Los sindicatos, en la mira de Alaya
El procedimiento de los ERE que la juez vincula con la “financiación irregular” de CCOO y UGT es habitual, pero da pie a posibles abusos
Mercedes Alaya, la juez que investiga las irregularidades en los despidos colectivos subvencionados por la Junta de Andalucía, el conocido como caso de los ERE, ha vuelto a orientar el punto de mira hacia los sindicatos. El pasado martes envió a prisión a un nuevo presunto implicado: José González Mata, el dueño de Uniter, una empresa consultora contratada para la tramitación de expedientes de regulación de empleo (ERE). Sin embargo, su ingreso en la cárcel, por donde han pasado 11 imputados y en la que permanecen cinco, pasó más inadvertido porque en las páginas 17 y 18 del auto de la juez se encontraba una mina contra CC OO y UGT, centrales a las que acusa de haberse “financiado de forma irregular” durante 10 años con dinero de los ERE. Los sindicatos lo niegan y defienden que su actuación ha sido y es la habitual en cualquier proceso y lugar de España. Juristas y abogados laboralistas también creen normales el procedimiento y la participación sindical, pero alertan de la existencia de fallas por donde se puede colar la corrupción.
Los sindicatos participan en los ERE porque los reclaman los comités de empresas cuando se plantean los despidos colectivos, que implican un proceso muy complejo. En España, al contrario que en Alemania o Francia, no está regulada de forma específica esta colaboración, que es legal. Aportan asesores jurídicos y económicos y actúan en toda la tramitación. Y cobran por estos servicios. Aseguran que no sacan nada más que lo necesario para cubrir los costes y justifican la participación de consultoras en la complejidad de los despidos y los litigios. También en que, en muchos casos, las prestaciones se prolongan más allá de la extinción de los contratos, como es el caso de las ayudas complementarias hasta la jubilación.
Sin embargo, la juez afirma, a raíz de “datos bancarios y fiscales” y las declaraciones de los responsables de las consultoras implicadas, que estas cobraban “sobrecomisiones” (porcentajes superiores a los habituales) y efectuaban pagos a las centrales “que no responderían a ningún concepto definido y efectivamente soportado”. Alaya afirma que UGT y CC OO “imponían” estos pagos por “facilitar” los ERE. Así, según la magistrada, obtuvieron durante 10 años 7.648.815 euros de Uniter, Vitalia y Estudios Jurídicos Villasís, entidades a las que recurrían los sindicatos para que asumieran gestiones relacionadas con los despidos colectivos.
La juez señala en su instrucción que “los pagos de Uniter se canalizarían a través de las siguientes entidades”: Atlantis, dedicada a la distribución de productos aseguradores de CC OO; ASP Asesoramiento Seguros, correduría de UGT que en 2007 ingresa en Atlantis; Federación Minerometalúgica de CC OO; Temiqui (de la Federación de Industrias Químicas de UGT), ITG y Federación Agroalimentaria de Cádiz (ambas de UGT).
Los secretarios generales de UGT y CC OO en Andalucía, Francisco Fernández y Francisco Carbonero, mantienen que sus sindicatos “no han recibido ni un céntimo que tenga que ver con los ERE ni legal ni ilegalmente ni directa ni indirectamente”.
“No se puede objetar nada a que cobren por los trabajos”, dice un catedrático
Desde 2002, más de 25.000 trabajadores (6.000 de ellos prejubilados) han pasado por un despido colectivo asistido jurídica y económicamente por los servicios técnicos de los sindicatos.
Estos trabajos son muy diversos. Cuando un empresario promueve una extinción colectiva de contratos, los comités de empresa recurren a los servicios jurídicos y económicos de los sindicatos para que les ayuden. El primer objetivo es sustituir el ERE por bajas voluntarias, incentivadas o prejubilaciones. Si no hay acuerdo, es preciso elaborar un informe sobre las causas que esgrime la empresa para presentar el ERE y que sirve de base para la negociación y posibles litigios. Además, se discuten opciones con la dirección de la compañía y los trabajadores. En la fase final, se analiza uno a uno cada caso para establecer necesidades de cotización, indemnizaciones, prejubilaciones y decenas de circunstancias particulares.
