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La ley de amnistía blinda a los CDR procesados por terrorismo porque no pasaron a la acción

Los juristas coinciden en que el nuevo texto pactado entre PSOE e independentistas es explícito y deja poco margen de maniobra a los jueces

Manifestación convocada por los CDR contra el Día de la Constitución en Barcelona, en 2022.
Manifestación convocada por los CDR contra el Día de la Constitución en Barcelona, en 2022.Marta Pérez (EFE)
Jesús García Bueno

Los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por delitos de terrorismo quedarán bajo el amparo de la ley de amnistía que prepara el Gobierno. Los últimos retoques a la norma, en forma de enmienda pactada entre el PSOE y los grupos independentistas, refuerzan el blindaje a este grupo de hombres que, según el juez instructor y la Fiscalía, pretendía “emplear la violencia en su máxima expresión” para lograr la independencia de Cataluña tras el referéndum fallido del 1 de octubre de 2017. Más allá de su opinión sobre la oportunidad de perdonar esa clase de delitos, los juristas consultados coinciden en que el redactado no deja margen a la interpretación y que nada o poco podrán hacer los jueces para impedir, si el texto sale adelante, que los acusados, que permanecen a la espera de juicio, se beneficien de ella.

La Audiencia Nacional mantiene abiertas dos causas judiciales por delitos de terrorismo vinculados al proceso independentista en Cataluña. Una, la de Tsunami Democràtic —la plataforma que organizó movilizaciones, algunas violentas, tras la sentencia contra los líderes del procés— tiene a la Fiscalía en contra porque considera que, a lo sumo, los hechos atribuidos a los investigados (entre ellos el expresident Carles Puigdemont) constituyen delitos de desórdenes públicos. La otra, la de los CDR, sí cuenta con el respaldo de la Fiscalía, que pide penas de entre 8 y 27 años de cárcel para los 12 procesados por tres delitos: pertenencia a organización terrorista (los acusados formaron un grupo al que bautizaron Equipos de Respuesta Táctica); tenencia, depósito y fabricación de explosivos (los investigadores hallaron sustancias precursoras y manuales para utilizarlas); y estragos de carácter terrorista en grado de tentativa (recabaron información para “perpetrar algún tipo de acción” en instituciones gubernamentales y policiales).

La proposición de ley que el PSOE registró en noviembre amnistiaba los delitos de terrorismo con la excepción de que hubiera sentencia firme, un panorama que también beneficiaba a los CDR puesto que con los plazos previstos para aprobar la ley de amnistía, resultaba prácticamente imposible que los tribunales pudieran llegar a tiempo para dictar una condena en firme. La enmienda ya no alude al estado procesal de tal o cual causa, sino que señala otro camino. El nuevo texto amnistía los delitos de terrorismo en general y establece unas excepciones muy acotadas (haber ejecutado acciones violentas contra la vida de las personas). La clave de bóveda del redactado es que solo deja fuera de la amnistía a los que “de forma manifiesta y con intención directa, hayan causado violaciones graves de derechos humanos”: o sea muertes, o bien tortura o tratos degradantes.

Aunque recopilaron, presuntamente, posibles objetivos y se conjuraron para fabricar explosivos, los 12 CDR no llevaron a cabo ninguna acción violenta. No se sabe si hubieran llegado a hacerlo, porque la realidad es que en septiembre de 2019 la Guardia Civil les detuvo e inició así un proceso judicial que, cuatro años más tarde, culminó con la apertura de juicio oral y la presentación de escritos tanto de la Fiscalía como de la acusación popular, ejercida por la Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (ACVOT). Su presidente, José Vargas, lamenta que amnistiar este tipo de delitos es “una aberración” y señala que no pueden hacerse distinciones en función de si un presunto terrorista ha llegado a ejecutar o no sus acciones. El abogado de ACVOT, José María Fuster-Fabra, explica a este diario que estudiará con detenimiento la jurisprudencia española y europea sobre los contornos del concepto de terrorismo. “Si vemos que hay algún tipo de resquicio legal para que no se les aplique la ley de amnistía, lo intentaremos”.

Para Manuel Cancio, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid, no hay mucho margen para la interpretación por parte de los jueces. “La calificación de terrorismo en el caso de los CDR puede ser correcta y no aberrante como en el caso de Tsunami Democràtic, pero habría que ver los hechos concretos y cómo encajan con los tipos penales”, dice Cancio antes de afirmar, con rotundidad, que la enmienda pactada entre socialistas e independentistas es muy clara: “El redactado es un blindaje para los CDR. La única manera de excluirles de la amnistía es que hubiese habido un resultado a ciertas acciones. Y todos sabemos que, afortunadamente, no hubo muertos. El texto les está diciendo claramente a los jueces que deben archivar el asunto”.

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La enmienda va reduciendo, en cascada, los supuestos de terrorismo que quedan fuera de la amnistía. Primero dice que la ley no ampara los actos de terrorismo del Código Penal, lo que incluye entre otras cosas “subvertir el orden constitucional”, que es precisamente lo que (según los investigadores y la Fiscalía) intentaron los CDR. El texto añade, sin embargo, achica el terreno y añade que solo se refiere a actos “que hayan consistido en alguna de las conductas” que contempla la directiva de la UE sobre terrorismo aprobada en 2017. En esa directiva se habla de “atentados contra la vida de una persona”, “secuestros” o “destrucciones masivas de instalaciones estatales y públicas”, pero también de la “fabricación, tenencia o adquisición” de sustancias explosivas, que es uno de los delitos por los que están acusados los procesados. Para despejar cualquier duda, el texto añade una capa protectora final que afecta a la comprensión global de todo lo recogido en frases anteriores: “Siempre y cuando”, advierte, se hayan causado “violaciones graves de derechos humanos”, y además de una forma “manifiesta y con intención violenta”. Una salvaguarda que, coinciden los expertos consultados, blinda de forma irremediable a los CDR.

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Sobre la firma

Jesús García Bueno
Periodista especializado en información judicial. Ha desarrollado su carrera en la redacción de Barcelona, donde ha cubierto escándalos de corrupción y el procés. Licenciado por la UAB, ha sido profesor universitario. Ha colaborado en el programa 'Salvados' y como investigador en el documental '800 metros' de Netflix, sobre los atentados del 17-A.

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