El Congreso ampliará hoy el delito de violación a agresiones sexuales con cualquier parte del cuerpo
El cambio legal se produce ante la "estricta" interpretación del Tribunal Supremo que no considera violación la penetración vaginal o anal con los dedos
La iniciativa de la coalición catalana pretende corregir unos artículos "claramente desafortunados", cuya "estricta interpretación" por parte del Tribunal Supremo ha llevado a la publicación de sentencias que no consideran violación determinadas agresiones sexuales porque la penetración se realizó con órganos como los dedos y no con el pene o con un objeto.
El artículo 179 del Código Penal considera violación cualquier agresión sexual que consista en el "acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal", así como la introducción de objetos por vía vaginal o anal. Igualmente, los artículos 182.1 y 183.2 agravan especialmente las penas por abuso sexual en los que no media violencia o intimidación cuando se produce introducción de objetos por vía vaginal o anal.
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