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Anulada la imputación del máximo mando de la Guardia Civil de Melilla

El instructor lo había llamado a declarar por las devoluciones en caliente

J. Jiménez Gálvez
El jefe de la Guardia Civil de Melilla, en los juzgados, el pasado octubre.
El jefe de la Guardia Civil de Melilla, en los juzgados, el pasado octubre.ANTONIO RUIZ

La Audiencia Provincial de Málaga ha anulado la imputación por las devoluciones en caliente del máximo mando de la Guardia Civil en Melilla, Ambrosio Martín Villaseñor. Los magistrados afirman en su auto de 11 páginas, al que ha tenido acceso EL PAÍS, que el coronel jefe de la Comandancia de la ciudad autónoma no prevaricó al proceder al retorno, sobre la marcha, de subsaharianos que acababan de superar la valla fronteriza. El tribunal considera que las órdenes dictadas por Villaseñor, que provocaron que fuese citado por el juez instructor, siguen el criterio adoptado al respecto por la Dirección General de la Guardia Civil y por los diferentes Gobiernos que han pisado la Moncloa.

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"En conclusión, las resoluciones analizadas se integran en la política estatal de inmigración mantenida durante años en la frontera Sur-Ceuta-Melilla", recalca la Audiencia Provincial, que ha ordenado el sobreseimiento parcial de la causa abierta. En esta, el titular de Instrucción número 2 de Melilla, Emilio Lamo de Espinosa, imputó al coronel jefe en septiembre de 2014 al considerarlo supuesto responsable de derogar "de facto" los tratados internacionales y la legislación nacional en materia de extranjería en los dispositivos policiales desplegados el 18 de junio y 13 de agosto, cuando dos grupos de subsaharianos fueron retornados a Marruecos tras saltar la valla.

Las devoluciones en caliente enfrentan desde hace años a las ONG y al Ejecutivo. Los colectivos sociales —respaldados por el Defensor del Pueblo, del Consejo de Europa, de la Comisión Europea y un nutrido grupo de juristas del área— denuncian que esta práctica viola el derecho de asilo; así como la Ley de Extranjería vigente. Una normativa que modificó el Gobierno a través de una enmienda a la Ley de Seguridad Ciudadana para, precisamente, respaldar estos retornos a Marruecos. Una argumentación que ha rechazado siempre Interior, pero que respalda ahora la Audiencia Provincial de Málaga en este auto, fechado el 7 de abril: "Esta enmienda da cobertura legal, desde un punto de vista objetivo, a las decisiones imputadas a título de prevaricación que constituyen el objeto de nuestro análisis".

Las devoluciones en el entrevallado son "contrarias a derecho"

El escrito de los magistrados, notificado a las partes, ahonda también en la legalidad de las devoluciones en caliente. Los magistrados consideran que el rechazo inmediato a Marruecos de los inmigrantes interceptados en la zona intermedia del vallado —existen tres vallas paralelas— "constituye una decisión contraria a derecho". "En cuanto que ignora las garantías que asisten a los extranjeros en caso de expulsión (entendida en sentido amplio), asistencia letrada e intérprete; así como derecho a un recurso efectivo, y priva o limita gravemente el derecho a solicitar asilo", recoge el auto.

Eso sí, excluye cualquier tipo de "reproche penal". "No habrá reproche penal, pero el escrito deja claro que la ilegalidad de la política migratoria desarrollada por el Gobierno en la valla", afirma José Luis Rodríguez, abogado de Andalucía Acoge, una de las ONG personadas en la causa. Una idea que continúa José Miguel Sánchez-Tomás, profesor titular de Derecho Penal de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid: "El tribunal dice que no es un delito, pero afirma que es un ilícito administrativo". "Y nos abre la puerta a continuar en el Contencioso-Administrativo", apostilla Mikel Araguás, secretario general de Andalucía Acoge.

Recurso por la vía extraordinaria

"La Audiencia Provincial entiende que, pese al hecho de que las devoluciones sean ilegales, no constituye una acción delictiva del coronel jefe porque se enmarca dentro de una serie de condicionantes", explica Patricia Fernández, abogada de la ONG Coordinadora de Barrios, personada también en la causa. El tribunal, continúa la letrada, considera que Villaseñor no prevaricó al existir una serie de elementos que le podían empujar a creer que actuaba de forma adecuada: como la política migratoria estatal y la existencia de puestos fronterizos donde. según la Audiencia, se podía ejercer el derecho de asilo. "Pero nosotros no estamos de acuerdo con ese fallo", ha apostillado Fernández, que ha anunciado que estudiarán ahora la presentación de un recurso contra este por la vía extraordinaria, ya que no cabe por la ordinaria.

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Sobre la firma

J. Jiménez Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.

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