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El Tribunal de Cuentas rechaza la petición de suspender la causa del desvío de fondos en el ‘procés’ por la ley de amnistía

La consejera encargada del caso dará ahora un plazo a las acusaciones y luego a las defensas para que expongan sus conclusiones definitivas

Carles Puigdemont
El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el exconsejero Antoni Comín en el Parlamento Europeo en Estrasburgo (Francia) el 22 de noviembre.RONALD WITTEK (EFE)
José María Brunet

El Tribunal de Cuentas ha rechazado suspender la tramitación del expediente sobre el desvío de fondos públicos para la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y la promoción exterior del procés independentista catalán, como le había solicitado el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y otros ocho investigados en este procedimiento. La solicitud se basaba en las previsiones de la proposición de ley orgánica de amnistía, cuyo artículo 13 determina el archivo de las actuaciones que vengan realizándose contra los dirigentes independentistas en cuanto la norma entre en vigor. Ese precepto establece que una vez publicada en el Boletín Oficial del Estado la ley de amnistía “se dictarán las correspondientes resoluciones declarando el archivo de las actuaciones, previa audiencia del Ministerio Fiscal y de las entidades del sector público perjudicadas por el menoscabo de los caudales o efectos públicos relacionados con los hechos amnistiados, cuando éstas no se hayan opuesto”.

La consejera del Tribunal de Cuentas encargada del caso, Elena Hernáez, ha considerado que en este momento dicha previsión de archivo no tiene por qué detener la marcha del procedimiento, entre otras cosas porque ni siquiera ha comenzado en el Congreso el debate del articulado de la ley, sobre cuya redacción definitiva no puede existir en este momento una absoluta seguridad. El trámite, por tanto, va a continuar, ya de hecho en su fase final, que consiste en que las partes expongan sus conclusiones. El fiscal jefe ante el Tribunal de Cuentas se ha manifestado a favor de la continuidad del expediente, al fijar posición sobre la solicitud de suspensión.

Lo habitual es que el trámite de conclusiones definitivas se lleve a cabo mediante informe oral en la vista del expediente, que en este caso tuvo lugar en el Tribunal de Cuentas el pasado 17 de noviembre. La consejera Elena Hernáez, que presidía la vista, estimó sin embargo que en este asunto cabía solicitar que los informes finales se expusieran por escrito. Ahora, una vez rechazada la suspensión del procedimiento, tendrá que pedir esos informes a las partes, empezando por la Fiscalía y Sociedad Civil Catalana, que ejercen respectivamente la acusación pública y la acción popular. Es posible, en todo caso, que la sentencia sobre los gastos irregulares del 1-O y la promoción exterior del procés, a través de Diplocat, nunca llegue a dictarse. Depende de los plazos que tengan las defensas para entregar sus conclusiones tras haberlo hecho las acusaciones, dando tiempo así a que la ley de amnistía entre en vigor.

La Fiscalía —representada por el fiscal jefe ante el Tribunal de Cuentas, Manuel Martín Granizo— solicita que los expresidentes de la Generalitat Carles Puigdemont y Artur Mas, así como el exvicepresidente Oriol Junqueras, los exconsejeros Jordi Turull, Raül Romeva, Lluís Puig y Antoni Comín y otros 28 exaltos cargos y funcionarios de la Administración catalana devuelvan a las arcas públicas la cantidad de 3,4 millones de euros, mientras que Sociedad Civil Catalana eleva esta suma hasta los 5,3 millones de euros. Los embargos llevados a cabo para asegurar el pago de la cantidad que en su caso imponga el tribunal, sin embargo, fueron levantados en febrero de 2022, al aceptar el Tribunal de Cuentas los avales aprobados por el Institut Català de Finances (ICF) a favor de los investigados.

En cuanto a las reclamaciones que pudieran existir por parte de las administraciones públicas el hecho es que el Estado se retiró del procedimiento en enero de 2022, al considerar la Abogacía del Estado que los perjuicios causados por los gastos irregulares para la organización del 1-O y para la promoción exterior del procés habrían perjudicado exclusivamente a la comunidad autónoma catalana. La Generalitat, sin embargo, nunca ha exigido resarcimiento alguno en concepto de responsabilidad contable de los expedientados en este procedimiento. Por el contrario, siempre defendió los investigados quedaran amparados por los citados avales, que el Tribunal de Cuentas rechazó inicialmente, pero que aceptó después de que la institución fuera renovada en octubre de 2021 por un pacto entre el PP y el PSOE, que cambió entonces su anterior mayoría conservadora por otra de carácter progresista.

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