EL PAÍS dice al juez que obtuvo el vídeo de Irak hace un mes
El juzgado militar número 12 ha abierto un procedimiento de diligencias previas por las imágenes La grabación recoge el maltrato de soldados españoles a prisioneros iraquíes
La juez togado militar territorial número 12 ha abierto un procedimiento de diligencias previas para investigar los hechos recogidos en un vídeo, publicado en EL PAÍS el pasado 17 de marzo, en el que soldados españoles propinan una brutal paliza a dos prisioneros iraquíes en los calabozos de Base España en Diwaniya (Irak). No existen precedentes de la apertura en España de un procedimiento por maltrato a prisioneros en democracia.
De hallarse a los culpables, serían juzgados seis miembros del cuerpo de guardia que participaron en la agresión a dos iraquíes que habrían sido detenidos en los primeros meses de 2004, con material para lanzar morteros. En las imágenes se aprecia cómo tres militares agreden a los prisioneros, otros dos observan la escena y un sexto las graba.
La grabación la obtuvo Miguel González, periodista de EL PAÍS, hace un mes, mientras preparaba un reportaje sobre el décimo aniversario de la invasión de Irak. Así se lo comunicó el pasado viernes a la juez, cuando lo citó como testigo con el aviso de incurrir en delito si ofrecía falso testimonio. En la declaración, que duró dos horas, González se acogió al secreto profesional para no revelar sus fuentes.
EL PAÍS entregó también a la juez el material en bruto de la cinta —que dura 40 segundos—, aunque ya pixelada, como se publicó para proteger a las fuentes de una posible venganza de los implicados. El periodista señaló a la magistrada que él sí había podido ver las imágenes sin tratar y que, como es norma del periódico, el vídeo se había obtenido de manera gratuita.
El procedimiento abierto por el juzgado militar llega después de que el Ejército de Tierra realizara una investigación preliminar, declarada secreta, en la que concluyó que la localización de la grabación "podría corresponder efectivamente con las instalaciones habilitadas para prisioneros en el cuerpo de guardia de Base España".
La juez y el fiscal creen que podrían haberse cometido delitos contra las leyes y usos de la guerra que, pese a los 10 años transcurridos, no habrían prescrito. El Código Penal Militar recoge el maltrato de un militar a "un enemigo que se ha rendido o que no tiene ya medios de defenderse", y si lesiona o da trato inhumano a un prisionero de guerra. Las penas: de 10 a 25 años.
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