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El PP mantuvo en febrero que es obligatorio convocar la investidura

Un escrito de los populares sostenía que el presidente del Congreso debe convocar inmediatamente el pleno

La presidenta del Congreso, Ana Pastor.Foto: atlas | Vídeo: PACO CAMPOS (EFE) / ATLAS

El PP se contradice sobre la convocatoria del pleno de investidura. O, al menos, las palabras de Mariano Rajoy condicionando su investidura tras recibir el encargo del Rey no coinciden con lo que sostuvo el PP en un escrito dirigido a la Mesa del Congreso el pasado febrero.

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El portavoz del PP en el Congreso, Rafael Hernando, que depende de Rajoy, entregó el pasado 12 de febrero un escrito en la Mesa que sostenía que el artículo 99 de la Constitución y el 170 del reglamento del Congreso obligan a la convocatoria "inmediata" del pleno de investidura una vez que el Rey comunique al presidente de las Cortes el nombre del aspirante.

La vicepresienta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, respondió este viernes en la rueda de prensa del Consejo de Ministros que al rechazarse esa posición en febrero por parte de Patxi López se estableció una costumbre contraria a la que defendía el PP. Sin embargo, lo que entonces se estableció en contra de la opinión del PP es que es posible dar plazo entre el encargo del Rey y la investidura. Lo que no se contradijo es lo que defendía el PP sobre lo irreversible del proceso, es decir, que no es posible no someterse al debate una vez aceptado como pretende ahora Rajoy.

"Este artículo contempla un claro deber constitucional, una obligación que tiene que cumplir necesariamente el presidente de la Cámara y que tiene que asumir en ejecución del mandato recibido de su majestad el Rey y del propio deber que se contempla en dicho artículo", aseguraba el escrito.

Entonces el PP sostenía que Patxi López debía convocar inmediatamente el pleno de investidura de Pedro Sánchez, aunque no tuviera asegurados apoyos suficientes; es decir, decía lo contrario a lo que ahora sostiene Mariano Rajoy.

El escrito repetía que la facultad del presidente de las Cortes de convocar el pleno "es reglada, pero imperativa". El documento añadía que el término "convocará" que utiliza el reglamento del Congreso "denota no solo su sentido y espíritu imperativo, de obligado cumplimiento, sino una acción o conducta que va a ocurrir en un momento posterior e inmediato del supuesto de hecho que trae causa a la aplicación de este artículo, sin mediar tiempo entre ellos, y de forma automática, casi simultánea".

El pleno de investidura de Rajoy no tiene fecha, porque Ana Pastor, presidenta del Congreso, quedó en hablar con el aspirante para pactar una.

El PP hace solo cinco meses sostenía que la capacidad para convocar el pleno estaba limitada por el "principio esencial de nuestro derecho constitucional, como es el principio de limitación en sus funciones al poder público". Por eso, concluía: "Me parece de todo punto arbitrario y carente de un mínimo de responsabilidad que el presidente de la Cámara no haya convocado aún el pleno de investidura". Es decir, lo que hace ahora Pastor, del PP.

El 5 de febrero pasado, Hernando firmó con 50 diputados del PP un escrito similar pidiendo con los mismos argumentos la convocatoria automática e inmediata del pleno.

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