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El Supremo avala que el Gobierno mantenga bajo secreto el grueso del espionaje a Aragonès

Los magistrados rechazan la petición de la Generalitat de desclasificar un informe del CNI de diciembre, entre otros documentos

El presidente en funciones de la Generalitat, Pere Aragonès, en el acto de entrega de los Premis Nacionals de Cultura 2024, celebrado el 30 de mayo en Barcelona.
El presidente en funciones de la Generalitat, Pere Aragonès, en el acto de entrega de los Premis Nacionals de Cultura 2024, celebrado el 30 de mayo en Barcelona.David Zorrakino (Europa Press)
Óscar López-Fonseca

Los tres documentos desclasificados parcialmente hasta ahora son suficientes. Los seis magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo han rechazado la petición de la Generalitat de Cataluña de levantar el secreto que pesa, entre otros documentos, sobre un informe elaborado por el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) el pasado diciembre sobre el espionaje al que sometió durante diez meses, entre 2019 y 2020, al entonces vicepresidente y actual presidente en funciones del Govern, Pere Aragonès (ERC), con el programa Pegasus. En un auto dictado el 28 de mayo al que ha tenido acceso EL PAÍS, los magistrados avalan la decisión que el Gobierno de Pedro Sánchez tomó en enero de facilitar únicamente tres documentos al juez de Barcelona Santiago García, que instruye la querella presentada por el propio Aragonès por esta intromisión.

Uno de estos tres documentos fue el auto judicial de julio de 2019 por el que el magistrado del Supremo Pablo Lucas, responsable de controlar las actividades del servicio secreto, daba luz verde a la intervención telefónica del dirigente independentista, que entonces era vicepresidente del Govern liderado por Quim Torra. El CNI había argumentado ante el juez que no pretendía espiar las comunicaciones institucionales del dirigente de ERC, sino las de un móvil distinto al que tenía asignado de manera oficial por su cargo y que en el pasado había sido presuntamente utilizado por alguien para coordinar las acciones de los Comités de Defensa de la República (CDR), surgidos para defender la secesión tras el referéndum ilegal del 1-O y que sobre el papel no tenían líderes. Entonces aún faltaban meses para que el Supremo dictara la sentencia que llevó a la cárcel a los líderes del procés y desató una oleada de protestas, algunas violentas, en Cataluña.

Los otros dos documentos desclasificados eran sendas resoluciones judiciales, de octubre de ese mismo año –coincidiendo con las protestas en respuesta a la sentencia del Supremo– y de enero de 2020 –en plenas negociaciones para la investidura de Sánchez–, que prorrogaron las escuchas a Aragonès hasta abril. En realidad, el juez de Barcelona reclamaba mucha más información sobre aquella intromisión, ya que había requerido toda la documentación de la que el CNI dispusiera sobre la compra y uso del software espía de fabricación israelí Pegasus y sobre las “concretas personas” que, en nombre del servicio secreto, lo habían comprado. El Gobierno se negó a facilitar estos datos con el argumento de que hacerlo podría comprometer la seguridad de los agentes del servicio secreto.

La decisión ahora conocida del Supremo se produce después de que los servicios jurídicos de la Generalitat presentaran el 18 de marzo un recurso contencioso contra el acuerdo del Consejo de Ministros que, el 16 de enero anterior, desclasificó únicamente estos tres documentos. La Generalitat reclamaba que el Gobierno “completara el expediente administrativo con la inclusión del informe secreto del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) de fecha 26 de diciembre de 2023″. En el recurso, planteaba para superar la previsible reticencia de los magistrados a hacerlo que este documento quedara “a disposición exclusiva del Tribunal Supremo, adoptando las medidas que se consideren oportunas para salvaguardar su carácter secreto”.

Ese informe supuestamente detalla no solo los indicios esgrimidos por el servicio secreto para espiar a Aragonès, sino también a otros 17 líderes independentistas catalanes cuyos teléfonos móviles fueron infectados con el programa Pegasus, como reconoció Paz Esteban, exdirectora del CNI, el 5 de mayo de 2022 en su comparecencia ante la comisión de secretos oficiales del Congreso. Sin embargo, el Supremo rechaza de plano hacerlo porque considera que “no hay ninguna razón para sostener que el referido informe secreto debiera formar parte del expediente administrativo” que desembocó en la desclasificación de los tres autos. Los magistrados recalcan que en este expediente “no tiene por qué recogerse la información clasificada, sino únicamente los trámites y, en su caso, las razones que condujeron solo a decidir una desclasificación parcial”.

El alto tribunal también descarta aceptar la petición de la Generalitat de acceder a “cualquier otra resolución” del magistrado Pablo Lucas sobre la “intervención del número telefónico de titularidad del CTTI [Centre de Telecomunicacions i Tecnologies de la Informació] de la Consejería de Gobernación catalana [que en aquel momento usaba Aragonès] así como cualquier otra información sobre las actuaciones del CNI en relación con dicho número telefónico”. Los magistrados concluyen que esta petición tampoco procede “porque se trata de una solicitud genérica” y critican que los servicios jurídicos de la Generalitat no expliquen “por qué todo ello habría debido formar parte del expediente administrativo”.

El caso Pegasus salió a la luz a raíz de un informe realizado por Citizen Lab, un grupo ligado a la Universidad de Toronto (Canadá) y especializado en ciberseguridad. Según esa investigación, al menos 63 políticos, abogados y activistas independentistas habían sufrido la infección de sus teléfonos móviles con el programa espía en jornadas clave para el movimiento secesionista catalán tras 2017. Aquella revelación dio lugar a más de una decena de acciones judiciales por parte de los afectados, aunque la de Aragonès es la que más ha avanzado.

En julio de 2022, el presidente catalán presentó una querella contra la exdirectora del CNI Paz Esteban y contra NSO Group, la empresa israelí propietaria del sistema Pegasus. Esteban declaró como investigada ante el juez de Barcelona justo después de que el Gobierno declasificara en enero los tres documentos, aunque en aquella comparecencia no aportó dato alguno sobre el ataque con Pegasus al móvil del president, escudándose en que era información protegida por la ley de secretos oficiales.

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.
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