El Superior vasco impide que Igeldo se independice de San Sebastián
El tribunal anula el decreto del anterior Gobierno foral de Bildu que permitía la segregación del barrio donostiarra
El barrio donostiarra de Igeldo no podrá segregarse de San Sebastián y constituirse en un municipio independiente de Gipuzkoa. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha anulado el decreto foral de la Diputación guipuzcoana que declaró la segregación de este enclave donostiarra cuando la institución estaba gobernada por Bildu.
La Sala de lo Contencioso-administrativo de este tribunal, en una sentencia fechada el 25 de enero, estima el recurso presentado por el Ayuntamiento de San Sebastián contra la orden foral que permitía la separación de Igeldo y su constitución como el municipio 89 de Gipuzkoa. El Superior vasco, que en abril de 2014 acordó la suspensión cautelar del decreto de segregación, cierra ahora la puerta a esta aspiración de los vecinos del barrio, que han contado en todo momento con el amparo de Bildu.
La Diputación de Gipuzkoa aprobó el 17 de diciembre de 2013, con Bildu en el poder, el decreto de segregación de Igeldo, un barrio rural de poco más de 1.000 habitantes. La decisión se tomó después de que la mayoría de los vecinos apoyasen la independencia de la capital en una consulta popular celebrada en noviembre de ese año. “Solo nos queda dar la bienvenida a Igeldo a la red de municipios de Gipuzkoa”, sentenció el entonces diputado general del territorio, Martín Garitano.
La decisión de la Diputación, adoptada en contra del criterio del resto de partidos políticos (PNV, PSE y PP), que entonces eran mayoría en el Consistorio donostiarra que también gobernaba Bildu, generó una tormenta política en la ciudad y, al mismo tiempo, abrió una batalla judicial que se ha saldado en contra de los intereses de los segregacionistas, entre los que ha figurado la asociación vecinal Itxas Aurre, impulsora de la desanexión y también demandada en el procedimiento que ahora ha resuelto el Superior vasco. La sentencia conocida este miércoles puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.
El recurso que presentó el Ayuntamiento donostiarra contra el decreto de segregación se interpuso tras un acuerdo del pleno municipal, en el que los grupos de la oposición (PNV, PSE y PP) sumaron 19 votos frente a los ocho con los que gobernaba el alcalde Juan Karlos Izagirre (Bildu).
El alcalde Goia: Un proceso "fraudulento"
Tras esta resolución, el alcalde de la ciudad, Eneko Goia (PNV), era "la única respuesta posible que podían ofrecer los tribunales a un proceso que fue irregular y fraudulento". A la espera de si la asociación Itxas Aurre decide recurrir ante el Supremo, el regidor ha mostrado su disposición "a trabajar en torno a la constitución de una Entidad Local Menor para Igeldo".
El actual Gobierno foral, en manos del PNV y el PSE, ha anunciado que no recurrirá el fallo del TSJPV, según ha asegurado el portavoz de la institución, Imanol Lasa, quien se ha felicitado por la resolución judicial que desbarata las opciones de que Igeldo se independice de San Sebastián. Lasa sostiene que el proceso de segregación del barrio es el resultado de "un cúmulo de despropósitos" cometidos por el anterior equipo foral presidido por Bildu.
Ante la impugnación del Consistorio, el Superior vasco ordenó en un auto la suspendión del decreto de desanexión al considerar que ni Itxas Aurre, ni la Diputación de Gipuzkoa dieron razones que "evidencien los perjuicios derivados del aplazamiento de la aplicación" del decreto "hasta la conclusión del recurso judicial".
Meses después, en mayo de 2015, el Tribunal Supremo desestimó un recurso presentado por Itxas Aurre y la Diputación contra la suspensión cautelar de la segregación. El alto tribunal justificó su decisión por los perjuicios que supondría para San Sebastián la independencia del barrio frente a las pretensiones de los vecinos. El Supremo entendió que del acto de segregación de Igeldo "pueden emanar unas consecuencias, urbanísticas o contractuales, de muy difícil vuelta atrás por la probable afección a terceros". Y añadió que de la separación de Igeldo se desprenderían "efectos organizativos evidentes", aunque sobre estos matizó que presentarían "menor dificultad respecto de su reversibilidad".
Ahora, la nueva sentencia explica que el decreto foral favorable a la segregación de Igeldo no tuvo en cuenta el requisito de que los municipios resultantes de la desanexión cuenten con "una población superior a 2.500 habitantes de derecho", una "objeción" que, a juicio del TSJPV resulta "determinante" en este caso.
No obstante, el tribunal rechaza también el argumento del decreto foral que asumió la "voluntad de los vecinos de Igeldo" expresada en las consultas de noviembre de 2013 y de 1995 como un "motivo de interés público" suficiente para la segregación.
La segregación de un término municipal, añade el fallo del Superior vasco, "debe basarse en causas objetivas tendentes a acreditar la incidencia de un hecho diferencial que, en orden a la mejor gestión de los intereses de una agrupación humana, requiere la creación de un nuevo municipio". Incide, asimismo, en el carácter "no vinculante" de las consultas de este tipo.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.