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Los tribunales cubanos condenan por sedición a 128 personas que participaron en las protestas de julio

Entre los condenados, 31 personas que recibieron penas de entre 20 y 30 años de cárcel

Cuba: Un hombre es arrestado en La Habana el 11 de julio
Un hombre es arrestado en La Habana el 11 de julio, tras participar en una protesta contra el Gobierno.YAMIL LAGE (AFP)

El Tribunal Supremo de Cuba (TSC) dio a conocer el miércoles los fallos de seis juicios celebrados contra 129 cubanos participantes en dos grandes manifestaciones de protesta contra el Gobierno realizadas el 11 y 12 de julio pasados en La Habana, que derivaron en hechos violentos y enfrentamientos con la policía. Las acusaciones fueron por hurto y sedición, y las penas impuestas por los tribunales muy elevadas: 31 personas fueron condenadas a privación de libertad de entre 20 y 30 años, 25 a condenas de entre 15 y 19 años de cárcel y 48 personas más a penas de entre 10 y 14 años de prisión. Solo uno de los acusados fue absuelto, y otro recibió una pena de cuatro años “de trabajo correccional sin internamiento”. Varias ONG y numerosos académicos en las redes sociales han criticado el fallo de los tribunales por considerar las “sanciones desmedidas” y con un “evidente objetivo ejemplarizante”, para desestimular posibles futuras protestas.

Aunque diversas fuentes y familiares de los encausados habían informado antes de que numerosas personas ya habían sido condenadas en diversas localidades del país a elevadas sanciones por las inéditas protestas que sacudieron el país el 11 y 12 de julio, es la primera vez que las autoridades ofrecen datos oficiales de las sentencias de estos macroprocesos. Según la Fiscalía General de Cuba, en el país han sido procesadas por las protestas de julio a 790 personas, de las que 55 tienen 16 y 17 años de edad.

Los juicios contra las 129 personas se realizaron entre el 14 de diciembre y el 3 de febrero, e involucraron a los participantes en las manifestaciones ocurridas en dos barriadas de La Habana, la esquina de Toyo, en el municipio de Diez de Octubre, y en el reparto obrero de La Güinera, donde se produjo un muerto por disparos de la policía. Lo sucedido en Toyo y La Güinera tuvo amplia repercusión y conmovió al país, pues a diferencia de lo ocurrido en otras ciudades y pueblos, donde las manifestaciones fueron mayoritariamente pacíficas, aquí derivaron en una verdadera batalla campal, con patrullas de la policía volcadas y duros enfrentamientos entre agentes del orden y efectivos antidisturbios contra los manifestantes, algo que nunca antes había ocurrido en Cuba.

EL TSC considera “probado y demostrado” que los condenados —de los que no se dice edad, pero que al parecer son mayoritariamente jóvenes— “intentaron subvertir el orden constitucional de forma violenta” obedeciendo “instrucciones impartidas por personas tanto desde Cuba como desde el exterior”. En el caso de los sucesos de la esquina de Toyo, se afirma que los manifestantes “lanzaron piedras y botellas contra varios funcionarios” e “instalaciones de la Policía Nacional Revolucionaria, autos patrulleros; voltearon una moto y carros pertenecientes a la Asamblea Municipal del Poder Popular y provocaron lesiones a otras personas y graves daños materiales”. En La Güinera, el TSC dice que “lanzaron piedras, palos, botellas y cócteles molotov contra agentes” y “otros trabajadores de instituciones estatales (...) a quienes causaron lesiones”, además de asediar “por varias horas” una “unidad de la Policía Nacional Revolucionaria”.

El alto tribunal destaca que en los juicios se tuvo en cuenta “la gravedad, lesividad y violencia de los actos cometidos”, así como que los “sucesos fueron deliberadamente organizados en medio de la situación compleja que atravesaba el país, como consecuencia de la pandemia de la covid-19, en particular en la provincia de La Habana, razones por las que se habían tomado medidas excepcionales para contrarrestar sus efectos, que incluían, entre otras, la limitación de movimiento y el aislamiento social”.

La información del Supremo no hace referencia a las edades de los condenados, pero según la ONG Prisoners Defenders, entre ellos hay siete jóvenes de 16 y 17 años, que han recibido penas de entre 7 y 19 años de prisión, y otro más, que recibió la pena de trabajo correccional. En Cuba, la mayoría de edad es a los 18 años, pero la responsabilidad penal es a los 16 años —el Código Penal contempla la posibilidad de reducir a la mitad las penas a los menores—.

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Muy criticada ha sido la utilización de la figura delictiva de “sedición” para encausar a los participantes en las protestas de julio, las mayores ocurridas en 62 años de revolución. El artículo 100 del Código Penal vigente en Cuba plantea que incurren en este delito, penado con sanciones de 10 a 20 años de cárcel, o pena de muerte, a quienes “tumultuariamente y mediante concierto expreso o tácito, empleando violencia, perturben el orden socialista o la celebración de elecciones o referendos, o impidan el cumplimiento de alguna sentencia, disposición legal o medida dictada por el Gobierno, o por una autoridad civil o militar en el ejercicio de sus respectivas funciones, o rehúsen obedecerlas, o realicen exigencias, o se resistan a cumplir sus deberes”.

En 1994, tras producirse los incidentes del ‘Maleconazo’, las mayores protestas contra el gobierno hasta ese momento, que fueron de mucha menor proporción y focalizadas solo en La Habana, los tribunales cubanos condenaron a cientos de personas por desorden público, pero a sanciones de un año de cárcel en la mayoría de los casos. Por eso, las elevadas condenas de ahora y el uso del delito de sedición han levantado gran polvareda.

El Gobierno cubano niega que las protestas del 11 y 12 de julio fueran un estallido espontáneo y responsabilizan a Washington de alentar la “desestabilización” del país y generar una “situación de ingobernabilidad”. Académicos, sociólogos, historiadores y artistas cubanos han expresado públicamente su rechazo a las condenas desmedidas y ejemplarizantes, solicitando a las autoridades magnanimidad y juzgar sólo a los que participaron en hechos violentos, e incluso hay quienes han pedido una amnistía. EL TSC aseguró que los condenados fueron sometidos a juicio respetando todas las garantías procesales y que tiene derecho a interponer recurso de casación ante el Supremo.

Ayer se conoció también que un tribunal de la provincia cubana de Matanzas comenzó a enjuiciar a 17 detenidos durante las inéditas protestas del 11 de julio en la ciudad de Cárdenas, con peticiones fiscales de hasta nueve años de prisión por los delitos de desórdenes públicos, desacato y atentado.

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