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El Supremo ratifica la condena por humillar a Teresa Jiménez Becerril

La eurodiputada recibió un mensaje en el que se le deseaba que acabase como su hermano Alberto Jiménez Becerril, concejal del PP en Sevilla, fue asesinado por ETA en 1998

Teresa Jiménez Becerril, durante un acto de homenaje a su hermano celebrado en 2004.
Teresa Jiménez Becerril, durante un acto de homenaje a su hermano celebrado en 2004.GARCÍA CORDERO

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de un año y seis meses de prisión y nueve años de inhabilitación absoluta a Joseba-Andoni Ullibarri Urraca por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo, perpetrado contra la eurodiputada del PP Teresa Jiménez Becerril, hermana del concejal sevillano Alberto Jiménez Becerril, asesinado por ETA en 1998.

En junio de 2010, Ullibarri Urraca remitió un mensaje dirigido a Teresa Jiménez Becerril, quien había manifestado su desacuerdo con la financiación de inseminación in vitro de la etarra Nerea Bengoa facilitado por el Servicio Andaluz de Salud. El mensaje, dirigido por el usuario kara kulo a la página web de Teresa Jiménez, decía: “A ver si con un poco de suerte te pegan un tiro antes de la tregua definitiva y así te reúnes con los tuyos, so zorra… un besito”.

A continuación, accedió a otra web en la que se comentaba la inseminación de la etarra y escribió: “Perros… seguro que va a salir precioso, como sus aitas… no como los vuestros, llorones, kagones y llenos de granos… ke asko”.

Frente a las alegaciones de Ullibarri de que no había sido el autor de los mensajes, el Supremo ha ratificado los resultados de los especialistas del Grupo Técnico Informático de la Guardia Civil, que confirmaron que los mensajes se enviaron desde un portátil perteneciente al acusado hallado en su domicilio en la noche del 29 de junio de 2010.

La sentencia expone que la humillación o desprecio a las víctimas afecta directamente a su honor y, en último término, a su dignidad, por lo que el ejercicio de la libertad ideológica o de la libertad de expresión “no pueden servir de cobertura a la impune realización de actos o exteriorización de expresiones que contengan un manifiesto desprecio hacia las víctimas del terrorismo, en tal grado que conlleve su humillación”.

El Supremo indica que el deseo que emana del mensaje dirigido a Teresa Jiménez Becerril traslucía “un contenido gravemente intimidatorio hacia su persona, capaz de generar inquietud y zozobra” máxime al provenir “de alguien que se ocultaba bajo una identidad desconocida y que aprovechaba deliberadamente el anonimato que esto le proporcionaba”.

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En cambio, los comentarios del segundo post, aunque “en términos hirientes y desproporcionados”, son simple ejercicio de la crítica y desde su contenido literal “no pueden estimarse humillantes para las víctimas del terrorismo”.

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