencia de la Audiencia Nacional sino que en este caso concreto, puede atentar también contra la forma de Gobierno, al tratar de cambiar ilegalmente la organización territorial del Estado y declarar la independencia de una parte del territorio nacional, lo que determina igualmente la competencia de la Audiencia.

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Sobre la firma

Ó. L.-F.
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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