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Los supuestos pagos de Bárcenas a los líderes populares habrían prescrito

Los pagos abonados antes de 2007 han prescrito ya desde el punto de vista penal Los posteriores a ese año no superarían la cuota de 120.000 que convierte un fraude fiscal en delito

Los sobresueldos en dinero negro que, según la contabilidad B de Luis Bárcenas, percibieron la mayoría de los líderes del PP no supondrían, en caso de ser reales, un delito fiscal. Y ello por dos motivos: el primero es que los pagos abonados antes de 2007 han prescrito ya desde el punto de vista penal. El segundo es que los pagos posteriores a ese año no superarían la cuota de 120.000 que convierte un fraude fiscal en delito. Así lo indica un informe de Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) remitido al juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz y al que ha tenido acceso Efe.

El pasado 19 de julio el juez Ruz solicitó a la ONIF, organismo dependiente de la Agencia Tributaria, un informe en el que se analizara la “trascendencia penal” de las posibles defraudaciones a Hacienda derivadas del hecho de no declarar los ingresos en b. El análisis se ha realizado tanto en relación del Impuesto de Sociedades del PP como sobre las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de los supuestos perceptores.

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El informe se ha elaborado sobre la hipótesis de que las anotaciones de Bárcenas en su contabilidad manuscrita son ciertas, aunque no entra a valorar la veracidad de los papeles que publicó EL PAÍS el 31 de enero.

En el análisis de las anotaciones de los papeles sobre el año 2007, en el que aparecen supuestas entregas a Mariano Rajoy y Ángel Acebes por importe de 25.200 euros y de 30.000 euros a “J. Arenas” (Javier Arenas), los peritos de Hacienda explican que “han transcurrido más de cinco años, por lo que pudiera estar, en caso de haberse cometido, prescrito el posible delito fiscal”. En cuanto a las cantidades referidas al año 2008, en las que figuran, entre otros, Rajoy con 27.600 euros y María Dolores de Cospedal con 15.000 euros, la ONIF concluye que en ningún caso habrían alcanzado los 120.000 euros, umbral del delito fiscal.

Las cantidades supuestamente dejadas de retener por el PP fueron, contando con una anotación de “Trajes MR” de 11.020 euros, de 34.084 euros y, por tanto, no habría superado la cuantía del tipo delictivo fijada en el artículo 305 del Código Penal.

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