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editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Desidia ambiental

Los municipios obligados a crear una zona de bajas emisiones no pueden dejar de cumplir la ley con excusas reglamentarias

Atasco en los accesos al Paseo de la Castellana, en Madrid.
Atasco en los accesos al Paseo de la Castellana, en Madrid.GORKA LEJARCEGI
El País

Desde que se aprobó la ley de cambio climático, en mayo de 2021, todos los municipios de más de 50.000 habitantes sabían que tenían que implantar una zona de bajas emisiones, cuyo perímetro debían decidir los propios municipios. España se ha comportado durante años como una pertinaz incumplidora de las directivas europeas sobre calidad del aire. Con esta ley, el Gobierno pretende acelerar la aplicación de medidas destinadas a reducir las emisiones, bajar la contaminación ambiental y promover una movilidad sostenible, una materia que genera muchas resistencias al cambio. Esas resistencias han continuado, y pese a que ya está en vigor una norma que obliga a restringir la circulación de los coches más contaminantes en las zonas urbanas con peor calidad del aire, solo 20 de las 149 ciudades concernidas, apenas el 13,4%, están en condiciones de aplicar la ley en la fecha prevista, antes de enero de 2023.

El argumento de que no se ha publicado aún el reglamento que fijará las condiciones mínimas parece más una excusa que una razón convincente. En primer lugar, porque no es necesario, puesto que ya hay seis ciudades con zonas de bajas emisiones. El reglamento empezó a tramitarse después de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anulara en marzo de 2021 las ordenanzas de Barcelona que regulaban la zona de bajas emisiones, alegando, sobre todo, básicamente razones de índole social. La capital catalana se había adelantado limitando el acceso de los coches más contaminantes a la mayor parte de su término municipal, a diferencia de Madrid, que también se adelantó pero con una zona de restricción mucho menor. El Ayuntamiento de Barcelona ya ha modificado las ordenanzas para atender los requerimientos del tribunal, pese a que la sentencia está recurrida y todavía no es firme.

A raíz de la resolución judicial sobre Barcelona, que no ha implicado la paralización de las restricciones, el Gobierno se planteó hacer un reglamento para dar seguridad jurídica al desarrollo de la ley. Este reglamento, que salió a información pública en abril, está todavía pendiente de recibir dos informes preceptivos. El Ministerio para la Transición Ecológica debería hacer todo lo posible para acelerar el proceso. Pero las ciudades concernidas sabían que estaban obligadas a tener preparado y aplicar el plan de bajas emisiones antes de 2023 y no carecían de instrumentos. De hecho, la colaboración entre el Gobierno y la Federación Española de Municipios y Provincias permitió publicar una guía que los municipios tenían a su disposición desde noviembre de 2021 con directrices sobre cómo aplicar la ley.

Que las dos ciudades pioneras en este tipo de políticas —Madrid y Barcelona— hayan tenido algún contratiempo judicial en su aplicación no es motivo para paralizar unos planes destinados a reducir las emisiones de efecto invernadero y mejorar la calidad del aire, es decir, proteger la salud de los ciudadanos. Y al mismo tiempo, ofrecer alternativas a los ciudadanos que precisan del vehículo para desplazamientos cotidianos. Los tribunales están para resolver conflictos cuando se planteen, pero una supuesta incertidumbre judicial, genérica e incierta, nunca puede ser excusa para no cumplir una norma. Las resistencias a aplicar la ley tienen en algunos casos motivaciones políticas, pues a nadie se le escapa que adoptar las restricciones en vísperas de las elecciones municipales puede resultar impopular. Pero no hacerlo tiene consecuencias sobre la salud colectiva. El principal cometido de las administraciones es cumplir la ley y actuar en beneficio de sus ciudadanos, y en este caso, es obvio que la demora incumple ambas obligaciones.






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