Una sentencia del Constitucional reabre el debate en Colombia sobre la vacuna del Papiloma
La Corte solicita a las autoridades sanitarias mejorar los protocolos de seguridad del tratamiento para evitar el cáncer del cuello de útero entre las mujeres
La Corte Constitucional de Colombia ha publicado una sentencia que se limita a recordarle al Ministerio de Salud que debe informar a las familias que tienen el derecho a negarse a vacunar del virus del Papiloma Humano a sus hijas de entre nueve y 17 años. El organismo judicial emite este veredicto como respuesta a la solicitud de tutela de la madre de una joven de 15 años de la ciudad de Cali. La niña sufrió "fuertes dolores en el lado derecho de su cuerpo y en sus extremidades superiores e inferiores" un mes después de que en su colegio le pusieran la última de las tres dosis de esta vacuna. Las dolencias han evolucionado en una enfermedad.
"Es la causa número 1 de mortalidad entre las mujeres de 15 y 45 años en el mundo", ha asegurado el doctor Carlos Castro, director médico de la Liga Colombiana de Lucha contra el Cáncer. "Cada año 5.000 mujeres son diagnosticadas, 2.000 mueren por este tipo de cáncer". Con estos argumentos el especialista ha defendido la campaña de vacunación que desde 2012 llega de manera obligatoria a todos los colegios públicos y privados de Colombia, además de a las instituciones sanitarias encargadas de vacunar a la población.
Además, el Constitucional le ha solicitado a las autoridades sanitarias que, en caso de que no se pueda garantizar la seguridad en la vacunación, "procedan a suspender la misma teniendo en cuenta los efectos colaterales, según el principio médico 'primero que todo no hacer daño".
La decisión de la Corte no cuestiona la seguridad de la vacuna ni la campaña que desde 2012 lleva a cabo el Ministerio de Salud para vacunar de manera gratuita a todas las niñas colombianas. Aún así, se ha generado un debate público en el país porque la sentencia se ha interpretado desde varios sectores, sobre todo los conservadores, como el freno definitivo a un tratamiento que previene el cáncer de cuello uterino entre la población femenina.
Ante la polémica, las autoridades sanitarias colombianas han tenido que recordar en rueda de prensa que "no existe ningún estudio a nivel internacional que relacione el tratamiento del virus del Papiloma Humano con el desarrollo de enfermedades autoinmunes". Los especialistas colombianos no niegan el caso de la joven caleña, como tampoco infravaloran a las 15 niñas que se desmayaron en un colegio de Carmen de Bolívar, en el interior del Caribe colombiano, tras recibir la vacuna.
"La ley de 2013 no solo garantizó la obligatoriedad", ha explicado el doctor Diego Alejandro García Londoño, médico pediatra y coordinador nacional de vacunación del Ministerio de Salud. "También se estableció un documento de elegibilidad para que aquellos padres que se negaran a vacunar a sus hijas lo firmaran, lo presentaran en el colegio y en la secretaría de salud correspondientes y así asumieran los riesgos de su decisión".
Es decir, en Colombia todas las instituciones educativas y sanitarias tienen la obligación de suministrar de manera gratuita esta vacuna que se administra en tres dosis. La población con el derecho a recibirla son niñas de entre nueve y 17 años vayan o no al colegio. Y sus padres pueden negarse al tratamiento siempre que firmen un documento. "Ojalá un día podamos vacunar también a niños, así se erradicaría esta enfermedad como ha sucedido con otras como el polio", ha ejemplificado Carlos Castro.
Una vacuna con metales
En 2012, una joven de Cali, como el resto de sus compañeras de colegio, recibió las tres dosis de la vacuna del Papiloma que se establecen en el tratamiento y con el consentimiento de su familia. Un mes después comenzó a tener dolores en las articulaciones. Las molestias continuaron, acudieron al médico y fue diagnosticada con una artritis reactiva poliarticular. El tratamiento a esta patología no funcionó y su familia acudió a unos laboratorios en Estados Unidos para que le hicieran unos análisis de pelo en busca de una respuesta concreta. "El resultado concluyó que presentaba una intoxicación por metales pesados (plomo, aluminio, cadmio, titanio y plata)", según se lee en la sentencia. El mismo veredicto le dieron en un hospital de Bogotá.
Ante esta situación, la familia denunció al Ministerio de Salud y otros organismos sanitarios por los supuestos efectos secundarios de la vacuna del Papiloma, también incluyó a la empresa aseguradora que, según su versión, no dio el tratamiento adecuado a su hija.
"Los programas de inmunización se han enfrentado a la pérdida de credibilidad por parte de los usuarios debido al crecimiento de la publicidad negativa relacionada con sus resultados. Aunque se han manifestado preocupaciones de seguridad sobre las vacunas, estas han sido investigadas de manera sistemática a la fecha. La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda la inclusión de la vacunación en los programas nacionales de inmunización en los que la prevención del cáncer cervicouterno sea una prioridad de la salud pública y que la inclusión sea factible en términos del programa”, se lee en la sentencia.
Toda la documentación que incluye la sentencia de la Corte se dirige a mejorar los protocolos de administración de la vacuna, las campañas informativas a familias, profesores e instituciones, pero en ningún momento relaciona la composición del tratamiento con la intoxicación, ni los dolores musculares.
La Corte ha incluido la opinión de varios médicos: "Si bien es cierto que estas vacunas contienen un aditivo de aluminio y fragmentos residuales de ADN, no existe un motivo suficiente que permita determinar un vínculo causal de dichas lesiones por la aplicación de esta vacuna".
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