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La Comunidad no informa a los jueces de la medicalización de las residencias de Leganés

Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid le recuerdan que tiene que hacerlo cada siete días

F. Javier Barroso
La UME en labores de desinfecion en la residencia de ancianos DomusVi Leganes el pasado 2 de marzo.
La UME en labores de desinfecion en la residencia de ancianos DomusVi Leganes el pasado 2 de marzo.VICTOR SAINZ

La Comunidad de Madrid no ha informado a los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de si ha medicalizado las ocho residencias de mayores de Leganés ni de las medidas sanitarias que ha adoptado en las mismas. Los magistrados han dictado una providencia, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, en la que le recuerdan esa obligación de remitirles un informe cada semana y le dan un plazo improrrogable de tres días para que lo haga.

Los magistrados de la Sección Octava de lo Contencioso-Administrativo dictaron un auto el pasado 27 de abril en el que le obligaban a la Consejería de Sanidad a dotar de medios personales y materiales las ocho residencias de mayores, dado que desde el inicio de la pandemia por el coronavirus habían muerto 259 ancianos y había un elevado número de contagios en estos centros.

La Comunidad de Madrid recurrió el auto al entender que no quedaban claras las pretensiones del recurso presentado por el Ayuntamiento de Leganés, con su alcalde Santiago Llorente (PSOE) a la cabeza.

Los jueces revocaron la apelación en un nuevo auto el pasado 6 de mayo, al entender que quedaba perfectamente la petición del Consistorio. Se trataba de que médicos, enfermeras y auxiliares se trasladasen a estos centros “suficientes y adecuados a la situación de emergencia sufrida”. Además, requerían que se adoptaran “las medidas organizativas” que garantizaran la protección a la salud y que esos profesionales les atendieran en el lugar con todos los medios necesarios. Lo que no impedía, incluso, que los centros fueran utilizados “como espacios de uso sanitario”. Los jueces recordaron además que los mayores son la población más vulnerable por la covid-19. De ahí, que requieran la mayor atención por parte de las Administraciones.

En el último auto, los jueces ampliaron la medida cautelarísima adoptada en un primer momento y obligaron a la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, a que un responsable o funcionario les remitiera un informe cada siete días. A la vista del incumplimiento por parte de la Comunidad de Madrid de esta última obligación tras ser pedido por el Ayuntamiento de Leganés el primer informe de Sanidad, los jueces han dictado una providencia el pasado 20 de mayo en la que le dan un plazo máximo de tres días para que les envíe el citado informe. La Sala Octava mantiene que ha transcurrido “sobradamente” el plazo de siete días naturales que se le dieron en el auto del 6 de mayo y del que ha hecho caso omiso. El escrito recuerda que en caso de incumplir de nuevo esta orden se puede caer en “los apercibimientos legales correspondientes”, es decir, la posibilidad de que el responsable sea multado.

Si la Consejería de Sanidad cumple el plazo, tendría que entregar el informe en el TSJM como muy tarde el martes de la próxima semana.

Una medida similar de la obligación de enviar un informe en el plazo de tres días fue tomada por la misma Sala Octava esta semana con las cuatro residencias de mayores de Alcorcón, tras desestimar por segunda vez el recurso presentado por el Letrado de la Comunidad de Madrid con la intención de dejar sin efecto una medida cautelarísima idéntica.


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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Es redactor de la sección de Madrid de EL PAÍS, a la que llegó en 1994. También ha colaborado en la SER y en Onda Madrid. Ha sido tertuliano en TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, está especializado en Sucesos y Tribunales. Además, es abogado y criminólogo.

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