El parlamento de Ecuador rechaza la consulta popular para elaborar una nueva Constitución
La decisión del Parlamento ocurre un día después de que el Tribunal Supremo Electoral convoque oficialmente a la consulta planteada por el izquierdista Rafael Correa.
El Parlamento ecuatoriano acordó ayer demandar la inconstitucionalidad de la convocatoria a consulta popular prevista para el próximo 15 de abril, en la que el Ejecutivo pretende que los ecuatorianos se pronuncien sobre la instalación de una Asamblea Constituyente.
La decisión del Parlamento, adoptada con el voto de 58 diputados de 71 presentes, ocurrió un día después de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) convocó oficialmente a la consulta planteada por el jefe de Estado, el izquierdista Rafael Correa.
Una fuente del Parlamento indicó que 58 legisladores de los 100 que constituyen la Cámara decidieron que la comisión de Asuntos Constitucionales prepare la demanda que será presentada luego ante el Tribunal Constitucional, aunque no reveló fechas.
Los legisladores cuestionan el proceso administrativo de la convocatoria a la consulta y resolvieron que los cien legisladores que conforman el Parlamento conozcan un texto preliminar del estatuto para la Asamblea Constituyente, que el Ejecutivo envió esta misma semana al TSE.
El TSE informó el jueves de que la consulta tendrá una sola pregunta: “¿Aprueba usted que se convoque e instale una Asamblea Constituyente con plenos poderes, de conformidad con el estatuto electoral que se adjunta, para que transforme el marco institucional del Estado y elabore una nueva Constitución?”.
El presidente del TSE, Jorge Acosta, convocó el jueves al plebiscito y anunció que la campaña para promover el sí o el no en la consulta debería comenzar ayer y terminar 48 horas antes del día de las votaciones, el 15 de abril. El voto en Ecuador es obligatorio para los mayores de 18 años que sepan leer y escribir y facultativo para los analfabetos y mayores de 65 años, añade el estatuto.
Según el texto, la Asamblea Constituyente permanecerá activa 180 días desde su instalación, salvo que ella misma establezca una prórroga que no deberá superar los 60 días al plazo inicial. Si triunfa el sí, la Asamblea Constituyente estará integrada por 130 miembros, con sus respectivos suplentes.
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