Una juez mantiene la incapacidad a una mujer con cáncer por el riesgo de recaída
La afectada solo llevaba medio año operada cuando la Seguridad Social revisó su situación
Una mujer, B. M. S., de 49 años y limpiadora de profesión, va a recuperar la pensión que le correspondía por tener un cáncer de mama que le ocasionaba una incapacidad absoluta. La prestación le había sido retirada después de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) revisara su estado menos de un año después de que la mujer fuera tratada. El Juzgado de lo Social 19 de Barcelona ha anulado esa reevaluación al apreciar que hay riesgo de recaída.
El fallo de la juez Mar Mirón considera, por un lado, que la revisión fue “extemporánea”, ya que la incapacidad fue concedida el 15 de octubre de 2014 y ya el 31 de julio de 2015 se había dictado la nueva evaluación. Por otro lado, destaca que los informes aportados por la afectada no demuestran una recuperación en tan poco tiempo que le permita volver a trabajar, porque no se ha recuperado de las secuelas del primer proceso —en el que recibió cirugía, quimioterapia y radioterapia— y destaca que “seguía en tratamiento con tamoxifeno por riesgo” de que se reactive el cáncer.
Es decir, el tribunal interpreta que, por muy bien que hubiera ido el tratamiento, este no había concluido ya que durante un tiempo posterior había el peligro de que apareciera una recaída. Aunque la sentencia no lo cita, lo normal en el caso de las personas con cáncer es que no se consideren libres de la enfermedad (la cauta expresión que usan los oncólogos en vez de hablar de curación, ante el riesgo de que aparezcan metástasis o nuevos focos tumorales) hasta los cinco años después del primer tratamiento con éxito.
En este caso, además, la mujer sufría secuelas en el hombro, ya que este se vio afectado por la cirugía y los tratamientos y había perdido movilidad. Las actuaciones médicas habían sido especialmente agresivas, ya que en el momento del diagnóstico, la mujer tenía una “neoplasia de mama derecha en estadio IIIB” (ya bastante avanzado), que había requerido ya de entrada una mastectomía radical, como recoge la sentencia.
Después de la primera evaluación por la Seguridad Social, al serle adjudicada una incapacidad absoluta, la mujer tenía derecho a una pensión de 947 euros. Tras la revisión, al considerar que ya solo tenía un cuadro con “leve limitación funcional del hombro derecho” con una “linfadenectomía” (un linfedema, la destrucción del drenaje de sustancias infecciosas por el sistema linfático como consecuencia de la cirugía, extirpación de ganglios más el daño de la radioterapia) más un “trastorno adaptativo sin limitación psicofuncional incapacitante”, por lo que le reducía el grado de incapacidad, lo que conlleva una rebaja de la pensión hasta los 520,85 euros.
Trastorno adaptativo
Pero el tribunal considera que esta evaluación no es completa. Aparte del riesgo de recaída, recuerda que la mujer tuvo con posterioridad que ser intervenida de unos pólipos en el colon y, sobre todo, que tiene un “trastorno adaptativo con síntomas emocionales mixtos, en tratamiento psiquiátrico y psicológico en un centro de salud mental”. Y señala que no ha “experimentado mejoría” de “las dolencias que dieron lugar al reconocimiento de la incapacidad permanente que tenía reconocida”. Tribunal Médico, el despacho que ha asesorado a la mujer, recalca que la causa principal de la decisión de reasignarle la pensión máxima es el cáncer de mama, que era la misma patología que llevó al INSS a concederle la incapacidad absoluta en la primera revisión.
El caso de B. M. S. es similar, aunque con otro final, al de Beatriz Figueroa, una gallega que en 2011 fue diagnosticada de cáncer. Figueroa estaba en el paro y había agotado las prestaciones, pero no consiguió en la valoración de su estado que le concedieran una incapacidad permanente, por lo que tuvo que hacer frente al tratamiento, incluida la parte de los medicamentos que tenía que pagar, con una prestación de 426 euros al mes.
Precisamente hoy —y como antesala al Día Mundial contra el Cáncer que se conmemora el 4 de febrero—, Figueroa tiene previsto entregar en el Ministerio de Sanidad las más de dos millones de firmas que aseguran sus colaboradores que han conseguido en la plataforma digital Change.org para que se regule la incapacidad —y se mantenga hasta que se produzca la verdadera curación—, se investigue más en oncología y se incluyan tratamientos como la reconstrucción de la areola y el pezón en las mujeres con cáncer de mama que se operan el pecho.
Poca educación sobre prevención
La evidencia científica sostiene que, en el ámbito europeo, se podría evitar más del 40% de los tumores adoptando hábitos de vida saludable, que son más efectivos si se hacen desde la infancia, según la Asociación Española Contra el Cáncer (AECC). Así, el colectivo quiere poner el foco en un aspecto esencial: la prevención en niños y adolescentes. Ha elaborado un primer estudio para conocer cómo se hace en uno de los ámbitos responsables de esta prevención: los centros educativos.
Según este estudio, realizado tras 1.700 entrevistas, el 60% de los centros de enseñanza primaria y secundaria solo dedica poco más de una hora al mes a Educación para la salud, a pesar de ser materia prioritaria para el 97% de los profesores. Los entrevistados señalan las dificultades que encuentran para impartir esta asignatura, contemplada en la vigente ley educativa, y destacan la falta de materiales para formar a los profesores y la tendencia a repetir acciones que se vuelven rutinarias.
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