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Argentina
Tribuna
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Platón y la discusión sobre el aborto

La ley de interrupción del embarazo en Argentina procura que haya más abortos legales, seguros y gratuitos

Una mujer en favor del aborto legal en una sentada en Buenos Aires.
Una mujer en favor del aborto legal en una sentada en Buenos Aires.Natacha Pisarenko (AP)

En la célebre alegoría que describe Platón en el Título VII de La República, un grupo de hombres encadenados por el cuello y las piernas en el interior de una caverna solo pueden ver las sombras de una serie de objetos que representan hombres y animales, y que son iluminados por el fuego de una hoguera. Los prisioneros no conocen la realidad, tienen por tal a esas sombras de objetos que se proyectan en la pared de la caverna.

Esta ficción de la realidad es la que parece estar presente en la discusión sobre la legalización del aborto en Argentina: hay prisioneros en una caverna que no pueden darse vuelta para ver la realidad y se abrazan a la ficción que ven. Con esa ficción pretenden cerrar el debate: un embrión es igual a un niño ya nacido. Saben que nadie -ni ellos ni quienes están de acuerdo con la ley de interrupción del embarazo- estaría dispuesto a matar a un niño. El asunto es que un embrión no es un niño.

A esta confusión han contribuido prestigiosos juristas que para concluir de ese modo interpretan de manera absoluta la tutela a la vida de la Convención Americana de Derechos Humanos y el texto de una ley que adhirió a la Convención de los Derechos del Niño diciendo: “se entiende por niño a todo ser humano desde su concepción y hasta los 18 años de edad”. Ningún derecho es absoluto, ni siquiera el de la vida de personas nacidas. En determinadas circunstancias el derecho justifica o disculpa a quien priva a otro de su vida. En el caso del embrión existe una expectativa de vida que sin duda merece tutela. Pero en los primeros momentos del embarazo este derecho colisiona con el de la mujer que no quiere seguir el embarazo. Y esa mujer, en ese punto, tiene un derecho que vale más que el otro. A medida que pasen las semanas el derecho de la mujer irá decreciendo y el del embrión aumentando porque la posibilidad de vida se robustece. Pero ningún argumento puede llevar a la insólita conclusión de que un embrión es igual a un niño nacido. Ni a proponer imágenes de bebés que claman por su vida mientras son sangrientamente despedazados para tratar de mostrar al aborto temprano como un crimen horrendo e injustificable.

En mi opinión, este punto de vista fervorosamente abrazado por la Iglesia católica y por quienes dicen defender “las dos vidas” constituye una ficción que recuerda a las sombras que se reflejan en la pared de la caverna de Platón.

Toda ley pretende regular la conducta humana para que se produzcan determinados efectos en el mundo exterior, pero no es la realidad. Un embrión en las primeras semanas de gestación no es un niño. Como una semilla recién plantada no es una planta. Pueden llegar a serlo en el futuro pero aún no lo son. Tampoco el derecho positivo vigente equipara al embrión o al feto con quien ya nació. Se trata de un argumento retórico con envoltorio legal.

Hay una regla clásica de la interpretación de la ley que dice que no son aceptables aquellas interpretaciones que conduzcan a consecuencias absurdas o bien que colisionen con otras normas del ordenamiento jurídico. Si se considera que un embrión merece igual protección que un niño nacido habría que suprimir directamente la figura del aborto como tal porque la eliminación del embrión sería lisa y llanamente un homicidio. En el derecho civil, la adquisición de derechos tendría que ser plena desde la concepción, con lo cual el embrión tendría derechos sucesorios, aunque el embarazo no llegara a término o el feto naciera muerto. No hay legislación en el mundo occidental que contemple esas hipótesis, pues se apartan de la realidad conduciendo a resultados disparatados, sencillamente porque es falso el presupuesto inicial: el embrión no es un niño.

La línea argumental que insiste en esto desatiende de modo absoluto dos cuestiones fundamentales. Por un lado, el Estado no puede obligar a la mujer, bajo amenaza de pena, que continúe forzosamente el embarazo. El embrión no puede sobrevivir sin el auxilio del cuerpo de la madre y no hay una obligación moral de la mujer a prestar su cuerpo para que continúe la gestación. Como explica magistralmente Simone de Beavoir en El segundo sexo, existe un estereotipo ancestral que entiende que la función social de la mujer es dar vida, permitir la continuación de la especie. Por lo tanto no podría negarse a prestar su cuerpo para la prosecución del embarazo porque está para eso. La mujer es un utero. Ese estereotipo es hoy inaceptable. La mujer no es un objeto reproductor, es un sujeto de derechos que debe decidir libremente la posibilidad de ser madre o no. En esto consiste el principio de autonomía y de inviolabilidad, en que cada uno pueda decidir su plan de vida sin interferencia estatal y en que no pueda utilizarse nuestro cuerpo con fines utilitarios.

La ficción legal de equiparar al embrión con un niño nacido deja de lado también el grave problema de salud pública que está involucrado en la cuestión. En Argentina los abortos clandestinos, cuyo número preciso se ignora pero se trata de cientos de miles, son la principal causa de mortalidad materna. Con ley o sin ley, los abortos existen y existirán. La disminución de ellos dependerá de la reducción de embarazos no deseados y eso es un problema de educación sexual y reproductiva, no del derecho penal. Resulta una actitud hipócrita escudarse en la ficción de que se están asesinando chicos y dejar las cosas como están. La criminalización no evita los abortos, pero los arroja al campo de la clandestinidad. La ley de interrupción del embarazo temprano no procura que haya más abortos sino que los que existan sean legales, seguros y gratuitos para evitar riesgos a la mujer.

Argentina exhibe con orgullo su liderazgo precursor en materia de juicio a las violaciones masivas a los derechos humanos. También en la materialización del principio de no discriminación a través del matrimonio igualitario. La actual discusión sobre la despenalización del aborto temprano es, en su esencia, el reconocimiento de derechos a un sujeto históricamente vulnerable: la mujer.

Es de desear que los senadores argentinos salgan de la caverna, miren la realidad y sancionen una norma que procura evitar los abortos pero, a la vez, devuelve a la mujer su dignidad como sujeto pleno de derechos, para que pueda decidir sin trabas acerca de su sexualidad y de su capacidad reproductiva.

Ricardo Gil Lavedra es abogado, exjuez y fue Ministro de Justicia en el Gobierno de Fernando de la Rúa. En 1984 integró el tribunal federal que juzgó a la Junta militar de la dictadura.

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