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Pros y contras de prohibir el uso de las redes sociales a menores de 16 años para las familias, según dos expertas

La regulación propuesta por el Gobierno se alinea con el principio del interés superior del menor, que obliga a anticiparse a daños previsibles. Pero una abogada y una pedagoga recuerdan que esta no sustituye al acompañamiento parental ni al papel de la escuela

La tecnología no suele ser el problema de base, pero sí el canal por el que afloran conflictos familiares o carencias afectivas. SDI Productions (Getty Images)

La futura prohibición de que los menores de 16 años puedan acceder a redes sociales marca un nuevo capítulo en el debate sobre infancia, tecnología y responsabilidad pública. La medida, que el Gobierno de España prevé aprobar en las próximas semanas dentro del paquete normativo de protección de niños y adolescentes en entornos digitales, parte de una premisa clara: retrasar la entrada a plataformas diseñadas para captar atención, monetizar datos y fomentar la permanencia prolongada. Sigue la estela de la misma prohibición que entró en vigor en Australia el pasado mes de diciembre, y a la que planean sumarse Francia y Portugal.

Los defensores de esta regulación consideran que se trata de un paso necesario ante el aumento de problemas de salud mental, acoso, exposición a contenidos inadecuados y pérdida de privacidad entre menores. Sus detractores alertan, en cambio, de un giro paternalista que puede generar efectos contraproducentes y eludir el verdadero núcleo del problema: la falta de educación digital.

La norma española, aún en fase de tramitación, obligará a las plataformas a establecer sistemas eficaces de verificación de edad y limitará la creación de cuentas por parte de usuarios menores de 16 años. El Ejecutivo sostiene que no se trata solo de prohibir, sino de crear un marco de protección que refuerce el papel de las familias, exija mayor responsabilidad a las empresas tecnológicas y reconozca el carácter especialmente vulnerable de la infancia en el ecosistema digital. Sin embargo, el consenso termina ahí.

Desde el ámbito jurídico, la abogada de familia Delia Rodríguez, CEO de Vestalia —despacho en Madrid especializado en asesoramiento familiar, defiende que la medida se inscribe en una lógica ya conocida en el Derecho de protección de menores. “Busca salvaguardar derechos fundamentales de la infancia como el libre desarrollo de la personalidad, la integridad física, psíquica y moral, el derecho a la intimidad, a la privacidad y a la propia imagen, así como una protección integral frente a riesgos que el menor no está en condiciones de gestionar por sí mismo”, explica. En su opinión, dicha prohibición se alinea con el principio del interés superior del menor, que obliga a los poderes públicos a anticiparse a daños previsibles, “no a esperar a que se produzcan”.

Rodríguez subraya que el debate suele plantearse en términos reduccionistas, como si se tratara de una confrontación entre libertad y paternalismo. “Reducir un problema tan complejo a esa dicotomía es muy peligroso para la infancia”, advierte. Prefiere hablar de regulación más que de prohibición y recuerda que otras limitaciones ampliamente aceptadas —como la venta de alcohol a menores, la obligatoriedad de sistemas de retención infantil en los vehículos o la prohibición de fumar cerca de parques— también generaron resistencias en su momento.

“La tecnología no suele ser el problema de base, pero sí el canal por el que afloran conflictos familiares, carencias afectivas o situaciones de vulnerabilidad”, explica. Menores con falta de supervisión adulta o que viven en entornos inestables pueden encontrar en las redes un refugio prolongado que los expone a contenidos o relaciones inadecuadas. Además, para Rodríguez, confiar en la supuesta madurez individual de cada menor no resulta viable desde un punto de vista jurídico, y “es injusto trasladar la carga principal de protección a familias y niños cuando las propias plataformas han sido diseñadas a conciencia para atrapar, mediante arquitecturas adictivas que afectan incluso al mundo adulto”.

La abogada insiste en que la futura ley puede aliviar la presión que sienten muchos progenitores, sometidos a una carrera social por adelantar la entrega del primer móvil. “Existe un clamor en las familias: necesitan ayuda ante un problema que se nos ha ido de las manos”, reconoce. Pero advierte: la regulación no sustituye al acompañamiento parental ni al papel de la escuela. “El derecho a la información, a la formación y al acceso a internet también pertenece a nuestros niños. No se trata de apartarlos de la tecnología, sino de empoderarlos digitalmente”.

Para Rodríguez, la eficacia dependerá de sistemas de verificación de edad eficientes y respetuosos con los demás derechos en juego y reclama cautela con posibles excepciones mediante consentimiento parental entre los 14 y los 16 años. “Un sistema amplio de excepciones corre el riesgo de vaciar la norma de contenido”, subraya.

Desde una perspectiva pedagógica, la maestra y directora de Montessori British de Murcia, Mercedes Gil, observa la propuesta con preocupación: “Lo que se plantea no es protección, sino tutela permanente”. A su juicio, el enfoque parte de una desconfianza profunda hacia la capacidad de aprendizaje de niños y adolescentes. Gil recuerda que la pedagogía lleva más de un siglo defendiendo que los menores no aprenden por obediencia, sino por responsabilidad. “María Montessori lo resumió muy bien: ‘Ayúdame a hacerlo por mí mismo’. Acompáñame, pero no me encierres. Enséñame, pero no me sustituyas”, sostiene.

Gil, al igual que Rodríguez, también expresa su inquietud por los sistemas de verificación de identidad: “Vincular toda interacción digital a una identidad certificada abre la puerta a una infraestructura de control que puede extenderse fácilmente al conjunto de la población. Lo que empieza como protección infantil puede terminar erosionando la privacidad y la libertad”. Para Gil, el núcleo del problema no es la existencia de las redes sociales, sino la ausencia de una alfabetización digital sólida: “Es necesario enseñar privacidad, pensamiento crítico, gestión emocional y autocuidado digital. Sustituir el castigo por acompañamiento y la censura por criterio”. Considera que prohibir es una solución políticamente sencilla, pero pedagógicamente pobre. Como ejemplo, recuerda que, pese a estar prohibido, la mayoría de adolescentes ha consumido alcohol alguna vez, y que los avances reales se han producido gracias a campañas educativas, no solo a restricciones legales: “Prohibir no forma ciudadanos, solo usuarios obedientes”.

Ambas expertas coinciden, pese a sus diferencias, en un punto esencial: la necesidad de políticas públicas integrales. Para Rodríguez, eso implica abordar de forma específica fenómenos como el sharenting y la figura del menor influencer, ámbitos donde “el riesgo no proviene solo de terceros, sino del propio entorno adulto más cercano”. Para Gil, supone una actualización profunda del sistema educativo, acorde al siglo XXI.

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