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El Gobierno de Ayuso maniobra para impedir que el PSOE impugne su medalla a Milei

La Abogacía regional aduce que los socialistas no tienen legitimidad para recurrir la concesión del galardón ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, entrega la Medalla Internacional de la Comunidad de Madrid al presidente de Argentina, Javier Milei.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, entrega la Medalla Internacional de la Comunidad de Madrid al presidente de Argentina, Javier Milei.Álvaro García
Juan José Mateo

El gobierno de la Comunidad de Madrid, que preside Isabel Díaz Ayuso, maniobra para impedir que el PSOE impugne en la justicia la polémica concesión de la medalla internacional de la región al presidente de Argentina, Javier Milei. Así consta en un escrito registrado el 2 de diciembre ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), al que accedió EL PAÍS, en el que la abogacía regional argumenta que “el desacuerdo ideológico o político” no legitima a los socialistas, ni como partido, ni como diputados individuales, para llevar este asunto ante la justicia, por lo que reclama que se inadmita su recurso. “Lo que persigue la parte actora es una defensa enconada de una determinada posición política, cuestión que nada tiene que ver con el ámbito y finalidad del procedimiento contencioso-administrativo”, afea la representación del gobierno de Ayuso, que aduce que la mera defensa de la legalidad no es razón suficiente para el pleito. En todo caso, por ahora, “el procedimiento sigue abierto” y “sin novedad”, según un portavoz del gobierno regional.

21 de junio de 2024. Cumbre de alto voltaje en la Real Casa de Correos, sede del Gobierno madrileño, donde Ayuso recibe a Milei en un momento de máxima tensión. El líder argentino aterriza en España tras tildar de ”corrupta” a Begoña Gómez, la mujer del presidente, Pedro Sánchez, al que a su vez define como “cobarde” o “socialista arrogante”, tras escuchar cómo el ministro español de Transportes, Óscar Puente, sugería que él podía haber consumido “sustancias”. Durante la ceremonia de entrega de la medalla, que pilla en fuera de juego al presidente del PP nacional, Alberto Núñez Feijóo, Milei lanza un discurso frontalmente contrario a los principios del Estado social y democrático que consagra la Constitución española.

Por ejemplo, proclama que la justicia social es “un monstruo horrible, empobrecedor [...] una idea verdaderamente aberrante, profundamente injusta y violenta”. Y añade que los impuestos son un robo “porque no se pagan voluntariamente, se pagan a punta de pistola”.

Antes y después de que reciba la medalla, tanto el Gobierno de España como la oposición de izquierdas madrileña ponen en duda que el mandatario americano cumpla con los requisitos formales para ser galardonado.

Porque Milei se ha desplazado hasta Madrid para recibir el premio anual del Instituto Juan de Mariana “por su defensa de las ideas de la libertad”. Es decir, que el viaje, en interpretación del gobierno central, tiene carácter “privado”. Y por ello, desde el mismo anuncio de la cita, surge la doble discusión sobre si la decisión de entregarle el galardón regional incumple la ley de acción exterior estatal; y sobre si Milei está, o no, de viaje oficial en Madrid, requisito indispensable para la concesión de la medalla internacional de la región, según la ley que la regula.

El presidente de Argentina, Javier Milei, y la presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, posan junto a los consejeros regionales y miembros de la delegación argentina.
El presidente de Argentina, Javier Milei, y la presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, posan junto a los consejeros regionales y miembros de la delegación argentina. Álvaro García

“Sin duda se trata de una visita privada. No hay nada de agenda oficial de lo que yo he conocido hasta ahora de esa visita”, afirmó, categóricamente, José Manuel Albares, ministro de Exteriores. Sin embargo, caben otras interpretaciones.

“Se puede acudir a los usos y costumbres del derecho internacional público”, argumentó Bernardo Navazo, politólogo e ingeniero aeronáutico español especializado en política e industria de defensa y relaciones internacionales. “Si Milei ha comunicado su visita, y el Gobierno de España le ha permitido aterrizar en la base militar de Torrejón, le ha puesto escolta, ha permitido que los suyos porten armas... está reconociendo, de facto, la visita como oficial”.

En julio, el PSOE pidió la nulidad del decreto que concedía la medalla, al considerar que la distinción fue otorgada “en fraude de ley”, ya que el decreto que la oficializaba habría “sido dictado, prescindiendo total y absolutamente del procedimiento y los requisitos legalmente establecidos”.

Los socialistas argumentaron que el galardón respondía “única y exclusivamente a la cercanía política del distinguido con la Presidenta de la Comunidad de Madrid y proponente de la distinción”, lo que convirtió la cita institucional de junio, a su juicio, “en una actuación de propaganda política partidista”, infringiendo así, “el principio de neutralidad y objetividad de las Administraciones Públicas, recogido en el artículo 103 de la Constitución Española”.

El TSJM admitió el recurso a trámite en septiembre. Y en diciembre, la Comunidad de Madrid, a través de la abogacía, registró un escrito de alegaciones previas para intentar detener el proceso.

Desacuerdo ideológico

“No existe conexión alguna entre los recurrentes y el acto recurrido, al margen del desacuerdo con la concesión de la distinción honorífica a D. Javier Milei, que resulta, por la doctrina expuesta, insuficiente para sostener el recurso, al no existir una posición privilegiada de los partidos políticos que les permita ampararse en un fundamento distinto al interés legítimo para ostentar legitimación en un proceso contencioso”, argumenta el escrito de la Comunidad. “Más allá del desacuerdo ideológico, se aprecia la evidente falta de relación entre los demandantes y el objeto del recurso (...)”, añade.

“Una vez más, hemos de recordar que los fines de política general -totalmente respetables en su ámbito- no son trasladables al proceso, que no puede concebirse como una continuación del debate político, y donde el concepto técnico-jurídico de interés legítimo debe entenderse como ese beneficio cierto para la persona recurrente, predicable en idénticos términos para las personas jurídicas, y no equiparable, en modo alguno, a un desacuerdo ideológico o político, cuyo encauzamiento tiene sus propios foros”, se continúa. “(...) Se advierte a todas luces que lo que persigue la parte actora es una defensa enconada de una determinada posición política, cuestión que nada tiene que ver con el ámbito y finalidad del procedimiento contencioso- administrativo”.

Al respecto, la Abogacía regional aporta dos ejemplos recientes, en los que se inadmitían recursos de diputados cuyo objeto era la defensa de la legalidad, pues no demostraban “vinculación alguna con el objeto del proceso”. Uno de los precedentes atañe a dos diputadas que impugnaron una orden gubernamental, y el otro llevaba la firma de Vox contra una orden del consejero de Sanidad. En ambos casos se “concluyó asimismo la falta de legitimación activa de los recurrentes”. Un debate jurídico que ahora afecta a la medalla concedida por Ayuso a Milei.

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Sobre la firma

Juan José Mateo
Es redactor de la sección de Madrid y está especializado en información política. Trabaja en el EL PAÍS desde 2005. Es licenciado en Historia por la Universidad Complutense de Madrid y Máster en Periodismo por la Escuela UAM / EL PAÍS.
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