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Tribuna
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Carta a Sánchez y Feijóo: que no prescriban los delitos de pederastia

Las víctimas de abusos esperamos un gran acuerdo entre PP y PSOE en favor de los derechos de la infancia, que se comprometan a aprobar de forma urgente una ley para que estos crímenes no caduquen

Abusos Iglesia Católica
Un grupo de alumnos del Colegio El Pilar de los Maristas en Vigo, delante del centro donde denuncian que sufrieron abusos.Óscar Corral

Señor Sánchez, Señor Feijóo:

Por primera vez en la historia de nuestro país, el informe del Defensor del Pueblo sobre pederastia en la Iglesia puso cifras a la magnitud de la violencia sexual perpetrada contra niños, niñas y adolescentes en las instituciones católicas españolas. Las cifras son escalofriantes. El 1,13% de la población ha sufrido abusos sexuales en la iglesia española, mientras que un 0,6% ha sufrido abusos de un religioso, lo que corresponde a 440.000 víctimas de abusos en la Iglesia católica española y de 233.000 personas por parte del clero. España pasa de negar institucionalmente la existencia del problema a liderar el ranking mundial de pederastia clerical, un dudoso honor que se explica por el poder omnímodo que ha tenido la jerarquía católica en nuestro país y la secular sumisión del poder civil al religioso, tanto en dictadura como en democracia. Tras la muerte del dictador, los obispos españoles lo dejaron todo bien atado para poder seguir disfrutando de sus múltiples privilegios, entre los cuales se encontraba la impunidad de las perversiones sexuales del clero.

Los obispos españoles se han limitado a seguir a pies juntillas el manual del silencio diseñado, implementado y perpetuado por el Vaticano durante más de un siglo: por un lado, la prohibición absoluta de denunciar los casos de pederastia clerical a la justicia civil, bajo pena de excomunión, al constituir una ofensa contra el secreto pontificio establecido por la instrucción del Santo Oficio Crimen Sollicitationis (delito de solicitación). Por el otro, la obligación de implementar remedios espirituales encaminados al arrepentimiento del delincuente sexual, limitando las sanciones canónicas a los casos de curas pederastas contumaces incapaces de demostrar propósito de enmienda.

En resumen, la Santa Sede creó un sistema paralelo y secreto de justicia religiosa en el que las violaciones de niños en vez de ser delitos se convertían milagrosamente en pecados, castigándose con penas de oración y penitencia los actos de violencia sexual que en la justicia civil se penalizaban con largas penas de prisión. El problema se solucionaba trasladando al delincuente de parroquia en parroquia y de país en país, aumentando de forma exponencial e innecesaria el número total de víctimas.

Solo en los últimos años, las víctimas de pederastia clerical españolas hemos sido capaces de vencer los sentimientos de vergüenza, culpa y miedo que nos atenazaban. La mayoría de las veces tras décadas de sufrimiento, secreto y silencio. En innumerables casos, tras una primera denuncia, se han sucedido muchas otras, demostrando que la Iglesia española ha estado plagada de lobos con piel de cordero, depredadores sexuales que han actuado con total impunidad, amparados por la protección que les ha brindado la jerarquía católica. Sin embargo, nuestra denuncia pública, en la mayoría de los casos, no ha encontrado justicia. ¿Qué lo impide? El muro de la prescripción penal, una ley penal arbitraria y arcaica que no entiende que las víctimas de pederastia no denunciamos cuando queremos, sino cuando podemos. Esta institución jurídica injusta no solo vierte sal en la herida de las víctimas, sino que pone en peligro a las nuevas generaciones. Si no hay juicio no hay condena, no se generan antecedentes penales y el pederasta no entra en el registro de delincuentes sexuales, lo que le permite poder trabajar o hacer labores de voluntariado en contacto directo y permanente con menores, con el riesgo de reincidencia que esto supone.

La respuesta del mundo civilizado ante esta grave vulneración de derechos humanos, que convierte en papel mojado el derecho constitucional de las víctimas de pederastia a tener acceso a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 de la Constitución Española), ha sido clara. 32 Estados han aprobado la imprescriptibilidad de los delitos de pederastia: Canadá, Estados Unidos, México, El Salvador, Ecuador, Chile, Colombia, Perú, Islandia, Irlanda, Reino Unido, Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Dinamarca, Suecia, Noruega, Estonia, Letonia, Polonia, Austria, Suiza, Hungría, Rumania, Croacia, Serbia, Chipre, Georgia, Sudáfrica, Corea del Sur, Australia y Nueva Zelanda. Instituciones de derechos humanos como la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa y el Comité de los Derechos del Niño han recomendado a los Estados implementar esta medida. Estas leyes ilustradas reflejan el consenso científico sobre los efectos del trauma sexual infantil.

El fenómeno de la “denuncia demorada” (delayed disclosure) implica que la mayoría de las víctimas de abuso sexual infantil solo son capaces de procesar, verbalizar y denunciar el crimen que han sufrido décadas después de su comisión, ya entrada la edad adulta. Un estudio científico encargado por la comisión estatal de investigación alemana sobre abusos en instituciones, sobre una muestra de mil víctimas, observó que la edad media en la que denunciaban las víctimas eran los 52 años.

La comparativa internacional deja en un mal lugar al legislador español. Tras años de demora innecesaria, en junio de 2021 entró en vigor la Ley Orgánica 8/2021, que suspende el inicio del cómputo del plazo de prescripción hasta que la víctima alcanza la edad de 35 años. En la práctica, esto implica que en la mayoría de los casos los delitos de pederastia prescriben cuando la víctima tiene entre 40 y 45 años, aunque en una minoría de casos particularmente graves esta puede denunciar hasta que cumple los 55 años. Ante la falta de ambición de la normativa actual, la comisión de investigación de pederastia en la Iglesia del Parlament de Cataluña impulsó la aprobación el 21 de febrero de 2024 de una propuesta de ley de iniciativa autonómica que establece la imprescriptibilidad de los delitos más graves de pederastia. Para el resto de los delitos sexuales contra menores, la víctima podrá denunciar hasta que alcance la edad de 50 años. Una propuesta de ley más ajustada a la evidencia científica, el derecho comparado y las recomendaciones de organismos internacionales.

Este martes, 12 de noviembre, esta propuesta se debate en el Congreso. Debe superar el primer obstáculo, la votación por parte del pleno de la toma en consideración. Las víctimas de pederastia esperamos de nuestros representantes políticos un gran acuerdo del Partido Popular y el Partido Socialista en favor de los derechos de la infancia, comprometiéndose a aprobar de forma urgente la imprescriptibilidad de los delitos de pederastia, como garantía de no repetición, homologando la ley española al estándar europeo más avanzado. Incluso en un Parlamento tan polarizado como el actual, los dos principales partidos han sido capaces de encontrar áreas de consenso y unidad. Un ejemplo de ello es la reciente reforma constitucional para mejorar los derechos de las personas con discapacidad o la aprobación de la ley ELA. Señor Feijóo, señor Sánchez, ya fueron ustedes capaces de alcanzar un gran acuerdo durante la aprobación de la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia en 2021. No nos decepcionen, manden un claro mensaje a la sociedad española: “La era de la impunidad en los delitos de pederastia ha llegado a su fin”.

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