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Tribuna
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Moratoria y dación en pago

La dación en pago hay que regularla como una fórmula de rehabilitación de personas y familias que han caído en la insolvencia, en una situación tan excepcional como la que vivimos

Los embargos y desahucios son la consecuencia de la situación de insolvencia que sufren en nuestro país cientos de miles de personas y familias. La crisis, el paro y el sobreendeudamiento de familias y empresas han hecho que la insolvencia sea hoy una auténtica epidemia social. Abordar esta enfermedad debe ser objetivo prioritario para las Instituciones del Estado, por el drama humano que deriva de la pérdida del empleo, de la vivienda y en definitiva de la dignidad del ser humano.

Los insolventes nos piden una ayuda para salir de las circunstancias que padecen. Esa oportunidad que nos requieren se haría realidad a través de una moratoria en la ejecución de los embargos hipotecarios y los desahucios de primeras viviendas en este país. Una moratoria que debiese permitir, a familias sin ningún miembro empleado, diferir la deuda como mínimo durante los dos próximos años, tiempo que ojalá fuera suficiente para que muchas de las personas que han caído en situación de insolvencia, puedan recuperar su puesto de trabajo y continuar pagando su deuda hipotecaria. La moratoria sería un paréntesis que se obtendría con el diferimiento de la deuda y tendría que establecerse por ley.

Pero esta moratoria debe de prever situaciones de insolvencia que no se superen durante este período. Por ello, también hay que establecer por ley la dación en pago como fórmula de rehabilitación de personas insolventes. La dación en pago no solo debe considerarse una característica de un producto financiero, que condiciona el capital y el tipo de interés del préstamo hipotecario. La dación en pago hay que regularla como una fórmula de rehabilitación de personas y familias que han caído en la insolvencia, en una situación tan excepcional como la que vivimos. La dación significaría saldar en su totalidad la deuda hipotecaria con la entrega de la vivienda y compartir el riesgo a partes iguales entre prestamista y prestatario, independientemente de las cláusulas contractuales acordadas. La insolvencia lleva a muchas personas a perder su vivienda habitual y a continuar siendo un deudor perpetuo del banco. La desesperación y la economía sumergida son su único refugio, y la inhabilitación patrimonial y salarial su cruda realidad. Debe de haber un compromiso social para rehabilitar a estas personas que han caído en la insolvencia, por circunstancias sobrevenidas y justificadas, mediante el establecimiento de la dación en pago.

Esta regulación debe ir acompañada de otra medida que evite que la persona insolvente caiga en la exclusión social. La posibilidad de mantener durante un período de tiempo determinado la vivienda en alquiler, con una compensación acorde a su poder adquisitivo, reduciría el riesgo de exclusión de estas personas y familias.

El código es una forma sibilina de atribuirse un cambio de actitud de los bancos respecto a los embargos y desahucios

Con vistas al futuro se hace necesario crear una vacuna que prevenga contra esta enfermedad llamada insolvencia. Esta medida preventiva es la propuesta que el Grupo Parlamentario Socialista quiere abordar a través de una Ley de Insolvencia Personal, que evite el sobreendeudamiento personal y familiar, y que evite la caída en una situación de insolvencia.

Estas medidas, junto a una regulación más justa y equilibrada de la aplicación de los intereses de demora, de las tasaciones, de las subastas y de la información y transparencia de estos productos, serían una solidaria respuesta social al drama humano que sufren estas familias.

A lo largo de la crisis que sufrimos, la realidad va cambiando conforme se agravan sus consecuencias. Hoy son muchísimas más las personas afectadas que al comienzo de la crisis. Los afectados se han unido y defienden sus intereses a través de colectivos y asociaciones que les asesoran en la defensa de sus intereses. También ha cambiado mucho la percepción que la sociedad civil tiene respecto a esta epidemia social. Prevalece una opinión solidaria y de oposición al ejercicio del derecho de propiedad por parte de los bancos con la ejecución de la garantía hipotecaria. Esta nueva realidad también ha provocado un cambio de actitud de las entidades financieras, quienes se muestran más condescendientes con el problema humano y social que significan los desahucios y quienes se han encontrando con un importante parque de viviendas con las que no saben qué hacer, cómo colocarlas y cuyo valor ha sufrido un sustancial descenso.

Las entidades financieras tratan ahora, más que antes, de llegar a un acuerdo y de dar soluciones, mediante la dación en pago o la concesión del uso mediante el alquiler de la vivienda. Estas nuevas circunstancias quieren ser aprovechadas por el Gobierno mediante un Código de Buenas Prácticas de las Entidades Financieras. Realmente, este código es una forma sibilina de atribuirse un radical cambio de actitud de los bancos respecto a los embargos y desahucios en este país, pero no una novedosa solución al problema. Solo significaría más voluntarismo, pero ningún cambio normativo que reconozca la realidad y el compromiso de esta sociedad en resolver el problema que sufren cientos de miles de familias españolas.

La batalla entre David y Goliat que eran al principio de la crisis los embargos y desahucios en este país, no se puede dejar en manos de la voluntad generosa de los bancos. Los cambios normativos y legales son los que deben de establecer unas nuevas reglas de juego que hagan de esta lucha una entre iguales y donde prevalezcan criterios de equilibrio y justicia social.

Antonio Hurtado Zurera es diputado socialista y vicepresidente de la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso de los Diputados

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