Ceda el paso, ceda sus datos
El comprador de un producto paga dos veces: con dinero y con información personal; pero el segundo pago no reduce el primero
Alguien dijo que “los datos son el petróleo del siglo XXI”. Pero no encuentro quién fue, porque no dejó sus datos.
Hoy casi todas las operaciones comerciales, bancarias o informáticas implican que el ofertante del servicio intente a toda costa hacerse con información personal del cliente: su correo, su móvil, su tarjeta, su empleo, su edad, su ubicación. Le ofrecerá para ello un texto destinado a plasmar la contraprestación, en el que aparecerá una cláusula –emboscada como ladrón– mediante la cual permite que esos datos sean cedidos a unos terceros que nadie le ha presentado.
Ciertas compañías están llegando al punto de no concluir una venta si el usuario rechaza ceder a terceros sus datos. Ya les importa más obtener esa materia prima que colocar su producto. Algún día nos pedirán el DNI y el correo para vendernos el pan.
En otros casos, los vendedores esperan que el cliente suscriba todo sin darse cuenta. Y cuando proteste ante algún servicio de atención personal (o sea, esos que dicen “si tiene catarro, marque 3″), le responderán finalmente que nunca nadie había reaccionado así; pero al cabo le entregarán el producto porque sus compradores de datos todavía no les pagan tanto como para perderse esa venta.
En muchas de esas ocasiones, la cláusula habla de “cesión de datos personales”. ¿Y qué es una cesión?: La “renuncia de algo, posesión, acción o derecho, que alguien hace a favor de otra persona”. Y aquí “cesión” equivale a entrega gratuita. La empresa vendedora le da al comprador un producto, y este a cambio paga dos veces: con su dinero y con sus datos; pero de tal forma que el segundo pago no reduce el primero.
La palabra “cesión” adquiere, pues, un papel encubridor, dado su valor habitual. Porque implica que alguien pase a disponer de algo que no era suyo, pero esto se refiere normalmente a bienes que no forman parte del mercado. Cedemos el asiento, cedemos el turno, cedemos el paso. Y si se cede algo de valor tasado, la acción termina en un plazo y a menudo produce algún beneficio por el camino. Ceder una obra de arte o un terreno puede implicar un descuento fiscal; la cesión de un futbolista a un club inferior servirá para que retorne con más experiencia. Sin embargo, en la cesión de datos no se produce beneficio alguno para el cedente, que además ya perderá para siempre el rastro del uso que se hizo de ellos.
Por tanto, deberíamos olvidarnos en estos casos de la palabra “cesión” y hablar ya con claridad de “regalo”. Porque acudimos al verbo “regalar” si entregamos algo sometido a precio o evaluación, pero no cuando contamos que ofrecimos a otro pasajero nuestro asiento en el autobús; y tampoco regalamos el turno en la pescadería, ni regalamos el paso a otro vehículo. En todas esas situaciones usamos el más apropiado “ceder”.
Así pues, los valiosos datos que nos reclaman tantos vendedores de servicios son un auténtico regalo, porque no recibimos nada a cambio. Y si asumimos por fin que entregamos un regalo, no daremos tan fácilmente esa información privada. Porque solemos regalar algo “en muestra de afecto o consideración”, según el Diccionario. Cuando veamos que entregar esos datos equivale a hacer un regalo, nos preguntaremos enseguida que a qué “afecto o consideración” nos habrían de mover, pongamos por caso, una empresa de lejana sede fiscal o una de esas grandes compañías de trato tan distante con sus clientes que no quieren ya ni verlos.
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