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El Constitucional rescata ‘in extremis’ a la familia de Fátima del desahucio

El tribunal suspende el desalojo de una pareja de inmigrantes marroquíes y sus cinco hijos, el menor con síndrome de Down, de su hogar en Vallecas

Abdelaziz y Fátima con sus hijos. De izquierda a derecha, Abdelhalim, Ammier, Yahya (arriba), Imran y Lina (abajo).
Abdelaziz y Fátima con sus hijos. De izquierda a derecha, Abdelhalim, Ammier, Yahya (arriba), Imran y Lina (abajo).JUAN BARBOSA
Miguel González

El pasado 12 de marzo se presentó en casa de Fátima, en el barrio madrileño de Puente de Vallecas, un retén de la Policía Municipal con un mandamiento de desahucio. Le acompañaban, entre otros, la abogada del propietario y un cerrajero para cambiar el bombín y que no pudieran volver a entrar en el que había sido su hogar durante la última década. En el salón se apilaban en cajas de cartón los enseres de toda la familia. Fatima, de 42 años; su marido Abdelaziz, de 43, y sus cinco hijos: Abdelhalim, de 17; Yahia, de 16; Imtan, de siete; Lina, de seis; y Ammier, con solo 22 meses y síndrome de Down. La hermana mayor, de 24 años, se emancipó y no vive en el domicilio familiar.

En medio del drama apareció el abogado de Fátima, José Antonio Jiménez, con un correo electrónico que ordenaba suspender el lanzamiento. La funcionaria del Juzgado de Primera Instancia Número 105 de Madrid no daba crédito cuando el letrado le comunicó quien firmaba la resolución: la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, máximo órgano de garantías del ordenamiento jurídico español, que acudía a salvar in extremis a esta familia de inmigrantes marroquíes.

Fátima alquiló el piso de unos 65 metros cuadrados, en la primera planta de un inmueble barato y ya vetusto con patio interior a modo de corrala en uno de los barrios más humildes de la capital, por 450 euros al mes en 2014. Más tarde pactó una renta de 500 euros mensuales por cinco años. Cuando el contrato venció, en abril de 2022, ofreció al casero subir el alquiler a 650 o 700 euros, pero este se negó en redondo. Varios de sus antiguos vecinos ya se han marchado y los nuevos inquilinos pagan casi 1.000 euros.

Abdelaziz lleva meses buscando una nueva casa, pero no encuentra nada por menos de 800 euros, el límite que calcula puede afrontar con sus ingresos. Trabaja en la construcción y cobra entre 1.000 y 1.200 euros al mes, en función del trabajo que haya, a los que se suma una ayuda de 200 euros como familia numerosa. Fátima limpia casas por horas, pero, desde que nació Ammier, su cuidado le ocupa casi todo el tiempo. El pequeño sufre un problema cardiaco y acude semanalmente al Hospital Infantil Niño Jesús. Está previsto que cuando cumpla dos años se someta a una operación de corazón, por lo que su madre alega que no pueden mudarse a un pueblo lejos de la capital donde la vivienda sea más asequible. “En una inmobiliaria me dijeron que no alquilan casas a familias numerosas”, explica Abdelaziz.

Este matrimonio, que llegó a España hace más de 15 años procedente de la zona de Tánger y desde entonces ha trabajado y cotizado a la Seguridad Social, asegura no haber encontrado ningún apoyo por parte de la Administración para acceder a una vivienda. Ha presentado varias veces su solicitud al Instituto de Vivienda de la Comunidad de Madrid, sin obtener hasta ahora respuesta alguna.

El procedimiento de desahucio se inició en 2022, pero Fátima, a cuyo nombre estaba el contrato de alquiler, consiguió pararlo en primera instancia acogiéndose al decreto de medidas sociales que aprobó el Gobierno para paliar los efectos de la Covid y la guerra de Ucrania. El informe de los servicios sociales acreditó que se trataba de una “unidad familiar numerosa, en situación de vulnerabilidad y riesgo social por carencia de recursos económicos para acceder a vivienda estable en el mercado libre”. Se trató solo de una tregua, pues la moratoria que concedía el decreto expiraba el 31 de diciembre de 2022.

