El agua que dice que lo cura todo (y es mentira)
Vender comidas y bebidas atribuyéndoles beneficios no probados es una de las prácticas más discutibles del márketing alimentario. El último caso: el agua Vichy Catalán, cuyas presuntas virtudes no reconocen las autoridades.
El agua de Vichy lleva en el mercado desde 1883; la friolera de 136 años. Se trata de un agua mineral carbonatada que puedes encontrar en el lineal de cualquier supermercado, cuya cuota en su sector en el mercado nacional es prácticamente del 50%. Solo cuesta 1,10 euros el litro. Y, según la propia web del fabricante, reduce el colesterol malo (LDL), aumenta el bueno (HDL), regula los triglicéridos, tiene efecto antidepresivo, previene la caries dental y refuerza los huesos y por tanto reduce el riesgo de osteoporosis.
¿Te parece poco? Pues también aseguran que reduce la acidez del estómago, mejora la digestión, la motilidad intestinal, reduce el riesgo el de padecer otras enfermedades metabólicas crónicas como la diabetes, la hipertensión -y, cómo no, incluso la obesidad-, mejora los síntomas de la resaca, y, por si estos te parecen pocos prodigios, también previene el envejecimiento cerebral y por tanto te ayuda en la lucha contra el Alzheimer. Tal cual.
Puede parecer que hablamos de lágrimas de unicornio, el último remedio de cualquier gurú vendedor de humo o la genuina agua bendita con la que Indiana Jones cura las heridas de su padre tras escanciarla desde el Santo Grial. Pero todas estas declaraciones sobre propiedades saludables las hace o ha hecho, textualmente, Vichy Catalán al referirse a su agua con bicarbonato sódico. Agua monda y lironda. Bueno; agua con gas.
El dictamen de Autocontrol de la publicidad
Lo conté en un hilo de twitter hace apenas tres meses, respondiendo al mensaje que lanzó la propia compañía en esta red social. Apenas dos semanas después, Autocontrol de la publicidad (organismo independiente de autorregulación de la industria publicitaria en España) obró de oficio -al menos por lo que me consta- y emitió un Dictamen respecto a una de las declaraciones de salud que Vichy Catalán hacía en su página web. En el dicen literalmente “que la mencionada publicidad infringe la norma 2 del Código de Conducta Publicitaria de AUTOCONTROL (principio de legalidad) en relación con el Reglamento (CE) nº 1924/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos”. En pocas palabras: que no es legal.
¿Cuál es, a efectos prácticos, la consecuencia de este Dictamen? Ninguna, porque: a) se refiere única y exclusivamente a las declaraciones de propiedades saludables vinculadas al litio, en concreto cuando Vichy Catalán dice que “ayuda a luchar contra el Alzheimer, previene el envejecimiento cerebral”; y b) el Dictamen se dirige contra Vichy Catalán, una empresa que no es socia de Autocontrol ni tampoco se encuentra por otros motivos vinculada al Jurado, por lo que carece de carácter vinculante para la misma.
La EFSA también dice "no"
Tras conocer este dictamen, y aunque Vichy Catalán no tenía ninguna obligación, retiraron toda la información relativa al Alzheimer tanto en su perfil de Twitter como en su web, en la que -a 13 de marzo de 2019- siguen manteniendo el resto de declaraciones saludables. En una lectura distraída de los hechos, podría parecer que en el terreno de lo publicitario el personal de Vichy Catalán desconoce la legalidad. Pero el siguiente escenario no deja demasiado lugar a dudas sobre su conocimiento de la normativa que regula la declaración de propiedades saludables tanto en España como en Europa.
Porque Vichy Catalán lleva cargando las tintas desde antes de 2005 con la posibilidad de que su agua sirva para manejar/reducir/controlar las cuestiones relativas al colesterol. Tanto, que la empresa dirigió su interés a “demostrar” sus supuestos beneficios a partir de la publicación de artículos científicos en los que su agua era objeto de análisis. Fruto de los resultados de esas publicaciones, la empresa comunicó en su web –de la que se hicieron eco diversos medios- sus pretendidos beneficios sin que, en principio, hubiera una legislación específica que así lo restringiera.
Hasta que en 2006 vio la luz el Reglamento Europeo 1924/2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos, que establece unas condiciones y un proceso obligatorios para poder hacer este tipo de declaraciones sobre los alimentos. Con ella en la mano, a partir de entonces este tipo de afirmaciones debían tener el beneplácito de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). Así que lo que había estado haciendo la empresa hasta ahora quedaba al margen de la legalidad, pero a pesar de ello los contenidos en su web con dichas declaraciones siguen a día de hoy accesibles en la web de la empresa.
Pero Vichy Catalán encargó nuevos estudios sobre su agua: la idea, en este caso, era seguir el procedimiento legalmente establecido en el consabido RE 1924/2006 para poder hacer las correspondientes declaraciones sobre sus pretendidos beneficios sobre la lipidemia (bajar el colesterol, regular los triglicéridos, etcétera). Con estos en la mano, solicitó a la EFSA que se pronunciara sobre si el consumo de su agua con gas ayudaba a reducir la absorción de los lípidos presentes en una determinada ingesta.
En 2012 Vichy Catalán aportó a su consulta los siguientes estudios sobre su agua -además del anteriormente mencionado-, elaborados en colaboración con personal del CSIC:
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Reduction in cardiovascular risk by sodium-bicarbonated mineral water in moderately hypercholesterolemic young adults. (Reducción del riesgo cardiovascular a partir del consume de agua mineral con bicarbonato sódico en adultos jóvenes con hipercolesterolemia moderada).
