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Guerra entre Israel y Gaza
Tribuna
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La ofensiva en Rafah dirige a Israel hacia un nuevo delito internacional

El ejército israelí incumple con las medidas cautelares del máximo tribunal de la ONU a medida que avanza con su asedio en el último rincón de Gaza que aún no controla

Un grupo de palestinos inspeccionaba el pasado lunes los daños tras el ataque del ejército israelí contra un campamento de refugiados en Rafah, en el sur de la franja de Gaza.
Un grupo de palestinos inspeccionaba el pasado lunes los daños tras el ataque del ejército israelí contra un campamento de refugiados en Rafah, en el sur de la franja de Gaza.HAITHAM IMAD (EFE)

El Tribunal Internacional de Justicia (TIJ) ordenó por tercera vez el pasado 24 de mayo “medidas provisionales adicionales” contra Israel en el caso presentado por Sudáfrica por presuntas violaciones a la Convención del Genocidio de 1948. Los jueces llamaron a “detener inmediatamente su ofensiva militar y cualquier otra acción” en la zona de Rafah, en el sur de Gaza, que “pueda infligir al grupo palestino en Gaza condiciones de vida que puedan provocar su destrucción física, total o parcial”.

Desde el anuncio del TIJ, eso no es lo que ha ocurrido. Israel perpetró un ataque militar contra Rafah en una “zona segura”, donde aún no se había ordenado “evacuar” a los civiles, violando un mandato del órgano judicial más importante de las Naciones Unidas. Es un crimen de guerra, solo comparable con la explosión y ataque al campamento de Cruz Roja en Irak, allá por 2003, que le valió la vida al diplomático brasileño Sergio Vieira de Melho. Y no solo eso. A los pocos días, las tropas israelíes entraron al centro de la ciudad, que lleva a Israel a incumplir nuevamente con la legalidad internacional por ocupar ilícitamente la zona.

Con el ataque del pasado domingo, 26 de mayo, en el que murieron al menos 45 personas vemos, una vez más, la falta de identificación de objetivos militares y ataques de militares desmedidos. Matar a dos terroristas de Hamás no es excusa para perpetrar una masacre. Eso va en contra de toda lógica de los conflictos armados. Israel está violando el derecho internacional humanitario, al violar los métodos o las formas de conducir las hostilidades, es decir, el jus in bello o Derecho de La Haya. Y se enfrenta a sanciones comerciales hasta la ruptura de relaciones diplomáticas, según menciona la Carta de la ONU.

Para el TIJ, que juzga a los Estados, Israel “debe abstenerse” de cualquier acción en Rafah que pueda causar la muerte de una parte sustancial del grupo palestino, mediante bombardeos o mediante el desplazamiento a zonas donde, por los ataques, no se espera que sobrevivan por mucho tiempo. Recordemos que el desplazamiento forzoso de civiles también es un crimen de guerra, según la jurisprudencia del Tribunal para Crímenes de Guerra de la ex Yugoslavia. Más allá de los “avisos” que remarcan de manera permanente las autoridades israelíes respecto de los civiles para que se “desplacen”, ello mismo constituye un delito internacional.

La ofensiva militar de Israel, según el TIJ, tiene por objeto expulsar a cientos de miles de civiles de Rafah sin satisfacer sus necesidades más básicas. Los jueces establecieron que la situación se ha deteriorado y es “catastrófica”. Ya advirtieron que una escalada en Rafah expone a miles de personas en riesgo “inminente” de muerte.

Las sentencias del TIJ, si bien son de cumplimiento obligatorio, requieren de una decisión del Consejo de Seguridad para lograr su eficacia. “Si una de las partes en un litigio dejase de cumplir las obligaciones que le imponga un fallo del Tribunal, la otra parte podrá recurrir al Consejo de Seguridad, el cual podrá, si lo cree necesario, hacer recomendaciones o dictar medidas con el objeto de que se lleve a efecto la ejecución del fallo”, dice el artículo 94 de la Carta de la ONU.

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Los jueces tienen ante sí un caso de gran importancia para el Derecho Internacional. Deben juzgar a un Estado, como es Israel, imputado de no prevenir y de cometer o incitar el delito de genocidio, que a la vez incumple con ataques y asediando a Rafah, en abierta contradicción con la orden del tribunal. Los jueces no deberían dudar en ordenar más medidas provisionales de carácter urgente: ordenar un alto el fuego o reiterar la legítima defensa de Israel, pero respetando el derecho internacional humanitario, e imponer así el carácter restrictivo del mismo.

Pero también debe actuar la comunidad internacional: todos los miembros de la Convención del Genocidio. Además, la ONU debe moverse rápidamente porque hay un desastre humanitario en Rafah. No hacerlo implica estar en abierta contradicción con el orden basado en reglas, con el legado de Núremberg y con la protección internacional de los derechos humanos.

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