El Senado incluye la extorsión y los delitos sobre fentanilo en la lista de prisión preventiva oficiosa
La cámara legislativa mexicana contradice a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ordena al país eliminar esta figura, y aprueba ampliar su función
El Senado mexicano ha aprobado este jueves de madrugada ampliar la lista de delitos que conllevan prisión preventiva oficiosa. Con 94 votos a favor y 34 en contra, la cámara legislativa ha incluido la extorsión, los crímenes relacionados con fentanilo y la emisión de comprobantes fiscales falsos en la lista del artículo 19 de la Constitución, que implica que los procesados por estos delitos vayan de forma automática a la cárcel. La reforma contradice a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ordenó a México hace más de un año eliminar esta polémica figura de su legislación.
La prisión preventiva oficiosa se convirtió en una piedra angular de la estrategia de seguridad del pasado Gobierno de Andrés Manuel López Obrador, quien propuso desde febrero que se añadieran estos delitos a la lista. El entonces presidente buscaba también que se incluyera el narcomenudeo, pero esa propuesta fue modificado en la Cámara de Diputados, a propuesta del coordinador de la bancada morenista Ricardo Monreal. En su paso al Senado, los votos de Morena y sus aliados, además de siete apoyos del grupo del PAN, han sido más que suficientes para hacer realidad el deseo de López Obrador.
Esta figura —creada en el sexenio del panista Felipe Calderón en 2008— obliga a los imputados por una serie de delitos, que van desde el feminicidio o el secuestro hasta el robo dentro de una vivienda, a seguir su proceso judicial desde la cárcel. Esto, en la práctica, permite a las Fiscalías investigar mientras el acusado ya está en prisión, aunque no exista riesgo de fuga o de dañar pruebas. Los organismos internacionales, como la ONU, lo definen como un “encarcelamiento por adelantado”.
La Constitución marca como límite que solo se pueden estar dos años bajo prisión preventiva oficiosa, pero en la realidad, miles de acusados pasan años dentro del penal esperando una sentencia. Daniel García y Reyes Alpízar, que ganaron su caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, estuvieron 17 años sin condena por un crimen que nunca cometieron. Por ese caso, el tribunal internacional ordenó a México a eliminar esta figura. El país sí podía mantener su prisión preventiva justificada, que permite de igual manera que el acusado siga sus juicios desde la cárcel, pero de forma argumentada: porque puede dañar a la víctima, al propio proceso —fugándose, por ejemplo— o a las pruebas. Sin embargo, en las dos sesiones en ambas cámaras, solo la oposición o la diputada de Morena, Alma Rosa de la Vega, han recordado que este mecanismo de prisión justificada también existe.
En su exposición ante el Senado, el morenista Enrique Inzunza explicó que detrás de esta reforma estaba la urgencia de combatir el uso de fentanilo, el incremento de la extorsión y las afectaciones que generan los comprobantes fiscales falsos. El senador llamó a aplicar esta figura, sin embargo, con prudencia: “La prisión preventiva oficiosa en México hoy sigue siendo, digámoslo así, una amarga necesidad, por eso tenemos que aplicarla, garantizando que se respeten los derechos fundamentales de los imputados”. El legislador del Partido Verde Jorge Carlos Ramírez Marín ha reconocido que es una “medida radical” pero que es lo que la población pide. Y, Andrea Chávez, también de Morena, recordó como argumento que en mayo pasado los gobernadores de los 32 estados solicitaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación no eliminar esta figura.
Por su parte la oposición ha tratado de recordar que la prisión preventiva oficiosa vulnera los derechos humanos. El senador de Movimiento Ciudadano, Clemente Castañeda, ha afirmado que detrás de la ampliación de esta figura está el incremento de la población en las cárceles, que pasó de 196.000 en 2018 a 233.000 en 2023. En México, el 40% de la población penitenciaria no tiene sentencia, unas 90.000 personas, y de esas, 68.000 están en prisión preventiva oficiosa. Esta figura afecta especialmente a las mujeres, la mitad de ellas están en la cárcel sin condena.
Tras la discusión ha quedado aplicada esta medida cautelar para la extorsión, para delitos relacionados con “la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados”; y para delitos graves “de la salud, del libre desarrollo de la personalidad, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales”. De este último apartado, que no se debatió en cámara de diputados (de hecho, en esa discusión se apoyó eliminar los crímenes relacionados con defraudación fiscal), surgen dudas por su ambigüedad que todavía no han sido resueltas por los legislados.
Además, el decreto impide a los jueces hacer una parte clave de su función: interpretar. La reforma aprobada señala: “Los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial”.
Los organismos internacionales se han posicionado en contra de la reforma. La ONU ha afirmado desde hace días: “Endurece y expande una medida que debería eliminarse. Hacer que la detención sea automática y se mantenga durante todo el proceso anticipa indebidamente un castigo y constituye una detención arbitraria que expone a todas las personas, especialmente a las más pobres”.
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