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Sodium bicarbonated mineral water decreases postprandial lipaemia in postmenopausal women compared to a low mineral water. (El agua mineral con bicarbonato sódico disminuye la lipidemia posprandial en mujeres postmenopáusicas en comparación con agua de bajo contenido mineral).
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Bone remodelling is not affected by consumption of a sodium-rich carbonated mineral water in healthy postmenopausal women. (La remodelación ósea no se ve afectada por el consumo de agua mineral carbonatada rica en sodio en mujeres sanas postmenopáusicas).
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Sodium-bicarbonated mineral water decreases aldosterone levels without affecting urinary excretion of bone minerals. (El agua mineral con bicarbonato sódico disminuye los niveles de aldosterona sin que afecte la excreción urinaria de minerales del hueso)
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A sodium-bicarbonated mineral water reduces gallbladder emptying and postprandial lipaemia: a randomised four-way crossover study (Un agua mineral con bicarbonato sódico reduce el vaciamiento de la vesícula biliar y la lipemia postprandial: un estudio aleatorizado de cuatro vías cruzadas).
La opinión científica del panel de expertos de la EFSA fue, según indican en sus conclusiones, que “no se ha establecido una relación de causa y efecto entre el consumo de agua mineral natural carbonatada Vichy Catalán y la reducción de la respuesta lipémica postprandial”. Si quieres ampliar esta conclusión, puedes consultar la respuesta entera aquí. Si quieres un resumen más resumido aún: no. No se pueden decir esas cosas del agua Vichy Catalán, entre otras cosas porque el panel de expertos de la EFSA encontró importantes defectos metodológicos en los ensayos aportados, por mucho que los hubiera diseñado personal del CSIC y estuvieran publicados en revistas científicas. Así que se presupone que conocen la normativa europea, porque esta les dijo que no podían decir precisamente lo que están diciendo.
Llegado este momento, me puse en contacto con Vichy Catalán a través de las redes sociales, por correo electrónico y por teléfono, mandándoles algunas preguntas para aclarar su postura, y saber si de alguna manera han contribuido a la financiación de los estudios científicos publicados. También les pregunté si sabían que las decisiones de la EFSA eran vinculantes, pero han declinado responder a ninguna de mis dudas. ¿Qué hay de la caries, osteoporosis, diabetes, obesidad, hipertensión, resaca, etcétera? Esta pregunta se responde rápido: nada. No hay nada de nada: se trata de declaraciones de propiedades saludables que Vichy Catalán no ha hecho el menor esfuerzo por justificar para poder utilizar legalmente, ni ante la EFSA ni ante la vecina del 5º C. Pero ahí están, también.
¿Qué va a pasar a partir de ahora?
Hay varias posibilidades:
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Que al hacerse pública esta información, Vichy Catalán decida acabar con esta pantomima -más por interés comercial que por vergüenza-, le dé una vuelta a su web, haga desaparecer los contenidos y aquí paz y después gloria. Es decir, se va de rositas.
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Que esta información llegue a oídos de Autocontrol, y a pesar de que la empresa no es socia de esta institución, Autocontrol elabore un dictamen -en la misma línea del ya emitido sobre el Alzheimer- y entonces retire todos esos contenidos. De nuevo se va de rositas.
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Que nuestra administración decida tomar cartas en el asunto e imponga una sanción rigurosa, ejemplarizante o no, sabedora que el atropello se viene cometiendo desde hace más de una década, que conoce la norma y que en apariencia le da lo mismo ocho que ochenta. Esta es la más improbable de las posibilidades.
En cualquier caso, si deciden -por el motivo que sea- retirar este contenido en la web seguirán activos las decenas de webs, artículos y “noticias” que en su día se hicieron eco de este tipo de declaraciones extemporáneas de salud. Algo especialmente innecesario cuando venden agua, que es la mejor opción para paliar la sed y mantenerse hidratado. Agua sin tonterías, ¿no sería mucho más fácil (y además, legal)?
Un mal común
Hubo una época en la que las declaraciones de salud sobre no-importa-qué-alimento era un poco la casa de tócame Roque. La entrada en vigor del RE 1924/2006 y del RE 432/2012 supusieron un antes y un después: antes no había control y casi todo el mundo podía decir casi cualquier cosa relativa a la salud sobre su alimento o producto; después las cosas cambiaron y los que se arriesgan a incumplir los mencionados reglamentos europeos pueden recibir sanciones (por eso la mayor parte de fabricantes o productores las respetan).
Pero todavía podemos encontrar otras transgresiones a la norma. Hace un tiempo hablamos de los aparentes superpoderes del aceite Fergus que, entre otras cosas, se proponía -ya no)- como el ibuprofeno natural, además de poseer supuestas capacidades anticancerígenas o antiinflamatorias; sin pasar por alto por sus propiedades antineurodegenerativas, cardioprotectoras, antienvejecimiento y digestivas. Si a un tomate aliñado con se aceite le añades sal del Himalayal, cuya declaración de propiedades milagrosas -e ilegales- es imposible de transcribir por cuestiones de espacio, te vuelves directamente inmortal.
En el mundo de las aguas, este tipo artimañas son relativamente frecuentes: hay una, llamada H3O que dice ser “energizante” y al mismo tiempo sin calorías. Esta otra dice ser “equilibrada” en lo que parece una declaración de algún tipo de propiedad saludable, sin saber a qué puede hacer referencia. Este artefacto llamado Hydron dice ser capaz de convertir un agua corriente y moliente en un auténtico prodigio de la salud al ofrecer tras su uso un agua antioxidante, antienvejecimiento, que previene lesiones deportivas y también enfermedades.
Todos estos ejemplos tienen como denominador común saltarse la normativa a la torera, y ahí siguen, lo que debería hacer que nos preguntemos si de verdad sirven para algo los reglamentos tal y como están.
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