La práctica habitual es facturar un porcentaje de lo conseguido
Estos trabajos son los que se pagan. Los afiliados no abonan nada porque es parte del servicio incluido en sus cuotas y para el resto se intenta que sean las empresas, a veces con cargo al fondo social, las que hagan frente al coste. La minuta prevista por los sindicatos oscila entre el 5% y el 10% de la cantidad de la indemnización conseguida que exceda del mínimo previsto en la ley: 20 días por año trabajado. Pero los precios no están regulados. “Cobrar por porcentaje de lo conseguido es la práctica habitual”, admite la letrada Rosario Martín Narrillos, del bufete independiente Martínez Campos 13 de Madrid, que presta servicios a los trabajadores desde 1978.
Algunos profesionales independientes cobran hasta 400 euros por trabajador de la empresa, vaya a ser despedido o no, además del porcentaje. Otros cobran minutas de hasta 60.000 euros por asesorar en despidos de unos 150 trabajadores.
El exdirector comercial de la consultora Vitalia, Antonio Albarracín, en libertad bajo fianza por su supuesta implicación en el fraude de los ERE, declaró ante la juez Alaya que UGT y CC OO cobraban un 0,5% por contrastar las indemnizaciones correspondientes a los despedidos. “O lo pagabas o no hacía la operación. Y esto no solo ocurría en Andalucía, sino en toda España, y los que tenían que soportar las comisiones eran las mediadoras”, dijo Albarracín a la magistrada. En la investigación se han detectado cobros de comisiones de hasta el 1,5% en algunos ERE.
“No se puede objetar nada a que cobren por los trabajos que realizan”, advierte Jesús Cruz Villalón, catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad de Sevilla. “Si es un servicio a los trabajadores, se debería cobrar a estos”, comenta Cruz Villalón, quien advierte que incluir estos porcentajes como gasto de terceros “es más fácil”, pero “es criticable”. En cualquier caso, afirma que “no es ilegal”. Otra cosa es que se cobre una cantidad “desorbitada”, matiza.
Las fallas del sistema
Miguel Rodríguez-Piñero, catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, apunta posibles irregularidades que se podrían registrar en un ERE y dar pie a las sospechas expresadas por la juez Alaya. Una de ellas es que los trabajos facturados no se hayan hecho realmente. En algunos casos, las justificaciones de pagos son ambiguas y figuran solo conceptos como “participación” o “negociación”.
Otra anomalía sería que el cobro por los servicios fuera desproporcionado, como ha sucedido con las consultoras presuntamente implicadas en el caso, a las que se ha pagado el 20% de comisión cuando lo habitual es que estos servicios se lleven menos del 10%.
Otras dos vías de posibles irregularidades, muy difíciles de demostrar, según advierte Miguel Rodríguez-Piñero, son la utilización de un veto para condicionar la negociación y la utilización de una determinada empresa consultora para cobrar fondos que después se reparten.
En el primero de los casos, se trata de una práctica solo posible con la legislación previa a la actual pero vigente en el periodo investigado por Alaya. Los ERE precisaban de autorización administrativa y esta no se solía conceder si los sindicatos mostraban su disconformidad. En este caso, las centrales podían utilizar esta capacidad de veto para bloquear el proceso. La segunda circunstancia permitiría acceder de forma indirecta a fondos públicos y consistiría en cobros en connivencia con las consultoras, que serían las que figurarían como receptoras.
El exdirectivo de la consultora Vitalia Antonio Albarracín, en su declaración judicial, afirmó que, aunque los ERE se gestionan igual “en toda España”, percibió en Andalucía una “relación enormemente fluida” de los directores generales con los sindicatos. La juez, en el auto de prisión del dueño de la consultora Uniter, José González Mata, eleva el tono y aprecia que este es una pieza clave en el “saqueo de las arcas andaluzas con la indiciaria connivencia de sindicatos y cargos públicos de la Junta de Andalucía”.
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