El Consejo de Estado censura la fórmula para retocar la ley del aborto
Sanidad intenta incluir el cambio sobre las menores en una ley de rango inferior
El Consejo de Estado ha echado por tierra el intento del Gobierno de introducir cambios por la puerta de atrás en la ley del aborto en vigor (la que aprobó en la pasada legislatura el Ejecutivo socialista de José Luis Rodríguez Zapatero). Después de que el presidente, Mariano Rajoy, decidiera guardar en un cajón la polémica reforma que le costó el cargo de ministro de Justicia a Alberto Ruiz-Gallardón, el Ministerio de Sanidad intenta aprovechar un atajo legal para retocar la norma solo en un punto: el que obligará a las adolescentes de 16 y 17 años a contar con el consentimiento de sus padres para abortar. Ese retoque se pretende hacer a través de una ley de infancia que nada tiene que ver con la ley del aborto y que es una norma de rango inferior. Por ello, el Consejo de Estado entiende —en un informe que no es vinculante— que ese artículo no modifica en nada la ley de interrupción voluntaria del embarazo.
La norma actual, aprobada en 2010, permite a las chicas de 16 y 17 años abortar en las mismas condiciones que el resto de mujeres, sin informar a su familia si hacerlo implica "un conflicto grave" y siempre que cuenten con la aprobación del médico. El plan de Sanidad para atajar uno de los aspectos más polémicos de la norma —y que causa más rechazo entre las bases del PP— es invalidar ese artículo a través del Anteproyecto de Ley de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y la Adolescencia, un cajón de sastre que regula aspectos muy diversos relativos a menores.
En el texto remitido al Consejo de Estado no figura la palabra “aborto” ni se menciona directamente la "interrupción voluntaria del embarazo". Se vale de un cambio en la redacción de un artículo a la hora de legislar sobre quién tiene la última palabra en las intervenciones médicas a adolescentes: sustituye el consentimiento de los menores emancipados o mayores de 16 años, que figura en la norma actual, por el consentimiento de los representantes legales (los padres).
El Consejo de Estado advierte, en su dictamen aprobado ayer y que será remitido al Gobierno, de que el cambio no tiene consecuencia alguna sobre la normativa del aborto, puesto que se ha tramitado a través de una ley ordinaria que en ningún caso puede anular o modificar una norma de rango superior. La de interrupción del embarazo es una ley orgánica.
El organismo sostiene que el atajo elegido por el Ejecutivo de Mariano Rajoy carece de efectos legales
Lo apunta así el informe del Consejo de Estado: "Debe repararse, en cualquier caso, en que el alcance de estas reglas se limitará a aquellos supuestos de prestación del consentimiento por menores que están regulados en leyes ordinarias, pero no en leyes orgánicas, como es señaladamente el caso de la citada Ley Orgánica 2/2010, que establece [...] los requisitos comunes para la interrupción voluntaria del embarazo, entre los que se encuentra el consentimiento de la mujer".
El informe del organismo explicita además un “severo reproche” al Gobierno por haber introducido ese artículo a última hora, después de que el texto ya hubiese pasado el examen de las comunidades autónomas y del Consejo Económico y Social.
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