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Nuevo manual policial para una detención perfecta

Interior y Justicia actualizan por primera vez en ocho años el documento que recoge los “criterios” que deben seguir los agentes

Óscar López-Fonseca
Detención de un presunto yihadista el pasado mes de marzo.
Detención de un presunto yihadista el pasado mes de marzo.Mónica Torres

Ocho años después, Policía Nacional, Guardia Civil, Mossos y Ertzaintza tienen un nuevo manual para saber cómo actuar durante sus investigaciones. La Comisión Nacional de Coordinación de la Policía Judicial —un órgano creado en 1987 del que forman parte los ministerios de Interior y Justicia, el Consejo General del Poder Judicial y los responsables de las policías autonómicas— han concluido la redacción del documento que recoge los nuevos “criterios para la práctica de diligencias por la policía judicial” que sustituye al anterior de 2009 y a unas “orientaciones” que se habían facilitado a los agentes a comienzos del año pasado.

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El documento, al que ha tenido acceso EL PAÍS, detalla a lo largo de 138 páginas y 29 capítulos agrupados en siete epígrafes toda la reglamentación jurídica que rige los diferentes pasos de la investigación de cualquier delito. El primer lugar, aborda “la competencia de la jurisdicción española” para actuar tanto dentro del territorio español como en el extranjero. Esta es una de las novedades del texto, ya que en la versión anterior no se recogía.

En segundo lugar, el texto analiza la figura de la víctima y, en concreto, la “información y protección” que se le ha de prestar durante las pesquisas en aplicación del Estatuto de la Víctima, aprobado en 2015. Una norma legal que ha obligado a los autores del nuevo documento a dedicarle a los diferentes aspectos relacionados con las mismas nueve folios, frente a los tres de la versión hasta ahora vigente.

Los micrófonos ocultos del 'caso Lezo'

Entre las novedades del nuevo manual está la inclusión del procedimiento legal que debe seguir la policía para instalar con autorización judicial micrófonos ambientales en domicilios particulares para realizar la "grabación de las comunicaciones orales directas" de sospechosos. El manual anterior sólo hablaba de filmaciones de vídeo con imagen y sonido, pero no de estos dispositivos que, por ejemplo, permitieron a la Guardia Civil recabar durante meses numerosas pruebas contra el expresidente madrileño Ignacio González dentro del caso Lezo al instalar uno en su despacho. El documento recuerda que estas grabaciones pueden ser utilizadas en otro proceso penal distinto para el que se autorizó.

Los siguientes seis capítulos están centrados en las figuras del detenido y el investigado. Desde su arresto y lectura de derechos, hasta sus derechos a designar un abogado; a que se informe de su detención a su familia y, en el caso de extranjeros, a la oficina consular de su país; a que se le realice un reconocimiento médico; y a poder pedir el habeas corpus si considera que su arresto no se ajusta a la legalidad.

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La parte más amplia del nuevo manual es la relacionada con la “actividad investigadora”. A lo largo de 11 capítulos, Interior y Justicia detallan los requisitos que los agentes deben seguir tanto en una entrada y registro, como en la inspección ocular del lugar del delito, así como los pasos para realizar un reconocimiento fotográfico o una rueda de reconocimiento de un sospechoso.

El texto es también exhaustivo al enumerar cómo deben ser el registro, incluso de manera remota, de los dispositivos informáticos intervenidos —que el documento de 2009 no recogía—, o en qué condiciones se realizan los pinchazos telefónicos, la intervención de la correspondencia postal o la instalación de micrófonos en domicilios particulares.

El documento incluye los diez datos que, según un manual de la Unión Europea, se deben facilitar al juez que dirige las pesquisas para que autorice una “entrega vigilada” de droga o armas dentro de una investigación, o la protección que se debe dar, no sólo de testigos, sino también a los peritos que testifiquen contra sospechosos.

Interior y Justicia también recuerdan a los agentes la “escrupulosidad” con la que deben actuar en la recogida de pruebas, así como la “cadena de custodia” que se debe seguir con las mismas para preservar su validez legal ante los tribunales. El objetivo final de todo ello es “unificar criterios o resolver eventuales incidencias que dificulten el adecuado funcionamiento de la Policía Judicial”.

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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