Abdelaziz y Fatima, en primer plano en la puerta de su casa, al fondo, en el salón, sus cinco hijos.
Abdelaziz y Fatima, en primer plano en la puerta de su casa, al fondo, en el salón, sus cinco hijos. JUAN BARBOSA

El lanzamiento se fijó entonces para el 18 de enero de 2023, pero tuvo que aplazarse hasta el 4 de mayo debido a que aún no se había celebrado la vista oral. En el juicio, el dueño del piso, E. G. S., admitió que, a título individual y a nombre de la sociedad que comparte con su esposa, Antecesores y Predecesores S. L., es propietario de un total de 15 viviendas, muchas de ellas en el mismo inmueble donde reside Fátima. El juzgado reconoció la resolución del contrato de arrendamiento, pero suspendió el desalojo, subrayando que el alquiler que pagaba la familia suponía casi la mitad de sus ingresos mensuales, muy por encima del umbral de vulnerabilidad fijado por el decreto.

De nuevo, fue un alivio solo temporal, porque se determinó que el desahucio se ejecutaría el 12 de marzo de 2024. Esta vez el juez no atendió al hecho de que el pequeño Ammier tenga reconocida una minusvalía del 35% y tampoco que los restantes menores cursen estudios de primaria, ESO y formación profesional en la escuela pública. Alegó que el decreto ley solo permite plantear un incidente de suspensión extraordinaria del desahucio, mientras que Fátima ya lo había presentado en dos ocasiones, sin que las administraciones públicas hubieran cumplido con su obligación de facilitar el acceso a una vivienda digna a las personas en situación de vulnerabilidad.

El último cartucho de Fátima fue presentar ante el Tribunal Constitucional, el pasado 8 de marzo, un recurso en defensa del derecho a la tutela judicial efectiva. Aunque el tribunal de garantías tiene fama de demorar meses, e incluso años, sus deliberaciones, en solo un mes admitió a trámite el recurso y suspendió el desalojo. Y siete meses y dos semanas después, el pasado día 21, dictó la correspondiente sentencia.

En la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Enrique Arnaldo Alcubilla, el tribunal califica de “irrazonable” la interpretación que hace el juez de que solo se pueda plantear una vez la suspensión del desahucio, cuando hay hogares cuya situación de vulnerabilidad se mantiene e incluso se agrava con el tiempo, como ha sido en este caso, debido al nacimiento de un niño con discapacidad. Precisamente, las sucesivas prórrogas de este decreto, extendiendo y ampliando su vigencia, han respondido “a la necesidad de seguir atendiendo las necesidades de estos hogares”, lo que es incompatible con restringir su aplicación. Finalmente, razona la sentencia, ni siquiera se ha argumentado sobre la situación en que quedan los menores, cuya protección es el interés jurídico superior. Por todo ello, el Constitucional ordena que se vuelva a examinar la solicitud de suspensión del lanzamiento que presentó Fátima.

El letrado José Antonio Jiménez subraya que la doctrina fijada por el alto tribunal en esta sentencia es aplicable a otros casos similares. Abdelaziz lo considera un acto de justicia: alega que todos estos años ha seguido pagando puntualmente el alquiler y reparando las sucesivas averías de la casa, de las que el dueño se ha desentendido por completo, asegura, mostrando un agujero en el techo del baño. Pero añade que su familia aún no duerme tranquila. Sabe que en cualquier momento recibirá una carta con la nueva fecha de desahucio y las cajas de la mudanza que quedaron vacías el 12 de marzo, cuando se marchó la policía, siguen dispuestas en un rincón por si hay que volver a llenarlas a toda prisa. Cuando se le pregunta dónde dormirían si llega esa noche, se encoge de hombros.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.
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